Suspendido un policía que dio clases de tiro sin autorización a dos actrices de la serie ‘Servir y Proteger’
El agente permitió su acceso a la galería de tiro de la Jefatura Superior de la Policía en Baleares sin permiso de un superior y las prácticas fueron publicitadas después en Instagram
El 21 de agosto de 2021, un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía que prestaba turno de mañana en la oficina de armamento y tiro de la Jefatura Superior de Policía de Baleares en Palma permitió la entrada a la galería de tiro a tres personas ajenas al cuerpo policial. Se trataba de dos actrices de la serie Servir y Proteger, emitida en Televisión Española hasta el año pasado, que iban acompañadas de un hombre y que querían recibir formación sobre el manejo de armas. Una de las actrices había pedido realizar esta instrucción debido a las críticas que había recibido cuando en la serie se veía obligada a utilizarlas. El funcionario les ofreció 45 minutos de clases para mejorar el encare y la posición corporal, pero lo hizo sin contar con ningún tipo de autorización de sus superiores y, un año después, fue suspendido de funciones durante seis días por el director general de la Policía Nacional.
Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha estimado parcialmente el recurso contencioso que el agente presentó contra esta resolución de la dirección general de la Policía Nacional y ha reducido la suspensión a dos días, al rebajar la falta de grave a leve. La sentencia considera probado que el funcionario permitió el acceso de las tres personas, sin contar con ningún tipo de autorización de sus superiores, durante un periodo de 45 minutos y permitiéndoles que realizasen fotografías en la galería de tiro que posteriormente fueron publicadas en Instagram. En ellas se podía ver a las dos actrices dentro de la galería de tiro de la Jefatura empuñando un arma.
En la demanda, el funcionario sostiene que el acceso a la galería se hizo a petición de un compañero y que él se sumó a impartir “un rato de formación sobre el manejo de pistola” a dos actrices conocidas por su papel en Servir y Proteger, serie de temática policial y que estuvo siete temporadas en antena.
El funcionario alega que entendió que la expresada formación “podía redundar en una favorable acogida por el público en general, que vería con simpatía el gesto de la Policía Nacional en una actividad por completo inocua a los efectos de peligrosidad por cuanto las armas que se utilizarían serían en todo caso simuladas”. Hasta el punto estaba en la creencia de que su colaboración era lícita que se comunicó la formación al responsable del gabinete de prensa de la Jefatura Superior por si quería darle publicidad.
Los jueces consideran que el funcionario “no podía ignorar” que la galería de tiro de las dependencias policiales es una zona reservada “exclusivamente” a los policías, por lo que el uso de la misma a personas ajenas constituye “un hecho anormal” que precisaba de la correspondiente autorización de los responsables de la unidad. “No le había de ofrecer dudas que la utilización de tales dependencias no lo eran para usos relacionados con el servicio o con ocasión de éste” señala la sentencia. Los jueces sí creen que la actuación del agente puede enmarcarse dentro de una falta leve del artículo 9 de la Ley Orgánica 4/2010, dado que consideran que el uso del inmueble fue “inocuo” y no se hizo con la intención de menoscabar los recursos materiales destinados a la función policial. Descartan que se generase una situación de riesgo para los ciudadanos, porque no se pudo acreditar el uso de armas reales y, por todo ello, rebajan la sanción a una suspensión de dos días.
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