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Un juzgado rechaza suspender cuatelarmente un homenaje en Hernani

La Delegación del Gobierno solicitó que se anulara un acto del programa de fiestas del municipio en recuerdo de los "represaliados"

Un juzgado de San Sebastián ha denegado la suspensión cautelar de un acto en favor de los "represaliados" de Hernani incluido en el programa de fiestas de la localidad, gobernada por Bildu. La Delegación del Gobierno en Euskadi había presentado un recurso contencioso administrativo para intentar frenar el homenaje. Antes, el representante del Ejecutivo central, Mikel Cabieces, había remitido una carta al alcalde, Luix Intxauspe, en la que solicitaba la supresión del acto.

Cabieces consideraba que el homenaje podría vulnerar el principio de neutralidad política recogido en la Constitución, así como la Ley de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas, en lo relativo a la dignidad de las personas, ya que constituye un "agravio" hacia las víctimas. El primer edil de Hernani respondió con una misiva en la que expresaba su negativa a suprimir este evento del programa festivo, tras lo que la Delegación del Gobierno optó por recurrir a los tribunales.

La sentencia del juzgado Contencioso administrativo número 2 de San Sebastián sostiene que "el acto en favor de los represaliados de Hernani es totalmente genérico, desconociéndose su concreto contenido". El Tribunal añade que la Delegación del Gobierno "puede acudir a la jurisdicción penal si tiene conocimiento o entiende que en el desarrollo de dicho acto se producen actuaciones concretas lesivas de derechos fundamntales o bienes jurídicos ajenos, y por tanto, constitutivas de delito".

El texto subraya que la suspensión cautelar de un acto administrativo debe ser "la excepción" y aplicarse únicamente cuando "debidamente ponderados, deban prevalecer los intereses privados o particulares del recurrente".

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