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¿Cuánto dinero vale estar en la cárcel por un error judicial? Resoluciones de Justicia dicen que 25 euros diarios

Contra este criterio tendrá que batallar el expresidente del FC Barcelona, Sandro Rosell, que pedirá una suma millonaria, pero le corresponden 16.000 euros por sus 22 meses preso

Tomás Martínez, un pescador de Málaga que pasó un año en la cárcel por un error del juez.
Tomás Martínez, un pescador de Málaga que pasó un año en la cárcel por un error del juez.José Antonio Hernández

¿Cuánto vale un día, o un año, de cárcel injusta? A falta de una normativa específica, el Ministerio de Justicia ha empezado a emitir resoluciones en las que fija en 25 euros la cuantía diaria que pagará por un error judicial que implique privación de libertad. Para establecer esta cuantía, las resoluciones del ministerio se han basado en dos acuerdos de la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo que, sin definir expresamente el coste indemnizatorio de cada día de prisión indebida, concede algo más de 9.100 euros a un hombre encarcelado durante casi un año y que luego resultó absuelto. Las indemnizaciones que se han comenzado a reconocer son producto de dividir esa cantidad por los 365 días del año y entiende razonable abonar 25 euros cada jornada.

Este criterio será motivo de batalla, por ejemplo, para los abogados del expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell en la demanda millonaria que han decidido plantear ante el Estado (Ministerio de Justicia) por los 22 meses que el exdirigente barcelonista pasó en prisión preventiva acusado por la Audiencia Nacional de un delito de blanqueo de capitales del que luego fue absuelto. Como Rosell, hay muchos reos en este momento esperando ser indemnizados.

Justicia es muy restrictiva —“no hay dinero”, aseguran fuentes jurídicas— al fijar las indemnizaciones, pero está obligada a resarcir las deficiencias de los juzgados: retrasos injustificados, equivocaciones en registros de casas, citaciones erráticas para juicios…) y también los errores judiciales que se traducen en privaciones de libertad injustas de inocentes. Entre 2014 y 2018, el ministerio, según datos oficiales, pagó un total de 16 millones por lo que se denomina la responsabilidad patrimonial del Estado. La mayoría del dinero se destinó a personas que sufrieron prisión injusta, un total de 2.288 personas en ese periodo. Los 25 euros fijados ahora son incluso más dinero del pagado en los últimos diez años por cada día de prisión injusta.

Por otro lado, ya está llegando al ministerio un alud de nuevas demandas por hechos que antes estaban excluidos de ser indemnizados (por ejemplo, cuando alguien ingresaba en prisión y luego se le absolvía por falta de pruebas) y que ahora sí deberán ser resarcidos tras una sentencia del Tribunal Constitucional que ha establecido que todos los declarados inocentes o absueltos, son inocentes, sin distinción y que, sea cual sea el motivo de la absolución, ambos disponen de las mismas prerrogativas y merecen indemnización.

Antes de la citada sentencia del Constitucional, Rosell no habría recibido ni un euro. Justicia le habría denegado la indemnización. Pero el de Rosell forma parte de ese alud de nuevos caso a los que sí hay que indemnizar ahora. Tras 22 meses preso, el exmandatario barcelonista fue absuelto por falta de pruebas, y antes de esa sentencia ese no era motivo de compensación. Es Justicia quien decide el monto de la indemnización. Según el baremo de 25 euros por día que rige ahora, a Rosell le corresponderían, por sus 643 días como preso preventivo, alrededor de 16.000 euros, muy lejos de la cantidad millonaria, de hasta siete cifras, que sus abogados han anunciado que pedirán.

La única posibilidad a priori que tendría Rosell de incrementar esos 25 euros es que, si no está satisfecho con lo que le abone Justicia, recurra ante los tribunales de los Contencioso-administrativo y que estos eleven la cantidad. Pero no lo tiene fácil: elevarle la cantidad por encima de los 25 euros implicaría para el tribunal desdecirse de las dos sentencias del Supremo antes citadas en las que se basa ahora Justicia. Y discriminar a otros afectados para las que el Supremo ha fijado ya los 25 euros por día (aunque hay antecedentes de pagos de hasta 70 euros diarios). Solo en el año 2018, Justicia pagó en indemnizaciones por responsabilidad patrimonial de 1,9 millones en total. La mitad de esos 1,9 millones es porque los tribunales elevaron la cantidad inicial propuesta por el ministerio.

La sentencia del Tribunal Constitucional de la que se va a beneficiar Rosell (y aproximadamente otras 200 personas cada año) está empezando a poner patas arriba el presupuesto de Justicia. Esta sentencia fue impulsada especialmente por el magistrado y exfiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido.

¿Qué modificación introduce esta sentencia del Constitucional? Antes de ella, el ministerio solo indemnizaba los casos de personas privadas de libertad que, bien en el juicio o bien durante la instrucción, se las absolvía o se les archivaba el caso porque el delito que se les atribuía era inexistente. Es decir, no se había producido nunca y, por tanto, nadie había podido cometerlo (es lo que se llama el sobreseimiento libre; y es fruto de errores judiciales clamorosos). Estos casos sí eran indemnizados por Justicia sin más trámite.

En cambio, el ministerio rechazaba pagar por absoluciones o archivos de causa de personas que, aun habiendo estado presas, luego eran absueltas pero por falta de pruebas: el llamado principio jurídico in dubio pro reo (en caso de duda hay que fallar a favor del reo). Si una persona pasaba dos o tres años en la cárcel, por ejemplo, y en la sentencia el tribunal le absolvía porque, aun existiendo indicios, no concurrían suficientes pruebas, a esa persona no se le indemnizaba con nada. La norma entendía que esa persona estaba obligada “a soportar la acción de la justicia basada en indicios de culpabilidad”.

Tres años y medio presos, y eran inocentes...

Entre los nuevos casos de sentencias por falta de pruebas que ya empiezan a llegar al ministerio se halla, por ejemplo, el de la pareja formada por Francisco Javier A. G. y su pareja María Lourdes G. C. Ambos han estado presos durante tres años y medio en Salamanca por un homicidio del que luego se les ha declarado inocentes por falta de pruebas. Fueron encarcelados con el único testimonio —y sin más indicios, según señala el tribunal que les ha absuelto— de una persona enemistada con la pareja y que situó a ambos cerca de la casa donde pereció apuñalada la víctima. Antes de la sentencia del Constitucional, esta pareja no habría recibido ninguna indemnización. Justicia la habría rechazado. Ahora tendrá que indemnizarla. La pareja pide ser indemnizada con un total de 334.000 euros. Sin embargo, los 25 euros diarios fijados arrojan unos 63.000 euros para ambos. La sentencia del Constitucional no entra en cuantías, solo dice que ahí no cabe distinción indemnizatoria en las absoluciones. Las arcas de Justicia ya tiemblan.

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