El juez archiva el ‘caso primarias’ y descarta la financiación ilegal del PP de Salamanca
El auto concluye que las donaciones realizadas por altos cargos en 2017 para pagar deudas de afiliados en el proceso interno que ganó Mañueco “carecen de tipicidad penal”
El juzgado de instrucción número 2 de Salamanca ha archivado este viernes la causa abierta contra el PP provincial por un caso de presunta financiación irregular en las primarias que celebró el PP de Castilla y León en 2017 para elegir a su candidato a las elecciones autonómicas. El auto concluye que los hechos analizados —el pago que hicieron a la formación varios altos cargos del partido para cubrir las deudas de militantes y que así estos pudieran participar en esas elecciones internas— “carecen de tipicidad penal”. Aquellas primarias las ganó el hoy presidente autonómico, Alfonso Fernández Mañueco, y han estado cuestionadas porque se desconocía el origen de 24.140 euros de los más de 60.000 recabados en la votación de Salamanca.
Con esos indicios, el juez imputó al PP salmantino como persona jurídica, a su entonces presidente y a la gerente en noviembre de 2021. La resolución de este viernes dictamina, sin embargo, que las aportaciones de los representantes del PP no suponen “donación anónima ilegal” para financiar al partido, sino que sólo fueron una vía para “facilitar la participación de los afiliados en la jornada electoral de elecciones primarias internas”. El grupo Los Verdes, que ejerce la acusación particular, ya ha anunciado que recurrirá el auto.
El caso ha quedado sobreseído después de un largo recorrido judicial que arrancó en 2019 tras una denuncia anónima. El magistrado es rotundo al dictar el archivo: “En el caso investigado ha resultado acreditado, a través de las declaraciones testificales prestadas en sede judicial, que tanto cargos electos como afiliados del Partido Popular de Salamanca entregaron libre y voluntariamente, de manera individual, aportaciones económicas para pagar las cuotas de los afiliados del Partido Popular de Salamanca que no estaban ‘al día’, y conseguir así que todos ellos cumpliesen el requisito de ‘estar al día en el pago de cuotas’ para poder votar el día de elecciones primarias”, sostiene.
El auto recoge que esas aportaciones económicas “no constituyen donación o aportación al partido político con la finalidad de proceder a financiar a éste”, sino que el objetivo era pagar cuotas adeudadas “con la finalidad de actualizar el censo de votantes”. El juez considera probado que no hay irregularidades porque el PP salmantino proporcionó declaraciones juradas nominativas “cuyo contenido es idéntico en su formato a las anteriores declaraciones juradas que fueron ratificadas en sede judicial, variando las cantidades aportadas, lo que conlleva que no pueda calificarse ninguno de esos pagos o ingresos como donaciones anónimas al estar plenamente identificadas, con nombres y apellidos”.
La apertura de esta causa judicial llegó a provocar hace año y medio la imputación del PP provincial así como el de su presidente provincial, Francisco Javier Iglesias —que dimitió hace unos meses—, y de la gerente de la formación, María Isabel Sánchez. Los pagos analizados se registradon entre el 31 de diciembre de 2016 y el 17 de marzo de 2017, cuando la gerente amortizó una deuda acumulada de 61.937,65 euros mediante distintos ingresos bancarios. La suma procedía de cuotas no pagadas de 4.900 afiliados de la provincia charra y posibilitó que estas personas pudiesen ejercer finalmente su derecho al sufragio en un proceso interno en el que Mañueco, entonces alcalde de Salamanca, superó a su homólogo en León, Antonio Silván, y se convirtió en candidato del PP a la presidencia de Castilla y León.
Mañueco cosechó 4.087 votos contra los 1.905 de su rival. En esas primarias solo participó el 13% de los militantes del PP autonómico. El juez explicaba hace unos meses que había 41.190 euros abonados gracias a “cargos electos, personal de confianza y afiliados que colaboraron voluntariamente” para subsanar las cuentas pendientes de “afiliados morosos”. Dentro de esa suma se encontraban los 24.140 euros cuestionados como posible financiación ilegal, prohibida en el artículo 5 de la Ley Orgánica 8/2007 sobre financiación de los partidos políticos. El auto expone, no obstante, que aunque dialécticamente se considerasen tales aportaciones como “donaciones”, queda “plenamente probado tanto que ninguna de ellas es anónima como que ninguna de ellas supera la cantidad de 50.000 euros anuales”, requisitos recogidos en la ley para considerar el pago como financiación ilegal.
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