El Supremo condenó por malversación en los ERE sin pruebas definitivas y “desde criterios de racionalidad y sentido común”
En la sentencia hubo dos votos particulares que criticaron una “secuencia incriminatoria a través de inferencias demasiado ambiguas y abiertas”
Los magistrados del Supremo que hace dos años condenaron a 10 ex altos cargos de la Junta andaluza por malversación en el caso ERE estimaron que los exdirigentes decidieron disponer de los fondos públicos “sin control” y de forma “discrecional y arbitraria, al margen de todo condicionante legal”, según el fallo de julio de 2022. Los jueces consideraron que el sistema de pagos ilegal fue creado por la cúpula de la Junta, incluidos los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves ―este último condenado a prevaricación, no a malversación― para “evitar todo control administrativo”.
El expresidente Griñán, cuatro exconsejeros ―entre ellos su número dos Carmen Martínez Aguayo―, dos exviceconsejeros y dos ex directores generales fueron condenados a penas de cárcel por los tres jueces que firmaron la sentencia mayoritaria (Juan Ramón Berdugo, Eduardo de Porres y Carmen Lamela), un fallo que contó con los votos discrepantes de dos magistradas. Ana Ferrer y Susana Polo alegaron que los indicios barajados no eran “unívocos y concluyentes, sino que construyen una secuencia incriminatoria a través de inferencias demasiado ambiguas y abiertas, que generan márgenes de incertidumbre en los aspectos nucleares”.
Los tres magistrados que impusieron su criterio en la sentencia explicaron la base de la malversación en el caso de Griñán al acusarle de “pasividad” ante el delito, aunque sin aportar pruebas definitivas ni hechos concretos. Los jueces argumentaron que “desde criterios de racionalidad y sentido común”, el expresidente conoció el desvío de fondos públicos cometido en la Consejería de Empleo andaluza con los fondos para los ERE. “Tuvo conocimiento [Griñán] también de las ilegalidades que se venían produciendo en la concesión y pago de las ayudas, haciendo posible con su pasividad que esta situación se prolongara”, estimaron los jueces sobre el hecho de que el expresidente socialista no frenara las subvenciones desde su puesto como consejero de Economía y Hacienda (2004-2009).
La sentencia del Supremo achacó tanto a Griñán como a Martínez Aguayo que conocieran los informes de la Intervención General que alertaron del procedimiento de concesión de las ayudas, pero no de que hubiera habido menoscabo de fondos públicos. “Los informes se referían a una actuación palmariamente ilegal, fueron reiterados y contenían una información altamente preocupante y suficientemente precisa del despilfarro de los fondos públicos, pese a lo cual las partidas presupuestarias ilegales se siguieron aprobando año a año de forma contumaz”, rezaba el fallo.
Por el contrario, las dos juezas discrepantes estimaron que los ex altos cargos andaluces cometieron un delito de prevaricación, pero no de malversación.
A pesar de su condena de seis años de cárcel por malversación, Griñán no ha ingresado en prisión debido al grave cáncer que padece, mientras que Martínez Aguayo ―condenada a la misma pena― obtuvo hace dos semanas el tercer grado penitenciario tras haber cumplido un año y medio de prisión en la cárcel de mujeres de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). Tras excarcelaciones por enfermedad de diversos exdirigentes, en prisión siguen cumpliendo condena los exconsejeros Antonio Fernández y Francisco Vallejo, y los ex altos cargos Jesús María Rodríguez y Miguel Ángel Serrano.
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