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El TSJCV desestima un recurso de Lo Rat Penat contra un convenio de cooperación de la Acadèmia de la Llengua con Cataluña y Baleares

El acuerdo hablaba de orientaciones normativas unitarias lingüísticas, que no eran vinculantes y precisaban de la aprobación de cada una de las tres instituciones

El País
Miembros de la Acadèmia Valenciana de la Llengua
Foto de familia de 18 miembros de la AVL que votaron el dictamen de la unidad de la lengua en febrero de 2005.MÒNICA TORRES

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado un recurso de Lo Rat Penat, asociación cultural que considera que catalán y valenciano son lenguas diferentes, contra una decisión de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL) de 2020 de aprobar un convenio con el Institut d’ Estudis Catalans y la Universidad de Baleares por una normativa lingüística inclusiva y unitaria.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado, en una sentencia del pasado 13 de octubre, el recurso interpuesto por la asociación cultural —que promueve una normativa propia para el valenciano, alejada de los criterios de la comunidad académica internacional— contra un acuerdo del 31 de enero de 2020 por el que se aprobaba el convenio de cooperación con la Sección Filológica del instituto catalán y la universidad balear.

El tribunal entiende que no hubo ninguna infracción formal en la convocatoria del pleno de la AVL en el que se adoptó este acuerdo, como alegaba Lo Rat Penat para pedir la nulidad del acto. “Se respetaron las formalidades y plazos exigidas para la adopción de acuerdos plenarios”, recoge la resolución.

Señala además que el convenio suscrito no tiene una naturaleza normativa, sino que se trata de “un protocolo general de actuación que comporta una mera declaración de intenciones de contenido general”, por lo que no es preceptivo un dictamen del Consell Jurídic Consultiu.

En el acuerdo aprobado hace tres años, se habla de la difusión de “orientaciones” normativas unitarias y para su vinculación se precisa la aprobación de cada institución, por lo que no tiene alcance normativo y “ni siquiera decisorio” porque no transmite disposiciones que obliguen a las partes sino “simples orientaciones”.

Por la misma razón, según los magistrados, el convenio no supone una transferencia de competencias a un órgano distinto a la AVL, ni tampoco vulnera la legislación que regula a esta institución ni contraviene el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.

Consideran que no existe transferencia o delegación de competencias a favor de las conclusiones a las que lleguen las comisiones porque solo constituyen directrices o recomendaciones de carácter orientativo que las distintas entidades lingüísticas son libres de seguir o no, manteniendo intactas sus competencia y autonomía frente a tales guías o patrones que representan un modelo de idioma que se puede seguir o no con libertad de criterio para asumir o no esas indicaciones.

La sentencia, que desestima íntegramente el recurso, no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

El Gobierno valenciano, compuesto por PP y Vox, impulsa desde hace unas semanas que la Generalitat Valenciana adopte fórmulas más “valencianizadas” y derogar, de esta manera, los criterios lingüísticos aplicados desde 2016 por el entonces Ejecutivo progresista del Botánic que acabaron con las anteriores, dictadas por el PP.

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