Cuando el estrés es un accidente laboral
En caso de disputa, la clave para convencer al tribunal es demostrar que el trabajo es la única causa de esta enfermedad mental
El año 2022 fue especialmente negro en cuanto a siniestralidad laboral, con 653.510 accidentes de trabajo que causaron baja y 564.701 sin baja, según datos del Ministerio de Trabajo. Entre las múltiples causas de estos accidentes laborales hay una que resulta especialmente controvertida: el estrés. Es habitual que las disputas sobre si el estrés, la ansiedad u otras patologías relacionadas con la salud mental pueden considerarse o no accidente laboral lleguen a los tribunales. Si bien hay consenso a la hora de declarar que el estrés no es una enfermedad profesional al no estar incluida como tal en la lista tasada del Real Decreto 1299/2006, resolver si es o no accidente de trabajo no tiene una respuesta categórica y es necesario analizar caso por caso.
Los expertos consultados coinciden en que lo fundamental para que el estrés se considere accidente laboral es demostrar que la causa exclusiva de la enfermedad mental o anímica concreta es el trabajo. Para concluir si existe o no ese nexo causal el juez valorará en cada caso, como indica Sara Olabarría, asociada senior de Abdón Pedrajas Littler, los síntomas y el diagnóstico pericial, la duración de la baja, los antecedentes psicológicos y psiquiátricos de la persona trabajadora y su contexto laboral. Una vez examinados estos criterios objetivos básicos, añade Jorge Sarazá, socio del área laboral de Ceca Magán Abogados, habrá que analizar si el trabajo fue la única causa. “Si concurrieron o no otras circunstancias generadoras de estrés, si la empresa dispuso medidas de prevención y de riesgos laborales para reducir o minimizar el estrés y si se dan otros factores externos al trabajo o no que hayan propiciado su aparición”, desarrolla el abogado.
Precisamente, que no confluyeran otros elementos desencadenantes, como puede ser una personalidad más proclive a enfermar, fue lo que provocó que la ansiedad de una enfermera producida por las amenazas de familiares de una paciente fuera calificada como accidente laboral por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León. La sentencia, de julio de 2021, señala que “puede resultar relevante, como elemento indiciario, determinar si el trastorno anímico se habría producido en una mayoría de personas colocadas en su misma situación laboral”.
Procesos previos
La inexistencia de procesos previos de incapacidad temporal por ansiedad y una evidente vinculación entre la sintomatología y la conflictividad laboral, fueron decisivos para que, en un reciente fallo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria considerara como accidente laboral el estrés postraumático de una trabajadora a raíz del acoso de sus compañeros. La empleada era oficial en una cuadrilla de siete operarios, todos ellos varones, que se dirigían a ella como “la rubia” o “la oficiala” y uno de ellos hizo ademán de atropellarla con una apisonadora.
Por el contrario, el TSJ de Murcia en 2004 descartó que el síndrome del “trabajador quemado” (burnout) fuera accidente laboral en un supuesto en el que, existiendo antecedentes depresivos del trabajador y ante un contexto laboral en el que no se apreciaba especial estrés, no llegó a acreditarse la relación causa efecto entre trabajo y enfermedad. El reconocimiento de una dolencia como accidente laboral en vez de enfermedad o contingencia común supone una importante diferencia. “Que sea accidente de trabajo mejora considerablemente el nivel económico de las prestaciones de la Seguridad Social que genera dicha situación y, además, existen responsabilidades económicas adicionales, como una posible indemnización de la empresa por daños y perjuicios”, explica el abogado laboralista del bufete Casadeley, Álvaro San Martín.
Esto significa que si el empresario no presta una protección adecuada y eficaz a los trabajadores para prevenir o solucionar situaciones que podrían derivar en estrés laboral podrá ser demandado por el empleado que enferme, al que deberá indemnizar por los daños y perjuicios causados. Es más, agrega San Martín, si el accidente de trabajo se deriva de un incumplimiento de las obligaciones de prevención de riesgos laborales, la Seguridad Social podría sancionar a la empresa con el abono de un recargo en las prestaciones de la Seguridad Social o incluso con el pago íntegro de las mismas.
Sin embargo, señala Olabarría, para que el trabajador tenga derecho a una indemnización, es necesario que haya un incumplimiento negligente de su empleador. En este sentido, se pronunció el TSJ de Cataluña en abril de 2022 cuando negó la responsabilidad de la empresa en un caso de accidente laboral por estrés, porque no había sido informada del problema por parte del trabajador hasta que ya era tarde para atajarlo.
Cabe añadir que es posible que haya más de un responsable obligado a indemnizar al empleado que sufre accidente laboral por estrés. Por ejemplo, recientemente un juzgado de Barcelona ha condenado a la Generalitat de Cataluña y al Ministerio de Justicia a indemnizar a una funcionaria con 46.500 euros por el estrés laboral que le provocó durante años una larguísima situación de conflictividad por el enfrentamiento entre el juez y la letrada de la Administración de Justicia. En este supuesto la trabajadora compartía centro de trabajo con personal del Ministerio de Justicia, por lo que ambas administraciones públicas (Generalitat de Cataluña y Ministerio de Justicia) estaban obligadas a coordinar actividades de prevención de riesgos, entre ellos el psicosocial.
Asimismo, como advierte Sarazá, “si se llegase a identificar a un empleado como causante directo de la dolencia que da origen al accidente laboral también se le puede demandar junto con la empresa”. El experto añade que en estos casos siempre conviene demandar también a la compañía aseguradora de la empleadora para determinar si el accidente laboral está o no cubierto por una póliza.
Derechos de los herederos
Los herederos de una persona que fallece por accidente laboral derivado del estrés en el trabajo disponen de una serie de derechos y diferentes vías para pedir responsabilidades. En primer lugar, enumera Álvaro San Martín, socio del bufete Casadeley, a las prestaciones por muerte y supervivencia (como la pensión de viudedad o la de orfandad), se le añade una indemnización a tanto alzado cuyo importe dependerá del beneficiario concreto. En segundo lugar, podrán cobrar un recargo de las prestaciones de la Seguridad Social de entre un 30 % a un 50%, según la gravedad de la falta, cuando el empresario resulte culpable por descuidar las medidas de seguridad. Y, por último, tienen derecho a reclamarle una indemnización por los daños y perjuicios derivados del accidente de trabajo.
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