EL PAÍS recurre al Supremo un fallo de la Audiencia de A Coruña
El diario alega indefensión tras revocar el tribunal una sentencia absolutoria en primera instancia
El diario EL PAÍS recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia que estima parcialmente una demanda sobre una intromisión en el honor de José Joaquín López Ares, expresidente de la Federación de Productores Lácteos (Feplac), y que obliga a EL PAÍS a indemnizar con 6.000 euros al demandante. EL PAÍS estima que ha sufrido indefensión en el proceso judicial al aceptar y dar por buenos la Audiencia Provincial de A Coruña argumentos que el demandante introdujo ex novo en el recurso de apelación y que no estaban incluidos en la demanda inicial que presentó en el juzgado de Ordes. Si en la primera demanda José Joaquín López Ares alegaba que la información era "completamente falsa", después de obtener el primer revés en el juzgado, el expresidente de la Feplac introdujo un argumento nuevo en su recurso de apelación ante la Audiencia de A Coruña: sostiene que el demandante no tiene vinculación con la explotación ganadera donde se produjeron los hechos que motivaron el litigio.
La información objeto de la demanda se publicó en la edición gallega de EL PAÍS el 1 de noviembre de 2008 bajo el título: El presidente de Feplac defraudó ayudas por ataques de lobo. Dicha noticia citaba informes veterinarios de la Xunta para explicar que "alguien en la explotación que regenta en Mesía José Joaquín López intentó simular el ataque de un lobo a una vaca para cobrar las ayudas que ofrece la Administración para este tipo de daños". La necropsia de los veterinarios reveló entonces que la res falleció por causas naturales y que alguien optó por aparentar las mordeduras haciendo cortes con un cuchillo en el vientre de la vaca. Como consecuencia de esos hechos, la Consellería de Medio Ambiente rechazó la solicitud de subvención.
El presidente de la Feplac alegó entonces ante el juzgado de Ordes que la información era "completamente falsa", una tesis que desmontó la juez Sandra María Iglesias Barral cuando desestimó la demanda y concluyó que "nada de lo recogido en el texto de la noticia, muy próxima al reportaje neutral, puede calificarse de simple rumor, carente de toda constatación, o de mera invención o insinuación, habiéndose acreditado por parte del autor de la información una actuación razonablemente diligente en la indagación de los hechos publicados". En su sentencia dictada el 4 de noviembre de 2009, la juez concluye que "una interpretación conjunta de la misma [la información] revela que no estamos ante una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante, sino ante el legítimo ejercicio del derecho a comunicar libremente información veraz".
Tras dicha sentencia en primera instancia, José Joaquín López Ares interpuso un recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña en el que alegó que la finca donde se produjo la manipulación de la res no es de él sino de un hermano suyo. A pesar de que se trataba de un argumento ex novo que no constaba en la demanda inicial, ni siquiera en la petición de rectificación que había enviado anteriormente a este periódico, la sentencia de la Audiencia Provincial da por buena la tesis de que existen dos fincas distintas -Finca Arosa, SL y Finca Arosa, SAT- y concluye que "ha quedado demostrado que el demandante es únicamente socio de Finca Arosa, SAT pero no tiene ningún cargo de responsabilidad en la entidad que preside [su hermano] Vicente López Ares, dándose la coincidencia en los apellidos de este último y del demandante, así como del lugar donde se encuentran ubicadas las fincas (Mesía), siendo asímismo muy parecidas sus denominaciones". El fallo sostiene que el reconocimiento de la res que efectuaron los veterinarios de la Xunta se realizó en los terrenos de Finca Arosa, SAT, sociedad "en la que ningún cargo representativo tiene el demandante". Por eso los magistrados Juan Ángel Rodríguez Cardama, María José Pérez Pena y Rafael Jesús Fernández-Porto García acuerdan estimar en parte la demanda formulada por José Joaquín López Ares y condenar a EL PAÍS a indemnizar al demandante con 6.000 euros por los "perjuicios y daños morales causados".
Tras conocer este fallo, Diario EL PAIS ha decidido presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En las fechas previas a la sentencia, José Joaquín López Ares se presentó en un reportaje en La Voz de Galicia como el ganadero con más vacas de la comunidad y copropietario, junto a sus hermanos, Vicente e Hilario, de una explotación que identifica únicamente como "Finca Arosa". Según el portal de Internet Axesor, que toma como base la información del Registro Mercantil, José Joaquín López figura desde 1994 como administrador de Finca Arosa, SL y como administrador y máximo responsable de Finca Arosa, SAT. En su apelación a la Audiencia, el demandante se limitó a alegar que no era el propietario de la finca, sin aportar ningún informe del Registro Mercantil.
Por el mismo caso, José Joaquín López presentó demandas contra el exdirector general de Protección da Natureza de la Xunta José Benito Reza y el sindicato Unións Agrarias, que denunció los hechos, todas ellas frustradas en primera instancia por los juzgados. Por este mismo episodio, el pasado mayo la fiscalía de medio ambiente presentó una denuncia contra López, en proceso de tramitación, por los presuntos delitos de falsedad, estafa, fraude de subvenciones y maltrato o delito contra la salud pública.
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