Qué está en juego en la renovación del Tribunal Constitucional
El nombramiento de 4 de los 12 magistrados puede alterar la mayoría conservadora del máximo intérprete de la Constitución
La renovación de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional cuyo mandato caducó en junio puede alterar su mayoría conservadora e inclinar la balanza en leyes simbólicas y muy relevantes para el Ejecutivo de coalición, como las del aborto, la eutanasia o la ley Celaá. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debe elegir antes del 13 de septiembre a los dos magistrados que le corresponden, pero el rechazo de un grupo de vocales del sector conservador a cumplir con este trámite está caldeando la apertura de un año judicial marcado una vez más por un bloqueo fruto del desencuentro político entre PP y PSOE y que dura casi cuatro años. El presidente del Consejo, Carlos Lesmes, defendió el lunes que el nombramiento de los miembros del tribunal de garantías ha de hacerse “sin ninguna duda”. “Me opongo a que esta institución se declare en rebeldía respecto a la Constitución y a la ley”, dijo. El Gobierno ya ha anunciado que llevará adelante sus dos nombramientos, aunque el órgano de gobierno de los jueces no elija a los suyos. Estas son algunas de las claves para comprender este nuevo escollo judicial y el poder de decisión del Tribunal Constitucional.
¿Qué implica la renovación de los magistrados nombrados por el Gobierno y el Poder Judicial? La posibilidad de que el Tribunal Constitucional pierda su mayoría conservadora. Si se materializan los dos nombramientos del Poder Judicial y los otros dos del Gobierno pendientes, el resultado más probable es que entren designados tres magistrados progresistas y uno conservador para sustituir a tres conservadores y un progresista. Dos progresistas a propuesta del Ejecutivo y uno y uno, como acuerdo de consenso dentro del Consejo General del Poder Judicial.
¿Por qué se está intentando frenar la renovación de los miembros del Constitucional en el Poder Judicial? Magistrados del sector conservador del Consejo General del Poder Judicial quieren lanzar un mensaje de rechazo a la iniciativa por la que el Gobierno ha devuelto al órgano en funciones la competencia para designar a dos miembros del Constitucional, pero no para otros nombramientos en el Tribunal Supremo u otros órganos judiciales, muy perjudicados por la situación de bloqueo en la renovación del CGPJ. El órgano de gobierno de los jueces finalizó su mandato hace casi cuatro años y debe renovarse con un acuerdo entre PSOE y PP.
¿Sobre qué decide el Tribunal Constitucional? Es el intérprete supremo de la Constitución española. Estudia los recursos de inconstitucionalidad contra las leyes o disposiciones con fuerza de ley; los recursos de amparo por violación de derechos y libertades de los artículos 14 a 30 de la Constitución ―entre los que están el derecho a la vida, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de circulación o de expresión; el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, el derecho a la huelga o la libertad de sindicación―. También de los conflictos de competencia entre el Estado y las comunidades autónomas, o entre comunidades. El Gobierno también puede impugnar ante el Tribunal Constitucional las resoluciones que adopten los órganos de las comunidades autónomas, algo que produce su suspensión, aunque el tribunal, en su caso, debe ratificar o levantar esta medida en un plazo no superior a cinco meses.
¿Cómo se renueva el Tribunal Constitucional? La Constitución española establece en su artículo 159 cómo se designan sus 12 magistrados: cuatro se nombran por el Rey a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro, a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno y otros dos, a propuesta del Poder Judicial. Su mandato dura 9 años y las renovaciones se hacen, por partes, cada tres años. La renovación pendiente corresponde al 12 de junio, fecha en la que expiró el mandato de los dos miembros nombrados por el Ejecutivo y los otros dos elegidos por el órgano de gobierno de los jueces.
¿Pueden repetir en el cargo los miembros de este tribunal? Según el artículo 16.4 de la Ley Orgánica 2/1979 del 3 de octubre del Tribunal Constitucional, “ningún magistrado podrá ser propuesto al Rey para otro período inmediato, salvo que hubiera ocupado el cargo por un plazo no superior a tres años”. En el caso de que haya vacantes antes de la expiración del periodo por el que se hicieron los nombramientos, se cubren con el mismo procedimiento para la designación del magistrado y por el tiempo que le reste de mandato, según contempla esta misma ley orgánica en un añadido de 2010. Si hay retraso en los nombramientos, “a los nuevos” se les resta del mandato el tiempo de retraso en la renovación, añade.
¿Qué recursos tiene pendientes el Tribunal Constitucional en este momento? Sus magistrados deben resolver varios recursos contra leyes muy simbólicas y relevantes del actual Ejecutivo de coalición. Entre los más antiguos está el relativo al derecho al aborto, guardado desde hace más de una década, pero también sobre la reforma educativa impulsada por la anterior ministra de Educación, Isabel Celaá y la eutanasia.
¿Quiénes son los miembros de este tribunal? Se escogen entre magistrados y fiscales, profesores de Universidad, funcionarios públicos y abogados, todos ellos, juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional. Actualmente, son 11 porque el magistrado Alfredo Montoya, designado por el Senado, renunció al cargo por motivos de salud en julio. Los magistrados designados por el Poder Judicial en 2013 y pendientes de renovación son Juan Antonio Xiol Ríos, actualmente vicepresidente, y Santiago Martínez-Vares García. Los miembros del tribunal de garantías nombrados a petición del Gobierno cuyo mandato ha caducado son el presidente, Pedro José González-Trevijano, nombrado en 2013 con el Ejecutivo de Mariano Rajoy (PP) y presidente del tribunal de garantías desde 2021; y Antonio Narváez Rodríguez, nombrado en 2014 en sustitución de Enrique López, que dimitió tras ser sorprendido conduciendo ebrio.
¿Hay precedentes de retrasos en los nombramientos en el Constitucional? Sí, aunque sobre todo para las designaciones que deben decidirse en el Congreso y en el Senado. Pascual Sala, expresidente del Tribunal Constitucional, explica en Comentario mínimo a la Constitución española, que, “desgraciadamente”, cuando se trata de renovaciones de las Cámaras legislativas “prácticamente nunca se han cumplimentado dentro de los plazos previstos legalmente”. “La que correspondía a realizar en 2007 se demoró hasta el inicio de 2011″, concreta. Esta situación obligó a prorrogar por tres años a la presidencia, vicepresidencia y magistrados afectados y se restaron esos tres años de los nueve años que correspondían a los nuevos magistrados.
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