La etarra Lola, absuelta de las bombas en el puerto Olímpico porque no se citó a una testigo
La mujer que la reconoció en una fotografía no fue llamada a declarar al juicio.- La Fiscalía pedía para la terrorista 159 años por la colocación de dos artefactos en Barcelona en 1993
La Audiencia Nacional absolvió ayer a la etarra Dolores López Resina, Lola, miembro del comando Barcelona para quien la Fiscalía pedía 159 años de prisión por colocar dos bombas en cafeterías del puerto Olímpico de la capital catalana en agosto de 1993. La causa es que la testigo que la había identificado no fue citada a declarar en el juicio. En la explosión de los artefactos hubo cinco heridos.
El caso es similar al del grapo Marcos Martín Ponce, recientemente absuelto por el Tribunal Supremo del asesinato de un policía en Madrid en noviembre de 2000 porque una testigo que presenció el atentado y le identificó no compareció en la vista al no ser localizada.
El fiscal Ignacio Gordillo había pedido la condena de López Resina con la base de la declaración del etarra Felipe San Epifanio, cuyas huellas aparecieron en uno de los artefactos que no explotó. San Epifanio declaró en 1994 que Lola había participado en los hechos. Además, estaban las manifestaciones de la acusada.
Sin embargo, el tribunal explica que "ambos datos son insuficientes" porque las declaraciones de San Epifanio son "prácticamente inexistentes". Éste dijo que Lola colocó los dos artefactos pero no explicó más circunstancias.
En caso de duda, se beneficia al acusado
La sentencia, de la que es ponente el juez Javier Gómez Bermúdez, añade que "en la causa consta la declaración de una testigo" que reconoció "fotográficamente a López Resina como la moradora de un piso que su madre había alquilado en la calle Aragón (de Barcelona)". "Pero esta testigo no fue llamada para declarar en la vista oral", por lo que en aplicación del principio in dubio pro reo, (en caso de duda se beneficia al acusado) se "ha de favorecer a la procesada, lo que conduce a su absolución".
La sección primera de lo Penal de la Audiencia Nacional entiende que era fundamental la declaración de la testigo a la que la Fiscalía no citó. El fiscal Gordillo es el mismo que en el juicio contra el etarra Vicario Setién, acusado de participar en el secuestro del empresario José María Aldaya, no aportó un informe pericial clave que situaba el ADN del etarra en una maquinilla de afeitar encontrada en el zulo donde Aldaya permaneció retenido 341 días. La ausencia de esta prueba clave facilitó la absolución del terrorista.
Según las conclusiones que el Ministerio Público expuso en el juicio, celebrado el pasado 21 de febrero, López Resina, San Epifanio y Gregorio Vicario Setién, integrantes del comando Barcelona de ETA, planearon la colocación de tres artefactos explosivos en dos cafeterías y un restaurante del puerto Olímpico. El 15 de agosto de 1993, sobre las diez de la noche, hicieron explosión los artefactos en la cafetería Túnel del Port, en la que tres personas resultaron heridas, y en el restaurante La Galerna, donde los heridos fueron dos.
Explosivo con mecanismo trampa
Al día siguiente, López Resina y sus dos compañeros colocaron el tercer artefacto en la cafetería Barnabier, avisaron a dos diarios, uno de ellos EL PAÍS. Finalmente, el explosivo fue encontrado y desactivado por la Policía, aunque incluía un mecanismo trampa para causar la muerte a los agentes que lo manipularan.
Pese a la absolución de ayer, Lola permanecerá en la cárcel. Detenida el 23 de septiembre de 2001 en la localidad francesa de Dax, fue condenada a 20 años de cárcel por formar parte del comando Mugarri, y a otros 28 y medio por acciones terroristas cometidas en Barcelona en 1993.
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