Nueva sentencia contra Hermann Tertsch por vulnerar el honor del padre de Pablo Iglesias
La Audiencia Provincial de Zamora ratifica la condena de 15.000 euros impuesta al eurodiputado de Vox
Los tribunales han infligido otro golpe a Hermann Tertsch, eurodiputado de Vox. La Audiencia Provincial de Zamora ha dictado una nueva sentencia contra el político ultra por vincular a Francisco José Iglesias, padre del actual vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, con el asesinato de un policía en 1973. Los magistrados consideran que el dirigente de la formación de extrema derecha cometió una “intromisión ilegítima y una vulneración del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen” del demandante, y confirman la condena que le impuso en mayo de 2019 el juzgado de Primera Instancia número 2 de Zamora. Hace apenas dos meses, el Tribunal Supremo también ratificó otro fallo contra Terstch por insultar, en este caso, al abuelo del líder de Podemos.
A través de una sentencia fechada el pasado 26 de junio, a la que tuvo acceso EL PAÍS, el tribunal desmonta todas las alegaciones del eurodiputado, que el 5 de marzo de 2018 escribió el tuit objeto de la disputa. “Del nombre de este policía tampoco se acuerda nadie. José Antonio Fernández Gutierrez, asesinado por el FRAP, grupo terrorista comunista, el 1 de mayo de 1973. Entre los miembros detenidos después estuvo el padre de Pablo Iglesias. Como llegó la amnistía nunca fue acusado nadie”, rezaba el mensaje. “Constituye una injerencia en el derecho al honor por no estar amparado por el derecho a la libertad de expresión”, subraya la Audiencia, que rechaza así el recurso presentado por el dirigente de Vox y le impone el pago de 15.000 euros a Francisco José Iglesias por “daños y perjuicios”.
El propio afectado, como recogen los jueces en este nuevo fallo, desmintió las acusaciones de Terstch. El padre del líder de Podemos explica que perteneció a una organización que posteriormente se integraría en el FRAP (Frente Revolucionario Antifascista y Patriota), pero que dejó la militancia cuando se formó precisamente dicho grupo. De hecho, con el objetivo de ganar la batalla legal, el eurodiputado de Vox alegó después en su defensa que, en su tuit, lo “único” que afirmaba era que el progenitor de Iglesias fue miembro del FRAP. Una tesis que tumban los magistrados, que destacan que lo vinculó claramente con el asesinato del policía. “Puesto que cuando, un usuario [de Twitter le] pone de manifiesto que no era posible la participación de Francisco José en los hechos que se produjeron durante la manifestación del 1 de Mayo porque estaba en la cárcel por repartir propaganda ilegal, [Terstch] contesta afirmando que la decisión de matar policías se toma antes”.
“Es decir, da a entender que pudo participar en la decisión y que, por tanto, el hecho de estar detenido o en la cárcel no tendría trascendencia”, subraya la Audiencia, que añade: “[El político de Vox] da a entender que no descarta que fuera autor intelectual”. El tribunal le reprocha incluso al eurodiputado que, “por mucho que pretenda” decir que la intención al publicar el tuit no era vincular al padre de Iglesias con el asesinato del policía, la redacción del mensaje implica “precisamente esa vinculación”. “Debe tenerse en cuenta que el demandado es periodista y, por eso, debe suponerse su habilidad para redactar precisamente lo que quiere expresar”, apostilla.
La Audiencia, que subraya que el ataque de Terstch al afectado se debió a la “condición de padre de Pablo Iglesias”, confirma la condena dictada en primera instancia. Impone al dirigente ultra el pago de 15.000 euros. También le ordena publicar esta sentencia en Twitter y retirar a su costa el mensaje de su cuenta y de los buscadores de Internet, “en particular Google y Yahoo”.
El fallo del Supremo
Esta sentencia, que se conoce ahora, se suma a la dictada por el Supremo el pasado 1 de julio, cuando confirmó que Tertsch debe indemnizar con 12.000 euros a la familia Iglesias por vulnerar el honor del abuelo del líder de Podemos. El eurodiputado llamó al difunto Manuel Iglesias “miliciano criminal” en un artículo publicado en 2016. “El abuelo de Pablo Iglesias fue condenado a muerte por participar en sacas, es decir, en la caza de civiles inocentes desarmados en la retaguardia de Madrid”, escribió.
Para los magistrados del alto tribunal, el periodista “no fue veraz” al hacer esa afirmación y no contrastó la información con otras fuentes a su alcance. El Supremo precisó, además, que “no resulta probado que Manuel Iglesias hubiera sido condenado por esos hechos delictivos”. Las imputaciones de Tertsch, añadieron los jueces, tampoco se amparan en la libertad de expresión porque las críticas a determinadas ideologías basadas en “interpretaciones sesgadas de hechos históricos” no se justifican.
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