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El Tribunal Supremo rebaja en ocho años la condena a dos grapos

Fueron condenados a 30 años por secuestrar y disparar contra el director de una sucursal bancaria en 2007

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha reducido en ocho años las condenas a dos miembros del GRAPO que secuestraron al director de una sucursal bancaria de Castellón, le llevaron a la oficina bancaria y dispararon por la espalda sobre él cuando intentó huir. Según el Supremo, los magistrados de la Audiencia Nacional que juzgaron a los grapos no dijeron porqué "escogieron" el "número concreto" de 16 años de condena, en una pena situada entre los 10 y 20 años.

El 16 de marzo de 2007, los miembros del GRAPO Israel Clemente López y Jorge García Vidal secuestraron a la salida de su domicilio a José G. LL., director de una sucursal de Bancaja en Castellón, y le llevaron bajo amenazas a la oficina que pensaban atacar. El director explicó que él no tenía la combinación de la caja, por lo que los grapos decidieron esperar dentro de la sucursal a que llegara alguno de los empleados que la tenían.

Cuando el empleado Felipe O. P. abrió la puerta de la oficina, el director le gritó: "!Felipe vete, que esto es un atraco!". Al ver que el director intentaba huir, Israel trató de matarle disparándole por la espalda a pocos metros, pero le alcanzó en un brazo. Como el tiro no le mató, Jorge García Vidal le volvió a disparar cuando cruzaba la calle, alcanzándole en una nalga. Los grapos se dieron a la fuga. El director no murió, pero no pudo reincorporarse a su puesto de trabajo por problemas psíquicos.

Para el Supremo, hoy día el proceso penal es "más que un medio de control social, un esquema racional de justificación de la pena". Y dentro de ese "esquema", los jueces de la Audiencia aplicaron correctamente la reducción de la pena en un grado porque el homicidio terrorista no se consumó, -el director tiroteado no murió-, pero no justificaron por qué "escogieron el número concreto" de los 16 años de condena. Para evitar "dilaciones", la propia Sala Penal del Supremo impone la pena en su grado mínimo, es decir, la reduce de 16 a 10 años.

Además, la Audiencia Nacional castigó por separado los delitos de robo y detención ilegal imponiendo por el primero 3 años y por el segundo 11 años, es decir, 14 años en total. El Supremo acepta el recurso de los grapos e impone una única pena en su mínimo legal, de 12 años y medio. Así las condenas de 30 años a los dos grapos han quedado reducidas a un total de 22 años y medio.

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