El Supremo confirma la anulación de la primera Zona de Bajas Emisiones de Barcelona
La sentencia no tendrá efectos, ya que el Ayuntamiento aprobó una nueva normativa este año


El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona, la Generalitat y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anuló la primera ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona. Sin embargo, esta decisión del Supremo no afecta a la actual ZBE, que está en vigor desde hace nueve meses, después de que el Ayuntamiento de Barcelona aprobara un nuevo reglamento, precisamente para adaptarse a la sentencia inicial del TSJC. Fuentes municipales han recordado que la normativa actualmente en vigor fue aprobada por el pleno municipal en enero de 2023.
Con relación a la decisión adoptada ahora por el Tribunal Supremo, desde el Ayuntamiento de Barcelona se asegura que la nueva normativa ”no está cuestionada” y subrayan que la Ley del Cambio Climático obliga a todos los municipios de más de 50.000 habitantes a disponer de una zona de bajas emisiones para proteger la calidad del aire. Según estas fuentes, la sentencia del Supremo “no afecta a ninguna multa firme interpuesta con la antigua ordenanza”.
A raíz de los recursos presentados por varias asociaciones, el TSJC anuló la primera ordenanza de la ZBE del Ayuntamiento de Barcelona, al entender que tenía deficiencias en su elaboración, por la falta de informes determinantes y por ser excesivo en el ámbito geográfico de aplicación y en el tipo de coches excluidos.
La opinión mayoritaria de los magistrados de la sala contencioso-administrativo del TSJC era que esta ordenanza del consistorio barcelonés incidía “especialmente en los ciudadanos con menor capacidad económica” para renovar su vehículo, en las familias numerosas, en los residentes, así como en los colectivos empresariales con menos recursos para sustituir sus coches profesionales.
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