El Supremo convoca al Gobierno a una vista para que informe sobre los más de mil menores solicitantes de asilo en Canarias
El tribunal cita el 29 de mayo a los Ejecutivos central y canario


El Gobierno central tendrá que explicar en el Tribunal Supremo si ha cumplido la orden que le dieron los jueces a finales de marzo para que se hiciera cargo de más de un millar de menores solicitantes de asilo que están actualmente a cargo de los servicios de protección de menores de Canarias. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha convocado una vista pública para el próximo 29 de mayo al entender que la respuesta recibida por parte del Estado “parece poner de relieve que no se ha dado cumplimiento” al requerimiento que le hizo el tribunal, por lo que los jueces han optado por convocar a las dos partes (el Gobierno central y el canario) en la sede del Supremo para que la Abogacía del Estado informe sobre cómo está cumpliendo la orden que le dieron los jueces.
La decisión adoptada ahora por el tribunal ya venía anunciada en la resolución que notificó el pasado 26 de marzo, en la que dio 10 días al Gobierno para hacerse cargo de más de 1.000 menores no acompañados que se encuentran en los servicios de acogida de Canarias. La sala acordó que el Gobierno debería informarle de las medidas que se adoptaran, y transcurrido el plazo de 10 días, el Supremo decidiría si celebraba una vista para examinar el cumplimiento de la medida cautelar.
Ese auto del Supremo respondía a un recurso que presentó el Gobierno de Canarias en enero pasado, después de que el Ejecutivo central obviara el requerimiento que le hizo para que se garantizara el acceso de estos menores al sistema de acogida de protección internacional. Los magistrados examinaron las competencias de ambas administraciones y concluyeron que la gestión corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones, según el real decreto 220/2022. En ese escrito, el tribunal reprochó a la Administración del Estado que no haya puesto a disposición de estos menores el sistema estatal de acogida de solicitantes de asilo “pese a que es un sistema al que tienen pleno derecho y cuya implantación efectiva se revela imprescindible para corregir la actual situación de hacinamiento en que estos menores —según resulta notorio— se encuentran, abiertamente incompatible con el superior interés del menor que resulta obligado proteger”.
El Gobierno impugnó la orden del Supremo, pero retiró el recurso tras una reunión mantenida entre el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, y el presidente canario, Fernando Clavijo, en la que acordaron estudiar “caso a caso” la situación de los menores. La Abogacía del Estado presentó en el tribual un escrito explicando cómo pensaba solucionar la situación de estos menores, pero su respuesta no ha convencido al tribunal.
Según precisa el Supremo en la resolución notificada ahora, durante la vista del 29 de mayo la Administración del Estado deberá aportar una “relación detallada” de los menores que han sido ya evaluados individualmente en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional y de los que estén pendientes de evaluación. En el caso de los menores ya evaluados, esa relación deberá incluir el recurso de acogida asignado a cada uno, así como la relación detallada de los que estén pendientes de asignación. Si el sistema actual no tuviera recursos suficientes para el ejercicio de dicha competencia estatal, el Gobierno deberá detallas “las iniciativas concretas que se han adoptado para obtenerlos por cualquiera de las fórmulas reglamentariamente previstas (artículos 7 y 8 del Real Decreto 220/2022) y plazo para obtención de dichos recursos”.
El Supremo preguntará también a la Abogacía del Estado por las unidades administrativas responsables de la realización de estas actuaciones; los acuerdos o protocolos concertados con la Comunidad Autónoma de Canarias y del calendario detallado establecido para su ejecución.
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