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Coordinado por Lola Huete Machado

Nueva Constitución tunecina: temores y confusiones

Miembros del parlamento tunecino conversan durante las elecciones de los nueve miembros del comité de elecciones en una sesión electoral en la Asamblea Constituyente en Túnez, Túnez, el 8 de enero de 2014. Según el pacto entre los islamistas del gobierno y la oposición, la Asamblea necesita aprobar una ley electoral. EFE/Mohamed Messara
Miembros del parlamento tunecino conversan durante las elecciones de los nueve miembros del comité de elecciones en una sesión electoral en la Asamblea Constituyente en Túnez, Túnez, el 8 de enero de 2014. Según el pacto entre los islamistas del gobierno y la oposición, la Asamblea necesita aprobar una ley electoral. EFE/Mohamed Messara

Autora invitada: Josefina Bueno Alonso (Profesora de la Universidad de Alicante)

Tres años de revueltas que iniciaron la mal llamada “primavera árabe” y Túnez sigue enfrentada entre religiosos y laicos. Esta semana se está redactando el proyecto de la Nueva Constitución que debería estar acabada el 14 de enero, fecha en la que se cumple el tercer aniversario de las revueltas. Hay puestas muchas expectativas, escasos y difusos son los logros que parece no terminan de satisfacer del todo a nadie. Llama la atención la escasa repercusión en la prensa internacional del proceso con titulares que venden como victorias post-revolucionarias derechos ya incluidos en la anterior Constitución. El proceso de redacción es lento, se suspenden las comisiones, se aplaza el debate y el consenso no llega siempre. El proyecto debe aprobarse con una mayoría de dos tercios, de no haber mayoría se someterá a una nueva votación con las mismas exigencias de dos tercios. Si fracasa de nuevo, tendrá lugar un referéndum nacional. Sorprende la confusión en la redacción de algunos artículos clave, que, más que definir y garantizar derechos, dan pie a diferentes lecturas.

En cuanto al binomio Religión-Estado, la Definición de la nación sigue siendo la misma que en la Consitución de 1957 y sienta desde el artículo 1 la base de la pertenencia religiosa e identitaria: “La Tunisise est un État libre, indépendant et souverain, l’islam est sa religion, l’arabe sa langue et la République son régime ». Sobre la religión y el papel tutelar del Estado, cabe resaltar una posible contradicción que plantea el artículo 6 de la nueva Constitución en la que el Estado se erige como el “guardián de la religión”, “el protector de lo sagrado”, “el garante de la libertad de conciencia” y el encargado de garantizar la neutralidad de las mezquitas y los lugares de culto. ¡Cómo integrar en un mismo articulado la libertad de conciencia y el Estado, protector de lo sagrado! A este respecto, la Liga tunecina de los derechos del Hombre ha señalado la ambigüedad del artículo que le concede al Estado el derecho de apadrinar la religión, de proteger lo sagrado, lo que podría llevar a interpretaciones que coarten las libertades. Tal vez, apuntan, hubiese sido preferible una redacción en la línea de un Estado garante de las religiones con el fin de evitar una monopolización del islam. De la misma manera, el artículo 7 señala que la familia es “la célula fundamental de la sociedad y el Estado debe asegurar su protección. De donde se desprende que la unidad familiar está formada inexorablemente por la pareja heterosexual, no dejando margen para “otros” modelos de familia, menos aún las uniones del mismo sexo.

Desde el inicio del proceso, cuatro organizaciones no gubernamentales han dado la voz de alarma: Human Rights Watch, Amnesty International, Al Bawsala y el Centro Carter. Todas han hecho un llamamiento solicitando un “refuerzo de la protección de los Derechos Humanos en la nueva Constitución tunecina”, con el fin de que se adapte a las normas internacionales en materia de derechos humanos. Según estas organizaciones, varias cuestiones no se han abordado y solicitan la reformulación del artículo 21 –que habla del derecho a la vida como algo sagrado y que sólo se podrá atentar contra él en casos extremos fijados por la ley-. Las organizaciones consideran la redacción demasiado vaga y que deja un resquicio a la imposición de la pena capital ya que no especifica qué casos y qué circunstancias legitiman atentar contra el derecho a la vida. Es curioso que algunos medios traten la noticia como la “permanencia de la pena capital” cuando en la anterior Constitución no se hacía mención alguna a dicha pena. Recordemos que, la última ejecución en Túnez tuvo lugar en 1991 y desde entonces, el país tiene una moratoria sobre la pena capital sin haberse pronunciado concretamente a favor de la abolición. Desde otro prisma y atendiendo a la subjetividad de este vago artículo 6, la defensa a ultranza del carácter “sagrado” de la vida puede dejar entrever una clara reprobación al derecho de Interrupción Voluntaria del Embarazo, como han señalado las feministas tunecinas.

Un miembro del parlamento tunecino deposita un voto durante las elecciones de los nueve miembros del comité de elecciones. EFE/Mohamed Messara

En cuanto a la igualdad de sexos y los derechos y libertades de las mujeres, muchos titulares en la prensa internacional han destacado que Túnez incluye por primera vez la igualdad entre el hombre y la mujer del tipo, “La nueva Constitución consagrará la igualdad entre hombres y mujeres”. En la Constitución de 1957, el artículo 6 ya recogía que: “Tous les citoyens ont les mêmes droits devant la loi” ; el artículo de la nueva Constitución sólo añade “sin discriminación”y por ello, las mismas organizaciones no gubernamentales han señalado la necesidad de una mayor concreción, que “los hombres y las mujeres son iguales et tienen derecho a la plena igualdad de derecho y en hechos, así como a la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la vida –ya sean civiles, culturales, económicos, políticos o sociales-, tal y como se definen en las normas internacionales relativas a los derechos humanos”.

La igualdad frente a un juez no lleva implícita la igualdad frente a la ley, de la misma manera que la igualdad formal no implica una igualdad real. La igualdad no combate las discriminaciones y, aunque Túnez es el país más avanzado en derechos y libertades de las mujeres, todavía quedan situaciones de discriminación, por ejemplo en los temas que afectan a cuestiones de herencia. Por tanto, las Ong’s desean que la no-discriminación se amplíe a cuestiones relativas a la raza, el color, el sexo, la lengua, la religión, las opiniones, etc. Relacionado con el tema de los derechos y libertades de las mujeres, la redacción del artículo 45 –aprobado anoche- ha sido compleja porque recoge temas candentes como la protección de los derechos de las mujeres, la garantía de los logros conseguidos, la igualdad de oportunidades como una de las obligaciones del Estado y las medidas que éste debe abordar para eliminar la violencia que se ejerce sobre las mujeres. Se consensuó una enmienda importante que incluye los temas anteriores y encamina al Estado a trabajar por la paridad. El problema es que la paridad no implica una igualdad en todos los ámbitos de la vida. Por ello, un sector lo vende como un logro pero para otras resulta claramente insuficiente. La tensión está presente y la sociedad tunecina sigue en pie de guerra para no retroceder. Porque una Revolución y tres años han minado muchos las energías y los próximos días son claves.

Más información.

Liberation. Constitution-tunisienne-blocage-sur-les-droits-de-la-femme

Constitution-le-principe-de-la-parite-homme-femme-adopte

Droits-des-femmes-les-ambivalences-de-la-constitution-tunisienne

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Rusia también recobra su Memoria: La mayoría de los ciudadanos añora la URSS: http://marat-asaltarloscielos.blogspot.com.es/2014/01/rusia-tambien-recobra-su-memoria-la.html
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