El Gobierno valenciano aprueba un decreto que acorta la tramitación de proyectos urbanísticos en zonas dana
La consejería de Vicente Martínez Mus paralizará siete planes en zonas inundables de varios municipios hasta que el Gobierno programe obras para prevenir riadas
El Gobierno valenciano ha aprobado este lunes un decreto ley de medidas urbanísticas urgentes para facilitar las tareas de reconstrucción tras la riada que, entre otras medidas, crea la figura del plan especial urbanístico de reconstrucción en los municipios afectados por la dana para evitar “las rigideces” del sistema. La nueva fórmula reducirá de años a 9 meses la tramitación de los proyectos. El decreto suspende además los planes urbanísticos sobre suelo rural inundable hasta que la Administración General del Estado apruebe una relación programada de obras hidráulicas estructurales para prevenir las riadas. En la práctica, su entrada en vigor paralizará siete planes en Camporrobles, Chiva, Llombai, dos en Picassent, Aldaia y Chiva, según confirma la Consejería de Territorio.
La medida, que será presentada en las Cortes Valencianas como anteproyecto de ley, va dirigida a crear y ordenar suelos para la construcción de viviendas y también a la reubicación de polígonos industriales o terciarios, según ha explicado este lunes el consejero de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, para quien “el tiempo es valioso” en todo lo que tiene que ver con la reconstrucción urgente tras los efectos de la dana
Mediante este decreto ley, con efecto retroactivo desde el 29 de octubre, la Generalitat podrá tramitar planes especiales urbanísticos de reconstrucción dirigidos a crear y ordenar suelos para la construcción de viviendas, así como a la reubicación de polígonos industriales o terciarios, la integración de las infraestructuras que resulten necesarias y, con carácter general, a facilitar las tareas de reconstrucción.
La Generalitat considera “necesario” introducir la figura del plan especial urbanístico de reconstrucción como un instrumento de planeamiento flexible y de tramitación urgente dirigido a “favorecer la obtención de suelo finalista para la construcción de viviendas o polígonos industriales y a impulsar, con las determinaciones urbanísticas que resulten necesarias, las tareas de reconstrucción”. Esta fórmula permitirá aprobar los planes en nueve meses en lugar de varios años.
Los planeamientos urbanísticos municipales que cambien el uso de un suelo dotacional a otro destinado a vivienda tendrán que reubicar ese uso dotacional en un plazo máximo de tres años, con el objetivo de que estas urgencias de reconstrucción no afecten negativamente al uso previsto en un principio para esos proyectos de dotaciones.
Otro gran capítulo recogido por el decreto supondrá la suspensión y paralización de planes urbanísticos previstos en suelo rural en zonas inundables. La Generalitat suspenderá todos los procedimientos urbanísticos, hasta que la Administración General del Estado apruebe una relación programada de obras hidráulicas estructurales a realizar en referencia a las obras contra avenidas o de desvío de barrancos como el del Poyo y otros similares.
En los proyectos presentados sobre suelo rural pero en zonas no inundables, la Generalitat Valenciana exigirá al organismo de cuenca que informe y dictamine sobre las escorrentías —corriente de agua que se vierte al rebasar su depósito o cauce naturales o artificiales— que afectan a esos terrenos.
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