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La Audiencia Nacional revoca el tercer grado concedido por la juez Alonso al etarra Narbarte

El tribunal considera que la decisión fue dictada con "manifiesta falta de competencia objetiva"

La Audiencia Nacional ha revocado hoy la libertad condicional del ex colaborador de ETA Pedro Narbarte, El Lechugas, que le fue concedida por la juez de vigilancia penitenciaria de Bilbao, Ruth Alonso, al estimar que esa decisión fue dictada "con manifiesta falta de competencia objetiva".

En un auto notificado hoy, la sección tercera de la Sala de lo Penal de este tribunal afirma que "el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria carece de competencia para cambiar de grado a un penado, a no ser que el cambio tenga lugar cuando resuelve un recurso contra una actuación determinada de la administración penitenciaria".

La Audiencia ordenó el pasado martes el ingreso en prisión de Narbarte de forma cautelar hasta que el tribunal resolviera el recurso planteado por el fiscal Pedro Rubira. Ahora, el etarra, que llevaba siete meses en libertad condicional, deberá pasar en prisión el tiempo que le resta para liquidar la condena de ocho años y un día de cárcel que le fue impuesta en 1998.

Colaborador del 'Vizcaya'

El Lechugas fue detenido en 1994 por colaboración con el comando Vizcaya de ETA. Tras pasar cuatro años de prisión preventiva, fue puesto en libertad el 25 de noviembre de 1998. El Tribunal Supremo, en septiembre de 2001, confirmó la condena que le había impuesto la Audiencia Nacional, que se elevó a ocho años y un día de prisión por delito de colaboración con banda armada. Narbarte fue conducido de nuevo a prisión.

Sin embargo, el 21 de junio de 2002 Narbarte fue puesto en libertad condicional por la juez de vigilancia penitenciaria de Bilbao, Ruth Alonso, después de que hubiera cumplido más de las tres cuartas partes de la condena. Desde aquella fecha el colaborador de ETA había acudido a todos los llamamientos y había cumplido con todas las presentaciones periódicas exigidas por la magistrada.

El fiscal de Bilbao recurrió el fallo el 27 de junio y tras la decisión del Supremo de que los recursos contra las decisiones de los jueces de vigilancia penitenciaria no deben resolverlos las Audiencias Provinciales, sino el tribunal sentenciador, el recurso del fiscal contra la libertad de Narbarte pasó a la Audiencia Nacional.

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