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El PSPV recurre la admisión de la segunda querella contra Luna

Considera que la condición de diputado protegía las manifestaciones de su portavoz en las Cortes cuando exhibió un informe del 'caso Gürtel' que estaba bajo secreto

¿Tienen que responder los diputados de sus intervenciones en las Cortes en los tribunales? El PSPV considera que, al menos, merece una reflexión la inviolabilidad que les asiste. Y, por ello, entiende que es un error la admisión a trámite por parte del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la segunda querella presentada contra Luna por el PP, con el consejero Rafael Blasco al frente. Los populares acusan al portavoz socialista en el Parlamento valenciano de un supuesto delito de revelación de secretos por exhibir un informe del caso Gürtel que estaba bajo secreto de sumario. El PSPV ha presentado un recurso contra esa decisión del TSJ de hacerse cargo de la querella de los populares.

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En el recurso, los socialistas dicen que "la inviolabilidad no es solo una prescripción que exime de responsabilidad, sino un privilegio frente a la mera incoación de todo procedimiento". O, dicho de otro modo: "Es un verdadero límite a la jurisdicción que tiene carácter absoluto".

Los socialistas consideran que aceptar una querella que, para ellos quebranta de forma evidente la inviolabilidad, puede lesionar derechos fundamentales. Y explican en su recurso que "el interés legítimo del parlamentario en la tutela de un valor constitucional se materializa así en la inviolabilidad de sus opiniones y, por consiguiente, en la exclusión de la jurisdicción respecto a ella". Luna hecha mano del estatuto autonómico, que en su artículo 23 recoge la inviolabilidad, y asegura que el contenido de ese epígrafe "ha sido configurado por el Tribunal Constitucional como un privilegio de naturaleza sustantiva que garantiza la irresponsabilidad jurídica de los parlamentarios por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones".

Para Luna, otra de las razones fundamentales es que no existe conducta delictiva alguna. ¿Por qué? Porque cuando el 24 de marzo de 2010 exhibió en las Cortes valencianas el informe policial del caso Gürtel que recoge los sobrecostes de la visita del Papa a Valencia pagados por la televisión pública valenciana a empresas de la trama corrupta, ese documento no era parte en el procedimiento. Coincide en señalar que el informe era secreto, pero como no era parte del procedimiento (lo es a partir del 7 de mayo), no estaba obligado a secreto alguno. Por lo tanto, no hubo ningún incumplimiento, en su opinión. Más aún. Sostiene que no reveló nada que no se conociera dado que el contenido del informe fue, por ejemplo, publicado por el diario EL PAÍS.

El PP presentó al TSJ otra querella contra el dirigente socialista por una reforma en su vivienda hace 13 años, cuando no tenía ningún cargo público. Le acusa un supuesto cohecho por encargar la obra al constructor Enrique Ortiz a cambio de favores que le habría hecho durante su anterior etapa como alcalde. La fiscalía pide el archivo de este caso.

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