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Condenan a Ortega Cano a pagar una deuda de 2.300 euros de su bar de Benidorm

La empresa del extorero fue desahuciada por no abonar el alquiler y arrastra 900.000 euros de pérdidas

José Ortega Cano durante la celebración del juicio por el accidente mortal en Sevilla en 2013.
José Ortega Cano durante la celebración del juicio por el accidente mortal en Sevilla en 2013.Juilán Rojas

El juzgado de lo Mercantil 1 de Alicante ha condenado al torero retirado José Ortega Cano a pagar 2.329 euros por no pagar cinco facturas del restaurante que montó en Benidorm a principios de 2015. La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, estima parcialmente la demanda interpuesta por otra mercantil, Zerca Servicios de Ocio SL, a la que el exdiestro encargó en febrero de 2016 la gestión del establecimiento, denominado El Belador. El juicio se celebró el pasado 30 de octubre con la presencia del antiguo matador, que se retiró del toreo en la plaza de Las Ventas el pasado mes de agosto. Durante la vista, Ortega Cano reconoció que su mercantil, Orteunión Espectáculos SL, de la que él es el administrador único, acumula 900.000 euros en pérdidas, aunque dicho balance ha sido compensado con aportaciones de capital por importe de un millón.

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Ortega Cano (Cartagena, 1953) alquiló un local en la línea litoral de Benidorm en enero de 2015 para dedicarlo a la hostelería. En febrero de 2016, delegó la gestión del negocio a otra mercantil, Zerca Servicios de Ocio SL. El contrato de management suscrito entre ambas partes estipulaba que Orteunión Espectáculos SL, dedicada a la organización de eventos taurinos y artísticos de toda índole, debía correr con todos los gastos. El 5 de abril de ese mismo año, sin embargo, un juzgado desahució a la sociedad del torero y cerró el bar por no pagar el alquiler. En fase de apelación, Ortega Cano consignó las cantidades adeudadas, pero ya era demasiado tarde.

La demanda de Zerca Servicios de Ocio SL se centraba inicialmente en una deuda de 21.805 euros por facturas de proveedores que ella misma había tenido que abonar. Ortega Cano pagó 19.476 euros antes del juicio. El dinero restante, según sus abogados, correspondía a cinco facturas que no había recibido y no estaban, por tanto, contabilizadas, por lo que desconocía su concepto.

José Ortega Cano a su llegada por el juicio por la revista 'Mongolia' en Alcobendas, Madrid el pasado 15 de noviembre.
José Ortega Cano a su llegada por el juicio por la revista 'Mongolia' en Alcobendas, Madrid el pasado 15 de noviembre. GTRESONLINE

El juez Eduardo Serrano ha dado ahora la razón a la empresa demandante y ha condenado a Orteunión y a su administrador a abonar los 2.329 euros que aún adeuda a su socia. “Atendiendo a que obran las referidas facturas en autos, se entienden las deudas reclamadas por existentes, al no haber acreditado la parte demandada bien su pago o las circunstancias que determinen su impago, no considerando suficiente la alegación de su desconocimiento, dado que las facturas acreditan que la mercancía fue entregada”, precisa el magistrado.

La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Alicante, rechaza las demás pretensiones de los demandantes para dar la razón a Ortega Cano. Este negó durante el juicio que Orteunión estuviese inactiva. Su asesor financiero, y responsable de contabilidad, secundó esta versión y mantuvo que la sociedad no había incurrido en ningún momento en causa objetiva para su disolución. De acuerdo con su testimonio, a fecha de 20 de junio de 2017, el balance contable arrojaba un saldo negativo de 900.000 euros, pero se habían comprometido “préstamos participativos” por importe de un millón de euros para compensar las pérdidas.

“En este punto hay que acoger las pretensiones de la parte demandada, pues con la declaración del testigo, y ante la falta de prueba que enerve dicha declaración, se entiende por acreditado que la mercantil demandada sigue activa, sin que por lo tanto concurra causa de disolución”, apunta el magistrado.

Jose Ortega Cano se despide de los ruedos durante la feria taurina de San Sebastian de los Reyes el pasado mes de agosto.
Jose Ortega Cano se despide de los ruedos durante la feria taurina de San Sebastian de los Reyes el pasado mes de agosto.GTRESONLINE

El propio juez reconoce que las deudas contraídas por El Belador respecto al arrendamiento del local se corresponden con el tiempo en que Ortega Cano pasó en prisión por causar la muerte de un hombre, Carlos Parra, en un accidente en el que el diestro circulaba con su coche bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Pero matiza que el pago de ese alquiler, como el del resto de proveedores, era responsabilidad suya, tal y como establece el contrato que había firmado con Zerca.

No obstante, el que Orteunión SL no presentara sus cuentas anuales en el Registro Mercantil “no demuestra su insolvencia, ni determina la disolución de la sociedad”, añade el fallo. El magistrado no cree que el viudo de la tonadillera Rocío Jurado pretendiera “eludir el pago de deudas” mediante la creación de la mercantil demandada, como sostienen los demandantes, “máxime cuando obran en las actuaciones el pago de facturas derivadas de los servicios prestados en el negocio jurídico objeto de la presente litis, así como el de las rentas debidas a fin de impedir el desahucio en vía de apelación”.

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