La justicia absuelve a un policía acusado de matar de un disparo a un preso que se había fugado en Cáceres
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura revoca una condena por homicidio imprudente y califica los hechos como imprudencia leve, que no está penalizada
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha absuelto a un policía que había sido condenado por matar de un disparo a un preso que se había fugado durante un traslado a los juzgados de Cáceres en marzo de 2018. La sentencia revoca la decisión de la Audiencia de Cáceres que le condenó por homicidio imprudente ―y le castigó con una multa y una indemnización― y reduce la actuación del agente a una imprudencia leve, que no está penalizada. La decisión judicial, contra la que cabe recurso, también exonera al policía y al Estado de tener que pagar una indemnización de 108.000 euros a la familia del fallecido.
La víctima mortal, de 24 años, murió el 2 de marzo de 2018, cuando estaba preso de forma preventiva en el Centro Penitenciario de Cáceres. Con antecedentes penales por robo con fuerza, había sido trasladado a los juzgados para hacer unos trámites judiciales. Llegó a las 9.48 de un día lluvioso, custodiado en un vehículo policial. Cuando fueron a abrirle la puerta, la empujó con violencia y tiró a un agente al suelo, según se relata en los hechos probados. El detenido ―que no había estado esposado durante la conducción― atacó después a otro agente que intentaba evitar su fuga y le golpeó con una muleta. Huyó por la rampa de acceso al estacionamiento y antes de que se cerrara la verja de entrada, logró escabullirse por un hueco. Entonces dio comienzo una búsqueda y persecución por la ciudad extremeña que duró casi tres horas y media y en la que participaron cerca de 50 agentes de Guardia Civil, Policía Nacional y Policía Local.
El tribunal superior entiende, a diferencia de lo que considera la Audiencia Provincial, que en los últimos momentos de la persecución ―cuando el agente sacó un arma “personal privada”, que “guardaba sin funda”― no actuó de forma imprudente, sino que ajustó la intensidad en el uso del arma a lo que estaba ocurriendo. “Las circunstancias de riesgo real o posible desde que [el preso] huye del Palacio de Justicia, agrediendo a sus custodios, siendo uno de ellos el agente acusado, aconsejaban actuar con el arma preparada y apta para el disparo ante una posible reacción violencia de sujeto fugado, del que se ignoraba, más allá de sus antecedentes penales y policiales, si tenía planeada la fuga, si contaba con apoyo externo”, recoge la sentencia del tribunal superior extremeño. La sentencia también destaca que el agente, “cumpliendo la normativa, hizo disparos al aire sin apuntar al preso fugado”, y no se le puede exigir que, entre disparo y disparo, colocase el seguro del arma, especialmente en una persecución a toda velocidad y la que el preso había dado marcha atrás para agredirles.
Al final de la persecución, cuando varios agentes lo habían localizado en otro punto de la ciudad y le perseguían, lanzó una pedrada a las manos del policía y se le cayó la pistola reglamentaria al suelo. El agente continuó la persecución con un arma “de apoyo”, que detonó y acabó con la vida del huido con un disparo que le impactó directamente en la espalda. Al intentar superar un talud, el agente “resbala, cae y es cuando se produce el fatal disparo”, continúa la resolución. “Estas circunstancias suponen para la sala una infracción de los deberes de cuidado, pero de menor entidad”, concluye la decisión judicial. El preso fue atendido por el agente acusado, que intentó reanimarle junto con otros dos agentes, y una ambulancia lo trasladó al hospital. Falleció sobre las 15.00 de este mismo día, tras permanecer unas horas en la UCI. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
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