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El Constitucional se prepara para abordar la sentencia del aborto en los próximos meses

Los magistrados resolverán el recurso del PP conscientes de que resulta insostenible prolongar su silencio de 11 años sobre el caso

José María Brunet
Concentración a favor del aborto libre, el 28 de septiembre en Madrid.
Concentración a favor del aborto libre, el 28 de septiembre en Madrid.Olmo Calvo

El Constitucional debatirá, 11 años después, sobre el recurso presentado por el PP contra la ley del aborto, conocida como ley de plazos, aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010, según indicaron a EL PAÍS fuentes del tribunal. No hay una fecha concreta, pero está tomada la decisión de abordar y resolver la impugnación presentada por el PP. El presidente del tribunal, Juan José González Rivas, ha hablado a la vuelta del verano del asunto con el ponente, el magistrado Andrés Ollero, exdiputado del PP, para exponerle que el debate sobre esta sentencia no puede esperar más, y pedirle que termine de poner a punto su propuesta de resolución en los próximos meses. La voluntad del presidente es que el pleno dicte su fallo sobre el recurso sin dar pie a nuevas denuncias por dilaciones indebidas.

El Constitucional ha recibido dos querellas por retardo malicioso por su tardanza en resolver el recurso del PP sobre la vigente ley del aborto. La Fiscalía se ha mostrado favorable al archivo de estas denuncias y se espera que la Sala de lo Penal del Supremo las inadmita. Pero ello no obsta para que se haya instalado entre los magistrados la convicción de que carece de sentido esperar más para abordar un asunto que es complejo y delicado, pero que merece una respuesta sin más demoras. Junto a ello, existe preocupación por el curso que pueda seguir la demanda civil interpuesta ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por exparlamentarios del PP, en junio pasado, denunciando este retraso y pidiendo un pronunciamiento de condena al Estado español.

En el Constitucional se espera que la vía penal ante el Supremo, que intentaron la Asociación de Abogados Cristianos y Hazte Oír, no tenga recorrido, pero se cree que el reproche puede llegar por parte de la justicia europea.

Demanda en Estrasburgo

La demanda ante el Tribunal de Estrasburgo fue presentada en junio por tres de los 71 parlamentarios que en 2010 estuvieron entre los firmantes del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Dichos parlamentarios son el exsenador del PP Luis Peral, la diputada de Vox Lourdes Méndez (entonces del PP) y el exdiputado del PP José Eugenio Azpiroz.

El deseo del Constitucional sería dictar sentencia sobre la ley del aborto antes de que Estrasburgo se pronuncie. Las normas de funcionamiento del tribunal de garantías prevén dos vías para que un asunto llegue al pleno. La primera es que así lo disponga el presidente, de quien depende el orden del día. La segunda, la iniciativa del ponente de cada proceso. Y tres magistrados también bastan para avocar un asunto a pleno, pero siempre que los dos anteriores estén de acuerdo sobre cuándo llevarlo. Si nada de esto se ha puesto en marcha hasta ahora es porque el tribunal ha preferido dejar que pasara el tiempo sobre una cuestión que no ha vuelto a ser objeto de impulso por parte del partido que promovió el recurso. De hecho, el PP no cambió la ley del aborto mientras gobernó entre 2011 y 2018, aunque lo había prometido. Ese hecho llevó al presidente del Constitucional de entonces, Francisco Pérez de los Cobos, a no llevar a pleno el asunto dado que el PP, que gobernaba con mayoría absoluta, se comprometió a derogar la ley de plazos, cosa que no llegó a hacer.

González Rivas, el actual presidente, tampoco ha querido fijar ahora una fecha concreta para la deliberación en su contacto con Ollero. El presidente del Constitucional ha preferido instar al ponente a una reflexión conjunta sobre el problema planteado. Ollero, a su vez, ha manifestado que ni el presidente ni ningún magistrado le han urgido a presentar su propuesta de resolución.

De aquí a las próximas Navidades, el Constitucional tiene previsto dictar sentencia sobre el segundo estado de alarma y sobre los recursos de los condenados por el procés. Quedan dos sentencias muy importantes, las relativas a Carme Forcadell y la inviolabilidad parlamentaria, y a Junqueras y su inmunidad como eurodiputado. A partir de ahí, ya en 2022, el examen de la ley del aborto podría entrar en cualquier orden del día.

Las dificultades para retirar un recurso ante el tribunal

La doctrina del Constitucional obliga en la práctica a que se dicte sentencia sobre el recurso presentado por el PP en 2010, entre otras razones porque quienes lo interpusieron ya no podrían retirarlo. El motivo es que la impugnación fue formalizada por más de 50 diputados del grupo popular, y no todos ellos lo siguen siendo. Por tanto, han perdido la condición que les legitimaba para recurrir cuando lo hicieron. Ahora bien, en el Constitucional existe una corriente que estima muy formalista esta doctrina sobre el desistimiento. Los partidarios de esta tesis estiman que sería posible estudiar la retirada de un recurso si un número relevante de los diputados que lo presentaron, y la organización a la que pertenecían —en este caso el PP—, lo pidieran.
En todo caso, en el tribunal existe el convencimiento generalizado de que ningún partido querrá jamás retirar recurso alguno que haya presentado, entre otras razones por los riesgos políticos que ello comporta. Las fronteras ideológicas entre dos formaciones son a veces vaporosas, y siempre habría quien quisiera sacar partido del desistimiento ajeno. Ahora bien, predomina en paralelo la idea de que con la actual composición del tribunal (de mayoría conservadora por siete a cuatro) es poco probable que prosperara una eventual propuesta de inconstitucionalidad de la ley de plazos, que es el punto clave de la ley del aborto vigente. Ollero no es el único católico practicante entre los magistrados del Constitucional, pero en medios del tribunal se subraya que en este asunto, como en los demás, no se trata de contraponer convicciones, religiosas o de cualquier tipo, sino de un juicio de legalidad, en este caso constitucional.

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