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El Tribunal Constitucional obliga a las Cortes Valencianas a responder preguntas vetadas sobre el Gürtel

Considera que vulneró los derechos fundamentales de los diputados de Compromís

El Tribunal Constitucional (TC) ha fallado contra las Cortes Valencianas por "vulneración de los derechos fundamentales de los diputados" del grupo parlamentario de Compromís, como consecuencia de la decisión de la Mesa de la Cámara, en la que el PP tiene mayoría absoluta, de vetar sin dar una explicación adecuada 30 iniciativas parlamentarias, algunas relativas al 'caso Gürtel'. La sentencia, dictada el pasado 26 de julio sin ningún voto particular, ha tenido como ponente al magistrado Manuel Aragón Reyes. La sala estaba compuesta, además, por la presidenta del Constitucional, Emilia Casas, y los magistrados Javier Delgado Barrio, Jorge Rodríguez-Zapata y Pablo Pérez Tremps. El fallo ordena "el pleno restablecimiento del derecho fundamental a la participación política" de los diputados y ordena que las preguntas censuradas vuelvan a la Mesa.

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El 'caso Gürtel', en el que están implicados numerosos cargos del PP valenciano, entre ellos el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, que supuestamente recibieron trajes y otras prendas de vestir regalados por las empresas de la trama corrupta -que desde años atrás se venían adjudicando decenas de contratos de la Generalitat- estalló a principios de febrero de 2009. En el caso está implicada la actual presidenta de las Cortes, Milagrosa Martínez, por los contratos adjudicados a la trama cuando era consejera de Turismo. Un mes después de estallar el asunto, los diputados de Compromís en las Cortes presentaron una serie de preguntas sobre el asunto. Reclamaban al Consell información sobre los contratos suscritos por el Ejecutivo de Camps con las empresas ligadas al 'caso Gürtel'.

La Mesa de las Cortes, con los votos del PP, rechazó la tramitación de las iniciativas escudándose en el artículo 153.2 del Reglamento de la Cámara, que permite vetar las preguntas "que se refieran a persona física o jurídica que no tenga una trascendencia pública en el ámbito de la Comunidad Valenciana". El TC considera que esta limitación del derecho a formular iniciativas, que forma parte del "núcleo de la función representativa" del diputado, solo puede justificarse con "una motivación expresa, suficiente y adecuada" para apreciar su consistencia. Y ello para evitar que la apelación al reglamento esconda un "juicio de oportunidad". El TC se refiere a una práctica por la que un grupo parlamentario, en este caso el PP, utiliza su mayoría para censurar iniciativas perfectamente reglamentarias que no quiere que prosperen o se debatan en el Parlamento.

El alto tribunal desmonta por completo la excusa reglamentaria del PP al señalar que "del tenor literal de las iniciativas parlamentarias no se desprende a primera vista que traten absolutamente de personas sin trascendencia pública en el ámbito de la Comunidad", por cuanto se inquiere, entre otras, sobre "si se habían celebrado contratos públicos entre las consejerías del Ejecutivo valenciano y una serie de empresas relacionadas con la investigación judicial sobre el conocido como caso Gürtel". Existe, remata, una "innegable vinculación con la actividad de control del Gobierno que integra la esencia de la actividad parlamentaria". Y añade que la "obligación de interpretar las normas parlamentarias del modo más favorable al ejercicio de los derechos y facultades de sus representantes habría obligado, en principio, a su admisión a trámite".

Esta es la tercera sentencia del TC contra la falta de transparencia de las Cortes Valencianas. Las dos anteriores también se referían a iniciativas de Compromís vetadas por la Mesa, aunque eran de la anterior legislatura. El Parlamento valenciano se convierte así en la Cámara autonómica con más fallos del Constitucional por vulnerar los derechos de los diputados.

Mónica Oltra, portavoz de Compromís, en las Cortes Valencianas.
Mónica Oltra, portavoz de Compromís, en las Cortes Valencianas.JOSÉ JORDÁN

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