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El juez deja en libertad condicional al etarra Asier Carrera, condenado por el asesinato del socialista Buesa

El recluso, al que aún le restaban cinco años para extinguir la pena, llevaba desde octubre de 2023 en régimen abierto

Óscar López-Fonseca

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Castro ha acordado conceder, sin oposición de la Fiscalía, la libertad condicional al preso de ETA Asier Carrera Arenzana, condenado a más de 100 años de cárcel por el asesinato, el 22 de febrero de 2000 en Vitoria, del dirigente socialista vasco Fernando Buesa y su escolta, el ertzaina Jorge Díez, según recoge el auto judicial al que ha tenido acceso EL PAÍS. Aquel crimen convulsionó la sociedad vasca y terminó provocando la ruptura de los acuerdos que habían suscrito un año antes la coalición PNV-EA con Euskal Herritarrok, heredera de Batasuna.

Carrera, que ha cumplido 25 de los 30 años de cárcel efectiva que debía cumplir, estaba en régimen abierto o semilibertad desde octubre de 2023 y, desde hace un año, estaba sometido a control telemático, por lo que no tenía que acudir a prisión. Ahora, tras su puesta en libertad condicional de este lunes, el etarra estará sometido a una quincena de restricciones y “reglas de conducta” en su día a día hasta que la pena quede extinguida. Con él, ya son 53 los reclusos de la organización terrorista que han accedido a este beneficio penitenciario desde 2019, según el último observatorio de política penitenciaria de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

En el auto, fechado el pasado 30 de octubre, el juez Castro detalla que el preso ya ha cumplido tres cuartas partes de la condena, requisito imprescindible para acceder a la libertad condicional, y que la prisión de Martutene (Gipuzkoa) considera que muestra un pronóstico “favorable” de reinserción social. El magistrado también valora los escritos de arrepentimiento escritos en los últimos años por el etarra y en los que “reconoce el daño y sufrimiento causado a las víctimas, a sus familiares y allegados”, además de haber asumido el compromiso de abonar la responsabilidad civil y “no participar en actos que puedan generar dolor a las víctimas causando una revictimización”. ETA abandonó la violencia en octubre de 2011 y se disolvió en 2018.

Carrera tendrá que cumplir diversas reglas de conducta mientras esté en libertad condicional, algunas de ellas reclamadas por las víctimas directas de su actividad terrorista. Así, estará obligado a residir en el lugar que fije, siempre y cuando no sea donde cometió atentados, y deberá “obtener autorización previa” del juez “para efectuar cualquier desplazamiento fuera del lugar de residencia habitual o cambio de esta o de domicilio”. También tendrá prohibido “realizar cualquier tipo de entrevista, declaración o aparición en medios de comunicación y redes sociales que enaltezca el terrorismo o humille a las víctimas”. Tampoco podrá participar en “cualquier acto, charla, conferencia, etcétera... en el ámbito o espacio educativos públicos con idénticas finalidades” o “en cualquier tipo de homenaje o acto público que se celebre en su honor o en honor a otros miembros de la organización terrorista ETA”. Además, se le recuerda la obligación de continuar pagando las responsabilidades civiles que se le impusieron en sentencia, y la prohibición de acercarse a las víctimas, sus domicilios o comunicarse con ellas.

Los informes penitenciarios de los últimos años sobre Carrera, en prisión desde noviembre de 2000, valoraban positivamente su evolución en prisión y destacaban que su pronóstico de reincidencia era “bajo”. De hecho, la Consejería de Justicia del Gobierno vasco concedió a Carrera en octubre de 2022 el tercer grado o semilibertad, medida que fue recurrida entonces por la Fiscalía y terminó revocando la Audiencia Nacional en febrero del año siguiente. Entonces, la jueza María Reyes Jimeno argumentó su decisión en que este beneficio penitenciario se le había concedido de forma “prematura”, ya que si bien la evolución del recluso era positiva y había mostrado su arrepentimiento, todo ello no era suficiente para otorgarle en aquel momento un régimen carcelario que le permitiría salir de prisión a diario. Un año después, en octubre de 2023, finalmente accedía al régimen abierto, que se vio ampliado al año siguiente, cuando pasó a cumplir la condena en un régimen más laxo bajo control telemático.

Según la sentencia que condenó en junio de 2002 a Carrera y Luis Mariñelarena, ambos integrantes del comando Ituren colocaron una furgoneta cargada con más de 20 kilos de explosivos y metralla en el campus universitario de Vitoria. Buesa, portavoz del PSE en el Parlamento vasco, tenía 53 años, estaba casado y con tres hijos. Su escolta tenía 26 años y estaba soltero. Ambos acababan de salir del domicilio del parlamentario en compañía de un hijo de este, del que acababan de despedirse. Los terroristas de ETA les tenían a la vista cuando, según el fallo, Carrera accionó el mando a distancia que activó el explosivo y causó la muerte en el acto a las dos víctimas, y heridas a otras dos personas.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.
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