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El Constitucional aplaza toda decisión sobre los presos del ‘procés’

Suspendido por la crisis sanitaria el pleno del tribunal que estaba previsto para el próximo día 21

José María Brunet
Periodistas a las puertas del Tribunal Constiucional.
Periodistas a las puertas del Tribunal Constiucional. Jaime Villanueva

El Tribunal Constitucional ha aplazado sine die toda decisión sobre los presos del procés y los recursos de amparo que tienen presentados. El presidente del tribunal de garantías, Juan José González Rivas, ha firmado la orden de desconvocatoria del pleno que la institución tenía programado para el próximo día 21, y no existe certidumbre alguna sobre cuándo se llevará a cabo la próxima reunión.

En el citado pleno del día 21 se iba a decidir sobre la admisión o no a trámite de las solicitudes de amparo presentadas por los condenados por el Tribunal Supremo. Un grupo de letrados del Constitucional ha estado trabajando sobre los recursos, en preparación de dicho pleno. Pero la anulación de la convocatoria deja en el aire la fecha en que los magistrados vayan a tomar una decisión sobre la existencia o no de base jurídica para analizar las cuestiones planteadas en los recursos. La admisión de este tipo de impugnaciones implica, en suma, un primer análisis en el que se aprecie la posible afectación de derechos constitucionales.

En principio, el siguiente pleno del Constitucional podría tener lugar quince días después de la fecha mencionada, es decir, el 5 de mayo. Pero el hecho es que no ha sido convocado formalmente. La posibilidad de que el tribunal de garantías retome en mayo sus reuniones plenarias dependerá de la evolución de la crisis sanitaria. Si se mantuviera el estado de alarma y la actual situación de confinamiento, los plazos podrían continuar dilatándose.

En sus respectivas impugnaciones de la sentencia del procés, los condenados han pedido al Constitucional que deje en suspenso la ejecución de las penas que les fueron impuestas. Se apoyan en la alegación de la existencia de múltiples vulneraciones de derechos fundamentales durante la instrucción de la causa y durante el juicio oral en el Supremo. Y argumentan su petición de libertad en que la permanencia en prisión puede provocarles un daño irreparable si luego el tribunal de garantías les diera la razón en que el fallo del Supremo debe ser anulado.

Tras diversas consultas con miembros de la institución, el presidente del Constitucional ha descartado la celebración de un pleno telemático, en el que se habría podido tomar una batería de resoluciones sobre el cúmulo de escritos presentados entre finales de febrero y comienzos de marzo pasados por los condenados por el Supremo por el delito de sedición. Una de las decisiones más importantes que siguen pendientes se refiere a las medidas cautelarísimas planteadas por las defensas para que los presos pudieran quedar en libertad mientras se estudian sus recursos.

En teoría, la respuesta a una medida cautelarísima no requiere la convocatoria de un pleno, porque cada decisión de este tipo corresponde a una sección del Constitucional, compuesta por tres magistrados. Pero en este caso no se quiere correr ningún riesgo de que existan respuestas distintas para cada recurso, dependiendo de la sección en que haya recaído. Por tanto, habrá una respuesta coordinada del conjunto del tribunal de garantías cuando se tramiten las peticiones de suspensión de condena.

Corresponde de nuevo al presidente del tribunal decidir en qué momento se resuelve sobre estas peticiones de suspensión. En teoría, cabe hacerlo antes de admitir o no a trámite los recursos de amparo. Además, es más fácil reunir, en especial si se hace telemáticamente, a tres magistrados que a doce, que son los que componen el pleno. Pero la voluntad de actuar de consuno, con criterio compartido por todos los miembros del tribunal, vuelve a dificultar las cosas, porque la decisión es no reunir el pleno mientras las medidas del estado de alerta contra la pandemia sigan en vigor.

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