Estrasburgo condena a Francia por no tratar de forma adecuada la esclerosis del etarra Susper en la cárcel
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no decreta la liberación del “archivero” de ETA, actualmente en régimen de semilibertad en España


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado este jueves al Estado francés por no haber garantizado de forma adecuada el tratamiento médico que requería el exdirigente etarra Juan Ibón Fernández Iradi, alias Susper, durante el periodo que cumplió condena en una cárcel francesa, durante el cual le fue diagnosticada una esclerosis múltiple. Aun así, Estrasburgo no considera necesario poner fin al régimen de detención del demandante.
En el caso del llamado “archivero” de ETA, que actualmente cumple el resto de su pena en régimen de semilibertad en el País Vasco, las autoridades francesas violaron el artículo 3 del Convenio de Derechos Humanos —“nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”— al “incumplir la obligación de proporcionar al demandante la asistencia médica que requería su estado de salud, tal y como se había prescrito”, señala la sentencia, que no es unánime (de seis jueces a favor y uno en contra, la jueza española María Elósegui).
La Policía adjudica a Susper un largo historial de atentados, entre ellos varios asesinatos, durante su integración en el comando Buruntza de ETA entre el año 2000 y agosto de 2001, cuando pasó a la cúpula de ETA para suplir en la jefatura de los comandos a Juan Antonio Olarra Guridi y Ainhoa Mujika Goñi, que habían sido detenidos unos meses antes. Fue arrestado en diciembre de 2002 en el sur de Francia, aunque logró huir durante su detención en una comisaría de Bayona. No obstante, los documentos que se le incautaron, abundante documentación interna de la organización terrorista conocida como los papeles de Susper, propició el arresto de cerca de 70 de sus miembros. Fernández Iradi fue detenido otra vez un año más tarde y acabó siendo condenado a tres penas en Francia, dos de 30 años de reclusión y otra de 15 (que acabaron fusionándose en una sola de 30 años, 20 de ellos como mínimo tras las rejas), que cumplió en una cárcel gala hasta que fue trasladado a la prisión donostiarra de Martutene, en octubre de 2022.
Durante su encarcelamiento en Francia, en 2012 le fue diagnosticada la esclerosis múltiple que, a la postre, ha llevado a la condena ahora emitida. Pese a considerar al Estado francés culpable —por lo que deberá pagar al demandante 10.000 euros por perjuicio moral y 11.840 por costas judiciales— los jueces de Estrasburgo puntualizan en su sentencia que esta condena no implica la obligación de poner fin a la detención del demandante. Entre otros, citan para ello el hecho de que Susper ni solicitó asistencia psicológica ni la aplicación de un tratamiento de segunda línea, “sin que se desprenda de los documentos del expediente que su estado de salud se haya visto manifiestamente deteriorado” por ello.
El exdirigente etarra presentó en 2013, un año después de su primer diagnóstico, una demanda para que se le suspendiera la pena por enfermedad, pero la Justicia francesa se lo denegó. Finalmente, en 2022, fue trasladado, a petición propia, a la prisiónd e Marturene, en San Sebastián, para cumplir el resto de su pena. El año pasado, el Gobierno vasco aprobó la concesión del tercer grado penitenciario o semilibertad a Susper, debido a su enfermedad grave.
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