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La fiscalía descartó que Colau diese “trato de favor” a entidades afines

La alcaldesa debió haberse abstenido al aprobar las subvenciones, según el archivo del ministerio público a la denuncia de irregularidades

Jesús García Bueno
La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, tras conocer la investigación judicial por presuntas irregularidades en subvenciones.
La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, tras conocer la investigación judicial por presuntas irregularidades en subvenciones.MASSIMILIANO MINOCRI (EL PAÍS)

La llegada de Ada Colau al poder en Barcelona, en 2015, no fue la panacea para las cuatro entidades afines a la alcaldesa que están en el punto de mira de la justicia. Pese a los estrechos vínculos con Colau y con varios miembros de su equipo de gobierno, las asociaciones -el Observatorio DESC, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, Ingenieros sin Fronteras y la Alianza contra la Pobreza Energética- “no se beneficiaron específicamente de un trato de favor especial”. Antes, con gobiernos del PSC y de CiU, ya recibían cuantiosas subvenciones, que en la etapa de Colau se tramitaron “igual que las destinadas a cientos de entidades”.

Ese argumento fue el eje central que llevó al fiscal anticorrupción de Barcelona Luis García Cantón a archivar, en julio de 2021, la querella contra Colau y seis concejales y exconcejales (Jaume Asens, Gerardo Pisarello, Eloi Badia, Laia Ortiz, Gala Pin y Laura Pérez) que, cuatro meses antes, había presentado la plataforma Abogados Catalanes por la Constitución. Cerrada la vía de la fiscalía, otra entidad, la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática (ATCD) recogió el guante y presentó una denuncia de contenido muy similar en los juzgados, que ha sido admitida a trámite.

El fiscal recuerda que, entre 2008 y 2014, DESC recibió subvenciones por 978.000 euros e Ingenieros sin Fronteras, por importe de 1,3 millones. “Este dato permite deducir que la llegada de los denunciados al poder municipal no ha sido el detonante de una serie de decisiones tendentes a beneficiar a entidades afines”. El decreto admite que esas subvenciones se adjudicaron por vía directa, un procedimiento “discutible o no” que “parecía ser el utilizado con habitual frecuencia por el consistorio”: en 270 subvenciones a otras entidades se dan las mismas circunstancias. El archivo concluye que puede haber “irregularidades de orden administrativo”, pero que en todo caso deben resolverse en la vía administrativa y no en la penal.

Además de citar a Colau como investigada, el juez ha pedido los expedientes de los convenios firmados con esas organizaciones entre 2014 y 2021. En sus diligencias de investigación, el fiscal ya revisó algunos de los expedientes, pidió los informes de la Intervención del Ayuntamiento de Barcelona e incluso solicitó a la Policía Nacional un informe sobre la “posible relación personal o profesional” de los querellados con las entidades beneficiarias de las subvenciones.

El decreto de archivo, de diez páginas y al que ha accedido EL PAÍS, detalla el resultado de esa investigación. Constata, de entrada, la “relación” de los denunciados con las entidades antes de asumir el poder: Colau fue cinco años portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca; Jaume Asens fue miembro destacado del Observatorio DESC; Eloi Badia figuraba como project manager de Ingenierios sin Fronteras. Pese a esa cercanía ideológica y vinculación profesional, los concejales votaron, como miembros de la comisión de gobierno, la aprobación de las subvenciones a esas entidades dentro de un convenio plurianual, vigente desde 2014, sobre Derecho a la vivienda: empoderamiento colectivo y asesoramiento jurídico y social.

Irregularidad sí, delito no

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El fiscal recuerda que Colau y sus ediles “deberían haber acatado el deber de abstención”, tal como prevé la ley del sector público, para “preservar la ética que debe suponerse en una decisión de este calado”. Pero rechaza que hubieran incurrido en delito alguno. Si hay alguna irregularidad, señala el fiscal, ésta debe dirimirse en el ámbito contencioso-administrativo y no en el penal.

Los argumentos de la querella, que se reproducen ahora ante el juzgado de instrucción número 21 de Barcelona, fueron rechazados punto por punto por el fiscal. Asegura, por ejemplo, que el Ayuntamiento sí “desplegó la debida actividad de control para garantizar el destino final de la cantidad aprobada”. El decreto señala, por ejemplo, que ante unas irregularidades detectadas en una subvención al Observatorio DESC en 2016, el Ayuntamiento paralizó el desembolso hasta que fueron subsanadas.

La querella denunciaba que las subvenciones debían haberse acordado no de forma directa sino mediante concurso público. El fiscal admite, de acuerdo con los informes de la Intervención, que en los servicios recurrentes (como los que prestaban las entidades), el mecanismo debe ser el del concurso público. Pero matiza que hay excepciones que, debidamente justificadas, permiten la adjudicación directa. Es lo que ha ocurrido, dice, en este caso. Frente a los criterios de la Intervención, el ayuntamiento “ofrece otros igualmente razonados que justifican su actuación”. Los ciudadanos o entidades pueden “discrepar abiertamente” sobre esos motivos, pero el terreno para debatir esas diferencias, concluye, no es el penal sino a lo sumo el administrativo.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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