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Una acusación particular de la dana recurre para que Feijóo vaya a testificar al juzgado de Catarroja

La jueza ha aceptado que el presidente nacional del PP declare por videoconferencia el próximo 9 de enero

Alberto Núñez Feijóo

Una de las acusaciones particulares personadas en la causa penal por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha recurrido el auto de la jueza de Catarroja (Valencia) por el que la magistrada accede a que el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, testifique de forma telemática el 9 de enero, y ha pedido que lo haga de manera presencial.

La jueza dictó este lunes un auto en el que accedía a la petición formulada por Feijóo de declarar como testigo de forma telemática, y acordaba comunicar “nuevamente” al líder del PP “la posibilidad de aportar voluntariamente” a la causa la conversación “íntegra” que mantuvo por guasap el día de a dana con el entonces president de la Generalitat, Carlos Mazón.

El letrado Ximo Esteve, autor del recurso, al que ha tenido acceso EFE, señala que la petición de Feijóo de testificar de forma telemática “no se fundamenta en causa objetiva alguna que impida o dificulte su comparecencia presencial, ni por razón de salud, ni por imposibilidad material, ni por riesgo personal, ni por circunstancia excepcional debidamente acreditada”.

Considera, además, que declarar desde un despacho político -la jueza ha acordado que lo haga desde su despacho del Congreso- por vía telemática “debilita objetivamente la capacidad de valoración judicial, especialmente en una fase de instrucción orientada al esclarecimiento pleno de los hechos”.

Añade que eso impide además al órgano judicial “controlar adecuadamente” el entorno físico del testigo, la ausencia de apoyos o interferencias y las condiciones de espontaneidad del acto testifical, un control que Esteve considera que “solo puede garantizarse plenamente en sede judicial”.

El abogado también expone que Feijóo ha manifestado públicamente su voluntad de colaborar con la justicia y afirma que, para que esa colaboración sea “real, efectiva y no meramente declarativa”, debe producirse “en igualdad de condiciones procesales” respecto del resto de testigos.

En consecuencia, solicita que se acuerde que la declaración testifical del presidente del PP se practique de forma presencial en los juzgados de Catarroja, ya que otros testigos “con habilitación legal similar han comparecido presencialmente, no se ha acreditado imposibilidad material alguna, el desplazamiento no es desproporcionado ni excepcional y tiene más que posibles” para poder viajar al Juzgado de Catarroja.

Con carácter subsidiario, si se mantiene la dispensa del desplazamiento, Esteve pide que se acuerde que la declaración se practique en dependencias judiciales del lugar de residencia del testigo, y no en sede política o institucional, para así garantizar el control del entorno, la igualdad y “la pureza del acto testifical”.

Esta acusación particular expone además que Feijóo “no ostenta condición de aforado en esta causa, ni existe previsión legal alguna que imponga un régimen privilegiado de comparecencia”.

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