Ni el Supremo ni el Consejo ven inconveniente en que Garzón asesore al Gobierno colombiano
El Poder Judicial da permiso al magistrado durante un año
Ni la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ni el Consejo General del Poder Judicial tienen inconveniente en que se autorice al juez Baltasar Garzón para que pueda ejercer de asesor del Gobierno colombiano dentro de la misión que la OEA tiene en ese país, dado que el magistrado está suspendido de funciones. La Comisión Permanente del Consejo estudió este tema ayer y acordó, tras conocer la postura favorable del Supremo, "conceder compatibilidad por período de un año" a Garzón "para participar como consultor en la Misión de Apoyo al Proceso de Paz que la Organización de Estados Americanos desarrolla en Colombia". Dos vocales del Consejo, la progresista Almudena Lastra y el conservador Antonio Dorado se opusieron.
El pronunciamiento de la Sala Penal, que tiene imputado a Garzón en tres procesos y suspendido en dos de ellos, respondía a una petición del Poder Judicial, que quería saber si el traslado de Garzón a Colombia podría ser un obstáculo a los procedimientos que se llevan contra él en la Sala. Actualmente, Garzón cuenta con un permiso indefinido para trabajar como asesor de la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional, que tiene su sede en La Haya (Holanda) y que dirige el fiscal del TPI Luis Moreno Ocampo.
La autorización fue tratada ayer por la Comisión Permanente del Consejo, que es la que debe emitir la autorización solicitada por el magistrado, después de que el pasado 11 de abril el presidente colombiano, Juan Manuel Santos, confirmara durante su visita a España que Baltasar Garzón asesoraría a su gobierno en temas relacionados con el proceso de paz en ese país.
El Consejo ha concedido el permiso tras analizar el informe del Tribunal Supremo en el que advierte de que "no se han adoptado en ninguna de las tres causas seguidas frente al mencionado magistrado medidas cautelares que impidan su residencia fuera de España". También ha tenido en cuenta el Consejo el hecho de que el trabajo encomendado a Garzón "no tendrá ningún tipo de inmunidad que afecte a la situación procesal que pueda tener en España".
Dos vocales se opusieron al permiso. La vocal Lastra fundamenta su discrepancia en que, "con carácter general no es posible conceder compatibilidad a quien no ejerce actualmente jurisdicción y, por lo tanto, no ve afectado el ejercicio de su función. La actividad que se pretende desarrollar por el expresado magistrado es una misión de carácter internacional, por período superior a seis meses, y por ello no estamos ante una actividad compatible, sino ante un supuesto de los que acarrean la declaración en la situación administrativa de servicios especiales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 351 b) de la Ley Orgánica del Poder Judicial".
El vocal conservador Dorado Picón entiende que "no procede la concesión de compatibilidad dada la situación administrativa en que se encuentra el solicitante".

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