_
_
_
_
_

Madrid elimina la prohibición de las reuniones nocturnas de no convivientes

El decreto firmado el lunes por Ayuso permite juntarse a grupos de seis personas, convivan o no, de 00.00 a 6.00, pero no se puede salir a la calle en dicha franja si no es por trabajo

La plaza Mayor de Madrid, desierta anoche, al inicio del toque de queda.
La plaza Mayor de Madrid, desierta anoche, al inicio del toque de queda.JUAN MEDINA (Reuters)

El lío normativo en la Comunidad de Madrid respecto a la covid-19 es monumental, con peticiones públicas de toques de queda que en apenas unas horas desaparecen del discurso y con restricciones que se anuncian en ruedas de prensa con tres altos cargos de Sanidad y que entran en vigor un día para ser sustituidas por otras dos días después sin mayor explicación, sin darle la misma publicidad y sin la comparecencia pública correspondiente. A día de hoy, en Madrid impera el toque de queda de 0.00 a 6.00 y la limitación de reuniones a seis personas, ya sea en casas o fuera de ellas, durante todo el día y toda la noche sean convivientes o no. Ahí está el matiz, porque la noche del sábado y del domingo pasados en Madrid no se podían juntar en una casa cenando o bebiendo seis amigos o parientes que no habitaran en la misma vivienda y a partir de este lunes, en cambio, ya sí.

Con el estado de alarma decretado por el Gobierno central para Madrid a punto de expirar, el viernes comparecieron el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero; el viceconsejero de Salud Pública y plan covid-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, para definir el nuevo marco de restricciones autonómico que, como en ocasiones anteriores, requería del aval del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Básicamente, anunciaron dos medidas. Una, el regreso a los cierres perimetrales selectivos por zonas básicas de salud, con 32 áreas de las que sus habitantes no pueden entrar o salir salvo excepciones como trabajar o estudiar y causas debidamente justificadas. Estas áreas pertenecen a 12 municipios: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.

Y dos, una suerte de toque de queda a la madrileña, que consistía en prohibir las reuniones sociales en toda la región en espacios públicos y privados desde las 00.00 a las 6.00, salvo de los convivientes y salvo “motivos excepcionales” ―asistencia y cuidado a mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cuestiones laborales―. En cambio, el transporte no estaba restringido. Venía a ser un toque de queda “de actividad y no de movilidad”.

Durante toda la semana, Madrid estuvo mareando la perdiz con el toque de queda, ya que el Gobierno regional pasó en apenas unas horas de proponerlo a no volver a pronunciar más el concepto, hasta el punto que a día de hoy el único dirigente que habla aquí de toque de queda con todas sus letras es el alcalde de la capital, José Luis Martínez Almeida, que pidió el lunes no utilizar “eufemismos” y “no avergonzarse” de hablar de toque de queda, porque para que los ciudadanos “cumplan y sean conscientes” de la gravedad de la situación no hay que tratarlos como niños”.

La propuesta de limitar la movilidad ciudadana partió del consejero Escudero el 20 de octubre, que pidió el Gobierno central que impusiera un toque de queda para toda España. Pero poco después, el consejero de Justicia, Enrique López, reculó y a partir de ahí, los populares empezaron a hablar de "restricción drástica de la actividad social, sobre todo la nocturna”, como dijo el propio Escudero el viernes.

El sábado, Madrid publicó a primera hora sus nuevas restricciones en una orden en la que, de paso, retocaban los aforos y ampliaban en una hora el horario de cierre de bares y restaurantes. Horas después, Pedro Sánchez decretó un estado de alarma no estricto y bajo mando único como el de marzo, sino cuasi federal y con mando en las autonomías, en el que el confinamiento nocturno es obligatorio en toda España, salvo Canarias, durante 15 días entre las 23.00 y las 6.00, aunque las autonomías podían acortar o ampliar el plazo una hora.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

El lunes por la mañana, todo eran dudas en Madrid. ¿Seguía en vigor la orden del sábado o era necesaria una nueva para amparar las medidas bajo el paraguas legal del estado de alarma? “Está en estudio por los servicios jurídicos de la Comunidad. Al haber estado de alarma no se necesitaría aval del TSJM”, contestaba un portavoz de la Consejería de Sanidad. Sobre las ocho y media de la tarde, la presidenta de Madrid firmó un decreto, que salió publicado en el BOCM sin mayor aclaración y sin que ningún alto cargo compareciera a aclarar la situación. El decreto, que estaba en vigor esa misma noche, era para “adecuar las medidas autonómicas contra el covid-19 al estado de alarma”.

