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ELECCIONES 25-M | Faltan 19 días

Michavila confía en que el Constitucional avale la anulación de las 241 listas

El Constitucional decide hoy si admite a trámite los 233 recursos de amparo sobre las listas anuladas presentados por AuB y las agrupaciones de electores

El ministro de Justicia, José María Michavila, ha asegurado hoy que no tiene ninguna duda de que el Tribunal Constitucional "va a revalidar" la decisión del Supremo de anular 241 candidaturas electorales en el País Vasco y Navarra por su vinculación con Batasuna. Los abogados de la plataforma AuB y de las agrupaciones electorales, responsables de las candidaturas anuladas, han presentado hasta ahora 233 recursos de amparo ante el Constitucional, que deberá emitir una decisión definitiva antes del inicio de la campaña electoral, en la medianoche del viernes.

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La avalancha de recursos de amparo se produjo anoche. En una furgoneta de alquiler de 3.000 kilos de tara, matriculada en San Sebastián, llegó a los juzgados de la plaza de Castilla el grueso de los recursos ante el Tribunal Constitucional. Tras depositarlos en el juzgado de guardia, el portavoz de AuB, José Ramón Etxebarria, dijo que "lo que ha hecho el Supremo es una ataque directo a un derecho fundamental de toda la ciudadanía, que es el derecho a concurrir activa y pacíficamente a todas las elecciones". Michavila ha explicado hoy que este fallo supone "el desplome del entramado terrorista en las instituciones democráticas".

El Tribunal Supremo ha anulado las 241 candidaturas por considerar que forman parte de la "estrategia de sucesión" de Batasuna, formación ilegalizada el 27 de marzo por su vinculación con la organización terrorista ETA. "El Supremo ha cometido una barbaridad jurídica con lo que ha hecho por impulso del Gobierno; ha publicado y ha hecho alarde de que existe una lista de ciudadanos sin derechos; eso ya es la negación de la democracia", aseguró Etxebarria.

Una vez agotado hoy el plazo para recurrir el fallo del Supremo ante el Constitucional, este tribunal deberá pedir un informe a la Fiscalía y la Abogacía del Estado sobre si procede la admisión a trámite de los recursos, y para que formulen sus alegaciones contra los mismos.

¿En qué se basan los recursos de amparo?

Los recurrentes, casi 60 abogados de las candidaturas excluidas de las elecciones municipales, plantean la inconstitucionalidad de atribuir a la Sala Especial del Supremo el conocimiento de los recursos del Gobierno y del Ministerio Fiscal contra las listas, así como la inconstitucionalidad del artículo 49 de la Ley Electoral General por la brevedad del plazo concedido para recurrir.

También alegan la vulneración del artículo 6 del Convenio de Roma para la Protección de los Derechos Humanos argumentando que no se les dio traslado en ningún momento de los recursos del Gobierno y el Ministerio Fiscal. En este sentido, explicaron que las cédulas judiciales de notificación sólo informaban de la interposición de los recursos y de los plazos para alegar, y que el expediente estaba a la vista en el Tribunal Supremo, informa OTR Press. Ello hizo que en algunos casos las alegaciones se realizaran en base a las noticias aparecidas en la prensa.

Además entienden que se ha vulnerado la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías por la "premura de los plazos, que hacen totalmente imposible poder llevar una defensa adecuada". Sobre ese particular, el Tribunal Supremo respondió que la Ley Electoral no establece ningún trámite de alegaciones, lo que el tribunal hizo, precisamente, en aras de la tutela judicial efectiva.

Los recursos también denuncian la vulneración del derecho fundamental a participar en asuntos públicos, por entender que las personas que no han sido condenadas tienen derecho a participar en los asuntos públicos sin interferencias; y tratan de convencer al Constitucional de que no existe relación de continuidad con Batasuna, ni fraude de ley en la utilización de las agrupaciones de electores.

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