_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Escuela concertada: la libertad de enseñanza constitucional

La educación concertada debe de ser financiada con fondos públicos para permitir que cualquier ciudadano pueda ejercitar la libertad de elección

Clase de niños de dos años en el colegio Federico García Lorca de Valencia.
Clase de niños de dos años en el colegio Federico García Lorca de Valencia.José Jordán
Jesús Muñoz de Priego

El Plan de Reconstrucción Social y Económica poscovid otorga una nueva oportunidad a este Gobierno para evidenciar su absoluta falta de respeto por la libertad de enseñanza constitucional. Excluye de cualquier ayuda a la enseñanza concertada y con ello a las instituciones que optan por la educación con fines sociales. Pero también, es evidente, a sus alumnos y a las familias que los eligen. Nada nuevo. Los diferentes Gobiernos socialistas, desde su ADN intervencionista, ya tienen un extenso listado de agravios hacia los ciudadanos que se atreven a escoger una enseñanza que no sea de titularidad de esos mismos poderes públicos. A ello se une ahora el punto de radicalidad de Unidas Podemos.

La concertada es un instrumento indispensable para la libertad de enseñanza. Esta libertad consiste en la posibilidad de las familias de elegir entre diversos tipos o modelos de educación. Si solo hubiera escuela pública, esa elección sería imposible; no se puede elegir entre lo mismo, entre lo único. Y debe ser financiada con fondos públicos para permitir que cualquier ciudadano pueda ejercitarla, y no solo aquellos que disponen de recursos económicos.

El derecho a la educación, por su parte, supone el acceso universal a la enseñanza y para ello la Administración tiene que garantizar plazas suficientes, pero en ningún caso estas deben estar necesariamente en centros de su titularidad, sino en cualquier centro sostenido con fondos públicos, es decir, tanto públicos como concertados. El derecho a la educación obliga a la Administración a garantizar la prestación del servicio educativo, pero no a prestarlo directamente. Lo que existe es un “derecho a la educación”, no un “derecho a la educación pública”.

Tampoco se sostiene el recurrente mantra intervencionista de “el dinero público para la escuela pública”, que sería algo así como que la Administración se gasta “su” dinero en sus propios colegios. Pero ese no es su dinero, sino el de los contribuyentes, y debe hacerlo en la educación de los mismos, en la que ellos elijan, no en la que se les imponga.

Con el retroceso de la libertad de enseñanza que conlleva cada ataque a la concertada, que es el instrumento que la hace posible, nos encaminamos apresuradamente a una escuela única, un monopolio educativo, y con ello un extremado riesgo de adoctrinamiento. ¿O es que se piensa que los únicos que adoctrinan son los Gobiernos de los otros?

Jesús Muñoz de Priego Alvear es abogado especialista en derecho educativo y coordinador de enLibertad.

Siga EL PAÍS EDUCACIÓN en Twitter o Facebook

Apúntese a la Newsletter de Educación de EL PAÍS

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_