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Justicia
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Otra revolución pendiente en la Justicia: ni sobres para los preparadores ni firmas para delegar el voto

El Gobierno pone en marcha una reforma legal para acabar con un sistema de acceso a la carrera judicial anclado en el pasado, con condiciones que no se dan en las oposiciones de otros funcionarios

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, tras la reunión del Consejo de Ministros
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, tras la reunión del Consejo de MinistrosFoto: J.P.Gandul (EFE)
Inma Carretero

Un día, al regresar de la biblioteca, descubrió que habían entrado a robar en su piso de alquiler del centro de Madrid. Estaba todo revuelto, pero ella se fue flechada al cajón donde estaba el sobre con los mil euros. Una chica de 30 años con efectivo en casa.

―¿Pero qué hacías con ese dinero en casa?

―Me lo había dado mi madre para pagarle al preparador.

A 200 euros el mes por 24 minutos de clase a la semana (dos días, en sesiones de 12 minutos), el magistrado emérito y catedrático que le preparaba la oposición en su domicilio particular tenía mucho predicamento entre los aspirantes a una plaza para ser juez o fiscal. Los futuros jueces y fiscales le pagaban en negro con toda naturalidad, la misma con la que ella había ido años atrás al despacho de un juez en activo en una audiencia provincial para cantar su tema. También allí sacaba los billetes del sobre de su madre para hacer frente a los gastos de la oposición que terminó abandonando.

La reforma legal que el Gobierno ha puesto en marcha este martes acaba con un sistema de acceso a la carrera judicial anclado en el pasado y con condiciones que no se dan en las oposiciones de otros funcionarios del Estado. Para ser juez o fiscal, no hay que hacer un examen escrito que evalúe la capacidad de análisis y redacción del aspirante ni el sistema garantiza la neutralidad a través del anonimato. Los miembros de un tribunal de oposiciones para futuros profesores no saben quién es el autor del examen que están corrigiendo pero el anonimato no existe para el caso de los jueces, a pesar de que el aspirante lleva años participando en un modelo con tintes clientelares en su proceso de preparación.

La Ley Orgánica del Poder Judicial se aprobó en 1985, pero la modernidad no ha llegado al sistema de acceso a la judicatura. Tampoco la transparencia y la igualdad de oportunidades que sí que operan en otros ámbitos de la administración. Hay generalizaciones que enervan a las asociaciones judiciales (ocurrió cuando Irene Montero, ministra entonces de Igualdad, acusó a los jueces de “machismo” por “incumplir” la ley del solo sí es sí) pero hay una realidad tozuda que día tras día ilustra el sesgo conservador de quienes administran la justicia en España (el interrogatorio del juez Adolfo Carretero a la actriz Elisa Mouliaá, denunciante en el caso de Íñigo Errejón, es el ejemplo más reciente del recorrido que queda por hacer para que lo que se aprueba en el Congreso cale en los tribunales).

La “democratización” de la carrera judicial es un compromiso pendiente del PSOE y Sumar, un objetivo cuyo éxito solo podrá comprobarse cuando haya pasado al menos una década. La reforma siembra la semilla de un nuevo modelo para el futuro, por mucho que haya quien la interprete solo como un capítulo más del enfrentamiento actual del poder ejecutivo y el poder judicial.

Más allá de la bronca política de cada día, solo desde el desconocimiento de cómo funciona el poder judicial se puede defender que el actual modelo de acceso y organización no necesita una pensada. Solo un ejemplo más: la elección de las salas de gobierno del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los 17 tribunales superiores de justicia. En esos órganos se toman las decisiones administrativas y cada cinco años se presentan candidaturas para elegir su composición. La nueva ley establece como novedad que se pueda votar de forma telemática, una fórmula avalada por un informe técnico del Consejo General del Poder Judicial y al que se opusieron los jueces conservadores que controlan la mayoría de las salas a través de la Asociación Profesional de la Magistratura. ¿Por qué? Porque el sistema les perpetúa en el poder. Se lo explicó así un juez a la periodista de EL PAÍS Reyes Rincón: “La votación está puesta en un sito que te puede coger a 200 kilómetros, y es en día laborable, por lo que se suele votar por correo. Pero es más cómodo dárselo a un compañero para que lo gestione él, sobre todo cuando el compañero viene a tu despacho y te lo pide. Y a lo mejor ese compañero es el presidente de la Audiencia Provincial donde ejerces”.

Ni esto ni el pago al preparador con un sobre de dinero que no consta en ningún sitio son prácticas que se correspondan con una Justicia equiparable al funcionamiento de las administraciones en España. La independencia del poder judicial peligra, sin duda, cuando hay una injerencia directa de los responsables políticos, pero también cuando se administra desde una suerte de coto privado, porque así lo propicia el sistema de acceso a la carrera y el funcionamiento del ascensor dentro de ella. Se abre un debate interesante con esta ley que empieza ahora su andadura.

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