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El Gobierno da el primer paso para la reforma integral del proceso penal

El Consejo de Ministros aprueba el borrador del anteproyecto que deja la investigación penal en manos de los fiscales

Reyes Rincón
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, este martes, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, este martes, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.Jesús Huellín (Europa Press)

El Ejecutivo dio ayer el primer paso para una de las reformas legales de mayor envergadura: la de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), un proyecto que se ha ido retrasando desde hace nueve años y que supondrá un cambio estructural en el proceso penal. El Consejo de Ministros aprobó el borrador del anteproyecto de ley que Justicia encargó a una comisión de expertos y que deja la instrucción penal en manos de los fiscales. El ministro Juan Carlos Campo defendió la reforma como “un ejercicio de coherencia constitucional y de cumplimiento del mandato de la UE”.

Al texto aprobado ayer le queda por delante un largo camino de trámite parlamentario en el que sufrirá modificaciones, pero el Ministerio de Justicia confía en que se mantengan las líneas esenciales de su proyecto. El borrador elaborado por un grupo de expertos bebe del plan que ya se puso en marcha en 2011, en tiempos del ministro Francisco Caamaño, de cuyo equipo formaba parte el actual ministro, aunque la reforma ahora propuesta es más amplia e incluye cambios que entonces no se plantearon. El texto recoge 982 artículos, casi un 25% más que el elaborado bajo el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. Y apenas un 10% de los que se repiten conservan la literalidad del anterior proyecto, según fuentes conocedoras de los trabajos de redacción.

Si el proyecto sale adelante, la instrucción de las causas penales será asumida por el fiscal, que dirigirá toda la investigación. Justicia defiende que este modelo, que cuenta con el beneplácito de la mayor parte de las carreras judicial y fiscal, es más “eficiente” y “garantista”. El fiscal investiga y el juez vela por que esa investigación no vulnere ninguna garantía constitucional. Al margen de que Campo es firme partidario de este cambio, el titular de Justicia advirtió ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que atribuir la investigación al fiscal, “no es ya una opción, sino una obligación establecida de forma clara y directa por la UE”.

La nueva Lecrim, que pondrá fin a la vigencia de una ley de 138 años (la actual se aprobó en 1882 y ha sido reformada 77 veces), obligará a retocar otras normas, en especial el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la que se deberá regular el funcionamiento de los jueces de garantía y los llamados tribunales de instancia sobre los que pivota el nuevo modelo (que sustituyen los actuales órganos unipersonales). Justicia calcula que la nueva ley tardará seis años en estar en pleno funcionamiento, ya que la transferencia de funciones de los jueces a los fiscales requiere de reformas estructurales que abarcan desde la necesidad de actualizar las herramientas informáticas a la distribución de funciones del personal de juzgados y fiscalías.

Aunque el modelo de investigación fiscal es el gran cambio que introduce el texto aprobado ayer, el anteproyecto recoge otras reformas pendientes desde hace años. Uno de ellos es el veto a que los partidos políticos y los sindicatos ejerzan la acusación popular, una práctica que se ha extendido en los últimos años, particularmente en casos de corrupción o que implican a políticos, y al que muchos jueces y fiscales eran partidarios de poner coto. Los expertos que han participado en la redacción del proyecto defienden este cambio para “recuperar” para los ciudadanos la acción popular, acaparada ahora por organizaciones.

El texto prevé también la creación de una comisión nacional de seguimiento de la prisión provisional, un órgano inspirado en el artículo 150 del código procesal francés y cuya misión será revisar el uso que se da a esta medida cautelar. La ley pretende garantizar la indemnización a quienes hayan sido absueltos o cuyo proceso se haya sobreseído tras estar en prisión provisional. “En un proceso penal regido por la presunción de inocencia la prisión provisional tiene que ser la excepción”, señalan fuentes conocedoras de la redacción del texto, que recuerdan que el Tribunal Constitucional fijó recientemente la obligación de compensar a quienes sufran estas situaciones.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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