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La junta provincial reprende a Díaz Ayuso e Iglesias por infringir la ley electoral antes del 4-M

El organismo estima que los dos aprovecharon su posición institucional para hacer propaganda partidista, pero no les impone multa

Juan José Mateo
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, el 24 de marzo de 2021.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, el 24 de marzo de 2021.A.Martínez Vélez. POOL/Europa Press (Europa Press)

La junta electoral provincial de Madrid ha reprendido a Isabel Díaz Ayuso por una rueda de prensa a la que acudió como presidenta regional, y en la que llegó a pedir el voto para su candidatura en las elecciones del 4 de mayo. El organismo, que la insta a “tener más cuidado para no incurrir en este exceso”, también ha concluido que Pablo Iglesias infringió la ley electoral al anunciar su candidatura por Podemos desde su despacho de vicepresidente segundo del Gobierno central. En ninguno de los dos casos impone sanciones.

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Los componentes de la junta electoral deliberaron el martes sobre una denuncia del PP contra Pablo Iglesias, y otras dos del PSOE y Más Madrid contra Díaz Ayuso. Las tres tenían en común un mismo planteamiento: que los dos candidatos habían incumplido el artículo 50.2 de la ley electoral al aprovechar su cargo institucional para hacer propaganda partidista.

“En la medida en que la grabación parece realizarse en el despacho institucional del vicepresidente segundo del Gobierno, se puede considerar como un acto organizado, directa o indirectamente, por un poder público”, detalla la resolución sobre Iglesias. “En la medida en que en la intervención se efectuaron extensas alusiones a los supuestos logros obtenidos por Podemos en el gobierno de coalición, estimamos que debieron evitarse”, añade, señalando que eso supone una infracción de la ley electoral.

En el caso de Díaz Ayuso, la junta provincial descarta todas las quejas presentadas por PSOE y Más Madrid, salvo una, correspondiente a una rueda de prensa de la presidenta regional del pasado 15 de marzo.

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“En su intervención inicial, aludió a los supuestos logros obtenidos por la Comunidad en la lucha contra el virus Covid, y en ese aspecto entendemos que no fue respetuosa con lo establecido en el artículo 50.2 de la Ley”, concluye la resolución. “Después, ya en fase de preguntas y respuestas, llegó a pedir el voto para su candidatura”, recalca. “Entendemos que al haberse realizado en la fase de preguntas y respuestas la entidad de la posible infracción pudiera ser menor, pero aún así debería haber tenido cuidado para no incurrir en este exceso”, argumenta. Y advierte: “Al notificarse esta resolución a la señora Díaz Ayuso se le hará saber que, en opinión de esta Junta Electoral, debería tener más cuidado para no incurrir en este tipo de actuaciones”.

Finalmente, la resolución señala que no se iniciará expediente sancionador alguno contra la presidenta regional y candidata a revalidar su cargo al frente de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

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Sobre la firma

Juan José Mateo
Es redactor de la sección de Madrid y está especializado en información política. Trabaja en el EL PAÍS desde 2005. Es licenciado en Historia por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Periodismo por la Escuela UAM / EL PAÍS.

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