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ANÁLISIS
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

¿Y ahora qué?

Veremos desfilar a todos los acusados, testigos e incluso peritos contables para dictaminar sobre el delito de malversación. El juicio del 'procès' será largo

Jordi Nieva
Pancartas en favor de la libertad de Oriol Junqueras el 11 de septiembre de 2018.
Pancartas en favor de la libertad de Oriol Junqueras el 11 de septiembre de 2018. LLUIS GENE (AFP)

El Tribunal Supremo ha dictado auto de apertura del juicio oral. Eso significa que se pasa a la siguiente fase del proceso, la de enjuiciamiento, aquella en la que auténticamente se averiguará la culpabilidad o inocencia de los acusados. Hasta ahora, pese a todo lo dicho, solo han existido hipótesis. Nada definitivo. Todo lo hasta ahora presumido podría confirmarse en todo o en parte, o decaer definitivamente.

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Lo que seguirá después de este auto es la oportunidad de las partes acusadoras de formular provisionalmente sus acusaciones. Estas serán muy abiertas, a fin de no condicionar las conclusiones definitivas, que se concretará en un escrito, habitualmente breve —quizás en este caso no lo será tanto, dada su relevancia—, en el que se señalarán los delitos que las acusaciones creen, por el momento, cometidos. Con ello se dará la pauta de su sentencia al tribunal, puesto que los jueces no podrán ir en ningún caso más allá de dicha pauta: esa extralimitación anularía el derecho de defensa de los acusados. La sentencia se pronunciaría sobre hechos e imputaciones delictivas que los reos no habrían podido combatir. Eso sería inaceptable.

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Formuladas las acusaciones, se abrirá el plazo para que las partes aleguen la posible incompetencia del tribunal. Y no es extraño que lo intenten: dicha competencia es altamente discutible, toda vez que los hechos, en puridad, deberían estar siendo juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El Supremo se basó para asumir el caso, entre otras razones, en que parte de los hechos habrían sucedido en el extranjero, lo que resulta más que dudoso. Si sucedió algo así, probablemente fue de forma solo tangencial. Lo veremos.

Si como es previsible el Tribunal Supremo se reafirma en su competencia, los abogados de los acusados formularán sus escritos de defensa y alegarán también la vulneración de derechos fundamentales durante la instrucción. Eso también provocará una extensa discusión. Se ha puesto encima de la mesa tanto la vulneración de la presunción de inocencia como la imparcialidad judicial, derivada del pleito que algunos de los acusados tienen pendiente en Bélgica con el juez Llarena. Previsiblemente, todas estas alegaciones serán rechazadas.

Y por ello se pasará a la práctica de la prueba. Veremos desfilar a todos los acusados, testigos e incluso peritos contables para dictaminar sobre el delito de malversación. Será un juicio largo, que podría ser televisado si así lo decide el tribunal, en aras de su plena publicidad. Después, las partes formularán su acusación definitiva. La Fiscalía podría cambiarlas, en sus conclusiones definitivas, hasta el punto de pedir la libre absolución. Finalmente, tras el uso de la última palabra por los acusados, se dictará sentencia.

Jordi Nieva es catedrático de Derecho procesal de la UB.

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