¿A partir de cuándo gobernará mi nuevo alcalde y el nuevo presidente de mi comunidad autónoma?
La mayoría de regiones da un plazo máximo de dos meses a partir de la primera votación de investidura para elegir a su jefe del Ejecutivo
La fecha de las elecciones autonómicas ha sido la misma para las 12 comunidades que este domingo han elegido a sus representantes en sus parlamentos autónomos, pero hay mucha disparidad de fechas para que se constituyan las cámaras que han salido de las urnas y dé así inicio el nuevo curso político. En el caso de los ayuntamientos, el plazo de constitución de las nuevas Corporaciones es fijo, 20 días tras los comicios, esto es, el 17 de junio, pero eso siempre que no se presenten recursos, en cuyo caso se extiende 20 días más. En el ámbito municipal, salvo si un candidato obtiene antes más apoyos, resulta elegido el cabeza de lista de la formación política más votada en las urnas.
Las fechas para las comunidades dependen de lo que fijan los estatutos de autonomía y, en algunos casos, de la decisión de cada presidente, aunque se le imponen unos plazos máximos. De cualquier modo, todos los nuevos parlamentos tendrán sus Cámaras constituidas antes de final de junio. En cambio, para tener nuevo presidente, el plazo puede extenderse, en algún caso, hasta finales de agosto.
La comunidad que antes tendrá su Asamblea constituida será la de Madrid, el próximo 13 de junio, a las 10 de la mañana. Un día después le llegará el turno a la Región de Murcia, cuya Asamblea celebrará el pleno de inicio de legislatura el 14 de junio, aunque no está fijada aún la hora. El 16 de junio, a las 11 horas, se constituirá el nuevo Parlamento de Navarra.
Tres comunidades celebrarán los primeros plenos del nuevo mandato el 22 junio. La más madrugadora serán las Cortes de Castilla-La Mancha, a las 11 de la mañana; luego, lo hará el Parlamento de La Rioja, a las 12; y finalmente el Parlamento de Cantabria, a las 17.00.
Las nuevas Cortes de Aragón se reunirán por primera vez el 23 de junio a las 11 de la mañana, y tres días después, el 26 de junio a las 10.30, las Cortes Valencianas.
En tres casos se desconoce aún cuándo será el plazo de constitución: el Parlamento de Baleares, la Asamblea de Extremadura y la Junta General del Principado de Asturias, que depende de nuevos decretos de sus actuales presidentes. Con todo, tienen unos plazos máximos para convocar esas primeras sesiones de las Cámaras autónomas: el de Extremadura no puede irse más allá del 12 de junio; en Asturias no puede celebrarse más allá del 17 de junio; en Baleares, el límite máximo es el 27 de junio.
Ninguna de las 12 comunidades fija una fecha concreta para tener ya nombrado a su nuevo presidente, pero sí hay plazos máximos.
En todas las comunidades, salvo en Navarra y en Castilla-La Mancha, al igual que ocurre en el Congreso con el nombramiento del presidente del Gobierno, si pasados dos meses a partir de la primera votación de investidura —Baleares precisa “60 días”— ninguno de los candidatos propuestos ha conseguido que el Parlamento autónomo lo elija jefe del Ejecutivo, se disuelve esa Cámara y se convocan nuevas elecciones. En Navarra, el artículo 29 de la ley de amejoramiento extiende ese plazo a tres meses, pero desde la celebración de las elecciones. En Castilla-La Mancha no se disuelven las Cortes ni se adelantan elecciones: si pasado el periodo de dos meses no se ha elegido candidato, se designa automáticamente el del partido con más escaños (art. 14.5 del Estatuto de Autonomía).
Estos plazos implican que estas regiones pueden elegir presidente y gobierno una vez que hayan pasado las elecciones generales anunciadas para el 23 de julio.
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