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Archivada la causa contra el ‘pistolero de Tarragona’, que recibió la eutanasia

El juzgado deniega una última prueba solicitada por la defensa del fallecido, que pedía conocer el paradero del chaleco que llevaba cuando fue detenido

Marin Eugen Sabau
El pistolero de Tarragona, el primer reo en recibir la eutanasia: "Ya no hay vuelta atrás"
Rebeca Carranco

El juzgado de instrucción 5 de Tarragona ha archivado la causa abierta contra Marin Eugen Sabau, conocido como el pistolero de Tarragona, que irrumpió en diciembre de 2021 en su antiguo trabajo, en Securitas, disparó a tres compañeros e hirió a un mosso d’esquadra en su huida. Sabau murió el pasado 23 de agosto después de recibir la eutanasia que había solicitado. El juzgado extingue así, tal y como recoge el código penal, la responsabilidad penal del acusado, que se encontraba en prisión preventiva en el hospital penitenciario de Terrassa con una lesión medular irreversible.

Asimismo, la magistrada ha denegado la última petición de la defensa de Sabau, presentada un día antes de que recibiese la muerte asistida. Solicitaba saber “el paradero” del chaleco que llevaba el exvigilante de seguridad en el momento que fue detenido. Por el sobreseimiento de la causa, la jueza deniega la petición.

La vía civil sigue abierta para las indemnizaciones que puedan solicitar las víctimas, de las que deberían responder los herederos de Sabau. El hombre, de 46 años, no tenía hijos ni bienes, según fuentes conocedoras de la causa. Otra opción con la que cuentan las víctimas, a la que los abogados ven poco recorrido, es demandar a Securitas ante posibles negligencias de riesgos laborales. En el caso del mosso d’esquadra herido recurrirá a la Generalitat porque los daños -días de baja, estrés postraumático y otras secuelas psicológicas– los padeció mientras trabajaba.

La eutanasia solicitada por Sabau y aplicada mientras estaba encarcelado de manera preventiva por delitos muy graves, como homicidio en grado de tentativa, no tiene precedentes en España. Las víctimas se opusieron a la petición del preso, alegando el derecho a la tutela judicial efectiva. Pedían que antes se celebrase el juicio. Pero el juzgado de instrucción, con el respaldo del Constitucional, se ha declarado incompetente para decidir sobre el proceso de la muerte asistida.

En las diversas resoluciones dictadas, también por la Audiencia provincial de Tarragona, han argumentado que la petición de la eutanasia es un trámite administrativo, que no requiere de la autorización de un juez. La ley no contempla excepciones para solicitantes inmersos en un proceso penal. También han defendido que decidir sobre la vida y la muerte es un “derecho fundamental” del solicitante, y que en todo caso, es la comisión que le ha visto quién debe decidir si su petición de morir fue libremente o se vio afectada por las elevadas penas a las que debería hacer frente en un juicio.


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Sobre la firma

Rebeca Carranco
Reportera especializada en temas de seguridad y sucesos. Ha trabajado en las redacciones de Madrid, Málaga y Girona, y actualmente desempeña su trabajo en Barcelona. Como colaboradora, ha contado con secciones en la SER, TV3 y en Catalunya Ràdio. Ha sido premiada por la Asociación de Dones Periodistes por su tratamiento de la violencia machista.

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