El Gobierno defendió al conceder los indultos que el ‘procés’ tuviera respuesta penal, porque “nadie está por encima de la ley”
El Ministerio de Justicia remarcó entonces que la amnistía era “claramente inconstitucional”. Fuentes fiscales lamentan que Sánchez reniegue ahora de la vía judicial y recuerdan que solo se actuó “cuando la gravedad era extraordinaria”
En junio de 2021, el Gobierno fundamentó el indulto concedido al exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña y líder de ERC, Oriol Junqueras, con un escrito de 33 páginas en el que se exponían las razones de “utilidad pública” que justificaban la medida de gracia. Ese texto, firmado por el entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, defendía que en 2017 se hubiera producido una respuesta penal al desafío independentista, en contra de lo que ahora sostiene el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, que el miércoles dijo: “Nosotros hemos respetado siempre la labor de la justicia. Pero también digo, y lo he comentado, que una crisis política nunca tuvo que derivar en acción judicial”.
“La base de nuestra convivencia radica en el imperio de la ley, y ello se traduce en que nada ni nadie está por encima de ella”, recogía el expediente de aquel indulto, que elogiaba la actuación de la Fiscalía y del Tribunal Supremo: “La democracia española dio una respuesta dentro de la ley a quienes se situaron fuera de la ley”. El texto marcaba, además, una explícita línea roja ante la amnistía, la medida que exigen ERC y Junts para apoyar la investidura de Sánchez y que ahora el Gobierno se abre a explorar. “A diferencia de la amnistía, claramente inconstitucional, que se reclama desde algunos sectores independentistas, el indulto no hace desaparecer el delito”, remarcaba el ministerio.
Las propuestas de indulto firmadas por el exministro Campo (una por cada uno de los nueve líderes independentistas a los que se les concedió la medida de gracia) son los documentos con los que se argumentaron los reales decretos aprobados por el Gobierno para conceder el perdón. La de Junqueras defendía la “utilidad pública” de indultar al exvicepresidente por el “relevante papel político” de este en la sociedad catalana y lo que esa decisión podía suponer “para restablecer la convivencia y la concordia entre catalanes”.
Al defender la medida, el Gobierno puso el acento en el reconocimiento de la labor de la justicia para frenar el desafío independentista y, en concreto, de la sentencia con la que el Supremo condenó a penas de prisión a 9 de los 12 líderes secesionistas a los que juzgó en 2019. “Tras la sucesión de los hechos enjuiciados en la referida sentencia y condena penal que impuso a sus autores, nadie en España duda de que la comisión de un delito, sea quien sea quien lo cometa y ocupé el cargo que ocupe, traerá consigo las consecuencias penales legalmente previstas”, señalaba el texto, que consideraba que, “en este contexto, la respuesta del Estado era obligada”, y añadía: “Quienes actuaron en contra de la Constitución tuvieron que asumir sus responsabilidades de acuerdo con lo que determina la ley”. El documento negaba que el perdón supusiera “vaciar de contenido” la sentencia del procés. “(...) Ni la cuestiona ni la modifica en extremo alguno. Aquello fue la vía jurisdiccional. Esto es la vía política. Ambas plenamente constitucionales y respetuosas con el Estado de derecho”.
Las afirmaciones de Pedro Sánchez el miércoles desde Nueva York cuestionando la judicialización del procés han generado “estupefacción” entre algunos miembros de la Fiscalía y del Supremo, el tribunal que juzgó y sentenció a Junqueras y a otros 11 líderes independentistas y que todavía intenta traer a España a Carles Puigdemont para sentarlo en el banquillo. “El asunto se judicializó cuando tuvo una gravedad extraordinaria y estaba en peligro el orden constitucional. La respuesta penal se activó cuando cruzaron las líneas rojas del sistema, no antes”, subrayan fuentes fiscales, que se remiten a declaraciones pasadas de Sánchez en las que defendió los procesamientos por rebelión o el cumplimiento “integro de las penas”, o al propio escrito de los indultos, y reprochan “los constantes cambios de opinión” sobre este asunto del presidente en funciones.
“Los políticos, al ejercer su función, a veces cometen delitos. Y eso exige una respuesta penal. ¿Cómo no lo vas a judicializar?”, se preguntan estas fuentes, que sí admiten que una respuesta política más temprana mediante la activación del artículo 155 de la Constitución (la intervención de una comunidad autónoma por parte del Gobierno) antes de lo que se hizo podía haber evitado “muchas cosas”. “Quizá se debió aplicar en septiembre [de 2017], pero al final se llegó a un extremo que obligó a responder judicialmente”, señalan estas fuentes, que tampoco comparten la amnistía que ahora exigen ERC y Junts. “Conlleva un reconocimiento de la legalidad de la actuación de ellos y de la ilegalidad de la actuación del Estado”, interpretan.
El hecho de que la Constitución no prohíba expresamente la amnistía, uno de los argumentos que esgrimen quienes defienden la aplicación de esta medida, no es visto entre algunos fiscales como razón para admitirla. “Precisamente no está porque el legislador no se lo planteó; porque no hay delitos políticos en democracia. El delito político es el que se amnistía en un cambio de régimen autoritario a uno democrático”, afirman estas fuentes, que consideran la amnistía “una forma de cercenar la función jurisdiccional y la separación de poderes”.
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