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El juez desestima una demanda de la ANC contra EL PAÍS por un artículo de opinión

La entidad soberanista pedía al diario una rectificación sobre un texto firmado por el presidente del Gobierno

La presidenta de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Elisenda Paluzie, en un acto político.
La presidenta de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Elisenda Paluzie, en un acto político.EFE
El País

Un juez de Barcelona ha desestimado la demanda presentada por la Assemblea Nacional Catalana (ANC) contra EL PAÍS en la que exigía al diario una rectificación a propósito de un artículo de opinión firmado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La presidenta de la asociación independentista, Elisenda Paluzie, denunció que el artículo vincula a la entidad soberanista con la “ultraderecha” y que le atribuye una defensa de la violencia. En su sentencia, el juez concluye que Sánchez se limitó a escribir una “crítica política” a unas manifestaciones de Paluzie “en relación a la violencia acaecida en Barcelona”. Y rechaza que el diario tenga que rectificar al tratarse de una opinión, y además emitida por “un tercero”.

El 7 de noviembre de 2019, en el marco de las protestas del independentismo contra la sentencia del procés, EL PAÍS publicó un artículo firmado por Sánchez, entonces presidente del Gobierno en funciones. Sánchez valoró unas declaraciones de Paluzie sobre la violencia de esas jornadas. “La presidenta ha manifestado públicamente que la violencia puede ser necesaria para que su causa adquiera una mayor visibilidad", recoge el artículo, titulado Cataluña, España, Europa; mejor unidos.

La ANC acudió en primer lugar al diario para exigir una rectificación, pero EL PAÍS rechazó la petición al entender que Paluzie pretendía no rectificar, sino “replicar la opinión del presidente”. Y la réplica “solo procede para rectificar hechos, no opiniones”, según la respuesta del diario que consta en la sentencia.

La entidad soberanista presentó entonces una demanda ante la justicia que ha resuelto el titular del juzgado de primera instancia número 41 de Barcelona. La ANC solicitaba que se publicara en las páginas y en la web del diario un artículo en el que quedase claro que la entidad trabaja por la independencia “por medios pacíficos” y que rechaza “toda ideología de extrema derecha”. La demanda también criticaba que EL PAÍS hubiese destacado, en el artículo, las frases en las que Sánchez se refiere a los dos aspectos más polémicos (la ultraderecha y la violencia) y lamentaba que esas frases no están “literalmente” en el texto.

En su respuesta a la demanda, EL PAÍS explicó que los destacados son un recurso periodístico habitual —citó como ejemplo artículos de opinión firmados, entre otros, por el vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras— y no significan que el diario "se implique o haga propio el contenido”.

La sentencia, que impone las costas a la ANC y no es firme (puede recurrirse en apelación) da la razón al diario. Recuerda que se trata de un artículo de opinión escrito por un tercero que el diario publica por “la relevancia” que tienen “para sus lectores” las “opiniones” del presidente del Gobierno. El juez coincide en que la existencia de destacados es “notoria en todo tipo de artículos”, y que su presencia “no desvirtúa” el contenido del texto “ni lo que pretende transmitir su autor”.

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Apoyada en sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, la sentencia concluye que Sánchez no está “informando” de las declaraciones de Paluzie (ya conocidas), sino expresando su opinión sobre ellas. “No hay pretensión de informar sino tan solo de criticar. Y la crítica se hace sobre la base fáctica de lo manifestado por la señora Paluzie”, señala la sentencia, que concluye: "No es objeto posible de este procedimiento el rectificar una opinión”.

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