Sin restricciones de aforo en museos, galerías de arte y librerías en Cataluña, pero no se puede bailar en ningún caso
El ocio nocturno y la restauración recurren las medidas de la Generalitat para tratar de “salvar la Nochevieja”
Las nuevas medidas sanitarias de la Generalitat para frenar el actual aumento de contagios por coronavirus, que entraron en vigor la noche del jueves al viernes y tienen inicialmente una vigencia de 15 días, presentan una gran variedad en el campo de la cultura, hasta el punto de que el departamento de ese ámbito se ha visto en la necesidad de hacer público un pliego de “FAQ’s” (frequent ask questions, preguntas frecuentes), como lo han denominado desde la propia conselleria, con respuestas para evitar el desconcierto que se pueda provocar.
Así, por ejemplo, se recuerda que se ha vuelto a restringir los aforos al 70% en teatros, cines, auditorios y circos con carpa. Sin embargo, la nueva normativa no establece restricciones específicas para los museos, las bibliotecas, los archivos, las galerías de arte y el resto de los equipamientos culturales. Lo que significa que en esos espacios “hay que aplicar las medidas de carácter general relativas a los grupos (10 personas), las medidas organizativas para evitar aglomeraciones, las de distancia (1,5 metros) siempre que sea posible y las de higiene en personas (mascarilla, gel) y espacios (ventilación interior, etcétera). Las librerías y las tiendas de discos, declaradas “establecimientos esenciales”, podrán seguir también con aforo al 100%, aunque se han de aplicar las medidas generales de higiene, de distancia interpersonal “siempre y cuando sea posible”, de ventilación de espacios y organizativas para evitar aglomeraciones.
En cuanto al Certificado Covid, se recuerda, “en general no hace falta presentarlo para asistir a actividades culturales”. Aunque, “habrá que presentarlo en los espacios de restauración vinculados a las actividades culturales” -que pueden estar abiertos mientras estén segregados-, “y en las salas de conciertos, cafés teatro, cafés concierto y restaurantes musicales, situados en el interior donde se permite el consumo de alimentos”. “En todo caso”, se recalca, “el público asistente a estas actividades ha de estar sentado, y no está permitido habilitar pistas o zonas de baile”. El baile parece obsesionar especialmente. La pregunta 7 de las FAQ’s del departamento de Cultura es específicamente “¿se permite bailar en conciertos?”. Y la respuesta: “No se permite público de pie ni baile en ningún tipo de actuación musical de ningún género”.
Las actividades de cultura popular “tampoco están sometidas a limitaciones de aforo”, pero habrán de cumplir las condiciones generales establecidas. Eso quiere decir grupos de diez personas, medidas para evitar aglomeraciones, distancia entre grupos de 1,5 metros “siempre que sea posible” y mascarilla. El horario de apertura al público de las actividades culturales “en ningún caso puede superar las 00:30 horas”, aunque “se dispondrá de 30 minutos adicionales para el desalojo”. Sobre cómo afecta esto a la vuelta a casa, Cultura explica que en los municipios donde se ha declarado el toque de queda, las restricciones de movilidad nocturna entre la 01:00 y las 06:00, “excluyen los desplazamientos que comporten el retorno al domicilio desde las actividades culturales, de manera que si se regresa de una actividad cultural permitida se podrá exceder este horario con el margen de tiempo razonable para desplazarse desde el equipamiento al domicilio”. En todo caso, “será necesario llevar debidamente rellenado el certificado autorresponsable que se puede descargar desde la web de Interior”.
Por último, si en un equipamiento con reducción de aforo se ha superado el 70% en la venta de entradas anticipadas, los organizadores tendrán que ofrecer a los clientes cambiar el día reservado, si es posible, o devolver el importe de las entradas”.
Ocio nocturno
Por otra parte, el sector del ocio nocturno y de la restauración han recurrido este lunes ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) las nuevas restricciones del Govern, a pocos días de Nochevieja, alegando los “gravísimos daños y perjuicios” que pueden ocasionar, la proliferación de los botellones y la falta de competencias de la Generalitat. Las entidades representativas del sector han presentado un recurso contencioso-administrativo contra las nuevas restricciones aplicadas por la Generalitat, como el toque de queda, el cierre de discotecas o la limitación de aforo en el interior de la restauración, en el que piden al alto tribunal catalán la adopción de medidas cautelares para revocarlas, cuando faltan pocos días para las celebraciones de fin de año y a fin de “salvar la nochevieja”.
En su recurso, el Gremio de Restauración de Barcelona, la Federación Catalana de Locales de Ocio Nocturno (Fecalon), la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm), la Asociación de Salas de Conciertos de Cataluña (Asacc) y el Gremio de Empresarios de Discotecas de Barcelona y Provincia esgrimen la “infracción continuada de normas constitucionales” por parte del Gobierno y, por extensión, de la Generalitat.
El ocio nocturno y la restauración sostienen en el recurso que el Govern carece “absolutamente de competencias” para aplicar restricciones como el toque de queda que, subrayan, son competencia “exclusiva” del Ejecutivo. Por ello, consideran que la resolución de la Generalitat que han recurrido este lunes ante el alto tribunal catalán está “afectada de inconstitucionalidad” y de “nulidad de pleno derecho”, y hablan en este sentido de “fraude de ley”.
El sector argumenta además para pedir esta revocación de las restricciones de la Generalitat los “gravísimos daños y perjuicios que se pueden ocasionar a los establecimientos de ocio nocturno y restauración” en Cataluña.
Asimismo, los recurrentes aducen en el recurso que el Govern no dispone de personal suficiente para controlar los “botellones” que se originaran por el cierre del ocio nocturno, y más los que previsiblemente pueda haber en Nochevieja, y piden no “criminalizar” a estos sectores.
“Es mezquino y rastrero cargar contra el ocio nocturno, que es el que ha ido tomado todas las medidas procedentes decretadas por la propia Generalitat, que ya se han demostrado eficaces, presumiblemente para cubrir una falta de competencia constitucional”, argumentan.
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