En esta nueva orden, Madrid eliminó de un plumazo la prohibición de reuniones nocturnas de no convivientes que apenas había durado dos días y la sustituyó por un toque de queda que, además, no llama toque de queda. Así, en su artículo 1, establece que “las horas de comienzo y de finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno que establece dicho precepto quedan fijadas, respectivamente, a las 0.00 y las 6.00”.

En el artículo 3, estipula que la “permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes”. Y la orden reitera a continuación dos veces más que el límite son seis personas, pero que a partir de ahora pueden ser convivientes o no: “La permanencia de grupos de personas en espacios de uso privado quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. En el caso de las agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como personas no convivientes, el número máximo a que se refiere el párrafo anterior será de seis personas". Por último, subraya que quedan excluidas "las actividades laborales e institucionales”.

Preguntado esta mañana por este levantamiento de la restricción a los no convivientes que había pasado inadvertido, el portavoz de Sanidad sostiene que Madrid “no ha levantado nada”. “Nuestro decreto se adapta a lo que dice el real decreto del estado de alarma, nos tenemos que ajustar”, asegura, a pesar de que es dicha norma es un mínimo que las comunidades pueden “modular y flexibilizar”. A diferencia de marzo, los Gobiernos regionales disponen de una autonomía casi completa. Pueden por ejemplo modular los horarios del toque de queda, como de hecho hace Madrid. También pueden decidir el grado de confinamiento, de toda la comunidad, de algunos municipios o incluso de parte de ellos, como también hace Madrid al establecer restricciones de movilidad en 32 zonas de salud y al pedir el cierre solo para los puentes tras una reunión esta tarde con las dos Castillas, que sí que han decidido cerrar conjuntamente hasta el 9 de noviembre.

En conclusión, desde el lunes por la tarde están permitidas en Madrid a partir de las doce de la noche las reuniones “de convivientes o no convivientes" en las casas, porque bares y restaurantes a esa hora ya están cerrados, “pero sin superar el número de seis de acuerdo con el real decreto del Gobierno y con el decreto de la presidenta”. Tampoco puede haber ”movilidad, no pueden salir después a la calle” ni ir de una casa a otra ni tampoco pasear, aunque sea en solitario.

¿Si vive en una zona básica restringida puede ir al cementerio el Día de Todos los Santos?

Otro aspecto sobre el que también existen dudas es sobre la visita a los cementerios el día de Todos los Santos. El lunes, un portavoz gubernamental dijo a este periódico que “independientemente de si se vive en una zona restringida o no, se permitirá ir a los cementerios, aunque se encuentren ubicados en áreas sanitarias con restricciones”. Sin embargo, la orden no dice eso. El texto indica que “se permitirá la circulación hacia los cementerios o lugares de enterramiento autorizados que se encuentren comprendidos en los referidos ámbitos territoriales”, es decir, dentro del perímetro de las 32 zonas de salud cerradas.

Preguntado al respecto, Sanidad ha aclarado esta mañana que los habitantes de las 32 zonas cerradas pueden acudir a los composantos siempre y cuando se encuentren dentro de dichas áreas. Así, por ejemplo, los 50.899 habitantes del área de salud de Majadahonda no pueden ir a visitar a un familiar enterrado en La Almudena. “Sí que pueden ir a la Almudena por un entierro (causa justificada)”, puntualiza Sanidad.

Sin embargo, el alcalde Almeida ha pedido que se haga una excepción durante el puente y a primera hora de la tarde el vicepresidente, Ignacio Aguado, ha afirmado: "La Consejería de Sanidad ahora mismo elabora la forma de aclarar el asunto".

Información sobre el coronavirus

- Aquí puede seguir la última hora sobre la evolución de la pandemia

- Así evoluciona la curva del coronavirus en el mundo

- Descárguese la aplicación de rastreo para España

- Buscador: La nueva normalidad por municipios

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Victoria Torres Benayas
Redactora de la sección de Madrid, también cubre la información meteorológica. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra, cursó el máster Relaciones Internacionales y los países del Sur en la UCM. En EL PAÍS desde el año 2000, donde ha pasado por portada web, última hora y redes, además de ser profesora de su escuela entre 2007 y 2014.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_