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El Supremo revisará el 10 de marzo la decisión de Llarena de no aplicar la amnistía a Puigdemont

La Sala Penal celebrará una vista con las defensas del expresidente catalán y los exconsejeros Comín y Puig

El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont, durante una rueda de prensa en Bruselas, Bélgica.
El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont, durante una rueda de prensa en Bruselas, Bélgica.Laia Ros
Reyes Rincón

El Tribunal Supremo celebrará una vista el próximo 10 de marzo para analizar el recurso presentado por Carles Puigdemont contra la decisión del instructor del procés, magistrado Pablo Llarena, de no aplicarle la amnistía. Si la respuesta del Supremo a ese recurso, como se prevé, es negativa, el expresidente de la Generalitat podrá ya acudir al Tribunal Constitucional en amparo para que revise la decisión del Supremo.

El Supremo acordó el pasado 1 de julio no aplicar la amnistía al delito de malversación, por el que fueron condenados cuatro líderes políticos del desafío independentista catalán de 2017 —entre ellos, Oriol Junqueras, exvicepresidente de la Generalitat— y por el que se encuentran procesados Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, huido de la justicia española desde 2017. En el caso de estos últimos, la decisión la adoptó el instructor mantuvo la orden de detención nacional que pesa sobre ellos, que, según Llarena, “decidieron cargar a los fondos públicos aportados por los contribuyentes el coste” del referéndum del 1-O, que era “un empeño no solo ilegal y contrario a la Constitución y al Estatut de Catalunya, sino ajeno a sus responsabilidades de Gobierno y a las competencias de la Generalitat”.

Los tres líderes procesados en rebeldía presentaron un recurso de reforma ante el propio Llarena, que lo rechazó, tras lo cual acudieron a la Sala de Apelación. Este es el recurso que se va a resolver ahora. El tribunal estará compuesto por los magistrados Susana Polo, Vicente Magro y Eduardo de Porres, que escuchará los argumentos de las defensas y las acusaciones (Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox).

En el escrito presentado ante el Supremo, el abogado de Gonzalo Boye señaló que Llarena no amnistió la malversación porque observó u “propósito de enriquecimiento” en los preparativos del referéndum ilegal del 1-O, una de las excepciones a la aplicación de la amnistía que revé la ley impulsada por el PSOE y los partidos independentistas catalanes.


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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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