Condenado a cárcel el jefe de la Policía con Mariano Rajoy por el ‘caso pendrive’ de los Pujol
El Tribunal Superior de Madrid revoca la absolución del comisario jubilado Eugenio Pino y firma la primera sentencia de prisión para la ‘policía patriótica’
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a un año de cárcel a Eugenio Pino, máximo responsable operativo de la Policía Nacional durante el Gobierno de Mariano Rajoy y supuesto muñidor de la policía patriótica, el grupo de agentes que actuó contra los rivales políticos del PP en la etapa de Jorge Fernández Díaz al frente del Ministerio del Interior. Los magistrados han revocado la decisión de la Audiencia Provincial de absolver al comisario jubilado de un delito de revelación de secretos y le sentencian, además de a la pena de prisión, a pagar una multa de 7.200 euros y a indemnizar a Jordi Pujol Ferrusola con 2.000 euros por el caso pendrive.
Los magistrados que integran la Sala han estimado el recurso de apelación de Pujol Ferrusola, hijo del expresident catalán Jordi Pujol. Los jueces consideran que existen suficientes pruebas de que Pino, cuando era jefe de la Policía con Rajoy, facilitó a los servicios secretos del CNI, a la UDEF (Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal) y al Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, que investigaba el caso Pujol, una unidad de memoria con información del primogénito del político sin advertir “en ningún momento a la autoridad judicial del origen ilícito de la prueba”. Es decir, que el policía entregó el pendrive sin explicar cómo le había llegado y sin contar con la autorización de un juez para obtener esos datos.
La etapa de Pino se encuentra bajo sospecha desde hace años. El comisario jubilado, nombrado jefe del cuerpo tras la llegada de Rajoy a La Moncloa, está también procesado por el caso Kitchen, la operación de espionaje al extesorero popular Luis Bárcenas para arrebatarle presuntamente documentos que todavía guardaba y que comprometían a altos cargos del PP. El juez Manuel García-Castellón, instructor de esas pesquisas, lo considera uno de los cabecillas de la trama ideada contra el antiguo responsable de finanzas de la formación conservadora y, de hecho, ha propuesto sentarlo en el banquillo junto a Fernández Díaz y Francisco Martínez, ex secretario de Estado de Seguridad.
Vuelco judicial
En julio de 2020, la Audiencia Provincial de Madrid absolvió a Pino y a uno de sus hombres de confianza, el inspector jefe Bonifacio Díez Sevillano, por el caso pendrive. Los dos agentes se sentaron en el banquillo por intentar incorporar al caso Pujol un pendrive con documentos de origen ilícito. Pero el tribunal de primera instancia concluyó que el jefe de la Policía se encontraba amparado por el deber de perseguir el delito. Además, remachó: “Se desconoce cómo, cuándo y quién accedió a la totalidad de la vida informática de Pujol Ferrusola”. Los jueces solo dieron entonces un tirón de orejas al comisario al reprocharle en la resolución que su conducta se “alejó de un correcto actuar profesional” y que “puso en serio riesgo” la investigación sobre el hijo mayor del expresident. El propio instructor José de la Mata, a cargo de esa causa, tuvo que apartar la tarjeta de memoria del procedimiento ante los recelos que le generaba.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia da un vuelco a la tesis de la Audiencia de Madrid y sostiene que, “desde el momento en que el acusado no cumplió con el deber que como funcionario público tenía de impedir que el pendrive tuviera recorrido alguno, sino que por el contrario le dio curso con un uso espurio de su contenido, procedió a difundir, revelar o ceder a terceros datos y documentación pertenecientes a la intimidad de Jordi Pujol Ferrusola con un evidente ánimo de perjudicarle”. La sentencia, de 39 páginas, insiste en señalarlo: “La condición de policía no le exime de la responsabilidad penal”.
La nueva resolución, fechada el 13 de mayo, es contundente: “El poder del Estado para la persecución y enjuiciamiento de hechos ilícitos no puede valerse de atajos. El ejercicio de la función jurisdiccional solo se ajusta al modelo constitucional cuando se asienta sobre los principios que definen el derecho a un proceso con todas las garantías. La vulneración de derechos del acusado, ya sea mediante un acto de carácter delictivo, ya mediante la vulneración de sus derechos y libertades fundamentales, abre una grieta en la estructura misma del proceso penal”. En esa línea ya se pronunció el juez instructor José de la Mata al apartar el pendrive del caso Pujol: “Esta irregular búsqueda de atajos por parte de la superior autoridad policial, constitucional y éticamente inadmisibles, convirtió estos documentos y el informe policial que los analizaba en elementos de prueba ilícitos con potencial contaminante”.
“La conducta [de Pino] iba dirigida a causar un perjuicio a la víctima”, prosigue el Tribunal Superior: “De no haber advertido el magistrado instructor el origen ilícito de la prueba aportada, las consecuencias judiciales podían ser potencialmente perjudiciales”. “No podemos obviar, en el examen del presente caso, la circunstancia tan relevante como que también facilitó copias a otros organismos ajenos al procedimiento judicial. Se dio con ello publicidad (distribución) a la información que sabía que no procedía de cauce lítico y autorizado judicialmente”, remachan los jueces, que destacan que él mismo admite que ordenó enviar un duplicado del dispositivo electrónico al CNI.
Eugenio Pino compareció hace justo un año ante la comisión de investigación del Congreso por la Operación Kitchen. A preguntas de Gabriel Rufián (ERC), el comisario se presentó como un “patriota” y afirmó que haría “todo por España”. “¿Todo? ¿Más allá de la ley?”, le cuestionó entonces el parlamentario. “Seguramente, la ley no existiría cuando tuviéramos que hacer todo por España”, respondió el policía.
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