La justicia declara nulas cláusulas abusivas de los contratos de alquiler del fondo de inversión Azora
Una vecina de Granollers demandó a la empresa hace dos años
El juzgado de Primera Instancia número 31 de Barcelona ha declarado nulas por abusivas diversas cláusulas incorporadas a los contratos de alquiler del fondo de inversión Azora, gran tenedor de viviendas en régimen de alquiler en España con alrededor de 13.000 inmuebles en propiedad. La sentencia llega cerca de dos años después de la demanda interpuesta por una vecina de Granollers (Barcelona), Siívia Torres, asesorada por el Sindicato de Llogueteres en colaboración con el Colectivo Ronda.
Entre las cláusulas anuladas por ilegales y por ir contra los derechos de los arrendatarios destaca una relativa a la “bonificación de la renta” que permitía a Azora aplicar un aumento del 30 % del precio del alquiler a partir del tercer año de contrato, “una subida abismal”, apunta la sentencia.
“Sentí tanta impotencia e injusticia ante el burofax recibido en 2020 que anunciaba una subida que triplicaría el precio de mi alquiler, que tenía dos opciones: o me marchaba del piso o luchaba para dar a conocer lo que me pasaba”. Contaba entonces Torres a las puertas de la Ciudad de la Justicia de Barcelona, donde se celebró el juicio contra su casero, Azora. La vecina de Granollers reclamó la nulidad de 10 cláusulas del contrato con que, entre otras cosas, el propietario pretendía una subida de la cuota mensual a partir del tercer año del contrato (que tiene una duración de siete). Azora es uno de los mayores caseros de España y desde hace años han aflorado en varias ciudades quejas como la Torres en edificios administrados por la filial Lazora.
En 2020, la demandante pasó de pagar 690 euros al mes a ser requerida a hacer frente a 1.100 euros tras tres años en el inmueble, un incremento interanual muy por encima del IPC. A propósito de esa cláusula, la juez valora que se pretende “evitarla aplicación de la normativa legal”, que impide que durante la vigencia del contrato se apliquen revisiones de la renta que superen el IPC interanual, y que pretende ser en realidad una “táctica contractual” destinada a provocar que el arrendatario se vaya de la vivienda.
Más allá, la sentencia impone la nulidad de otras 8 cláusulas contractuales, incluyendo la aplicación de una penalización económica del 300% del precio diario del alquiler por la demora en la entrega de las llaves, la imposición de la posibilidad de que el arrendador pueda realizar visitas periódicas al inmueble o la retención de la totalidad de la fianza por la existencia de desperfectos mínimos, entre otras. De hecho, de las 10 cláusulas denunciadas, la sentencia sólo otorga validez a la autorización por parte del inquilino a ser incorporado en registros de morosos en caso de incumplimiento de la obligación de abonarla cantidad mensual requerida.
El Colectivo Ronda, asesor jurídico de la demandante, ha destacado en un comunicado que esta sea la primera vez que un juzgado en España condena la inclusión de cláusulas abusivas y que generan desequilibrios entre arrendadores y arrendatarios en los contratos de alquiler impuestos por el fondo inmobiliario Azora, compañía matriz de las empresas Lazora, Encasa Cibeles y Témpore Properties. Azora tendrá ahora veinte días para apelar a la Audiencia Provincialde Barcelona la sentencia.
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