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La somnolencia excesiva ya es causa de incapacidad laboral permanente

Los enfermos de patologías raras y otras más comunes luchan porque se les reconozcan sus limitaciones

Ministerio de Sanidad
Sede del Ministerio de Sanidad, en Madrid.Marta Fernández ( Europa Press / ContactoPhoto)

Incapacitado para trabajar por padecer hipersomnia, un trastorno del sueño que provoca adormecimiento diurno. Un cristalero de 49 años ha ganado la batalla al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al conseguir un fallo favorable del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La sentencia le reconoce una pensión del 100% de su sueldo. El mismo veredicto que consiguió una mujer de 54 años que trabajaba de administrativa por sufrir estenosis subglótica (una anomalía rara de la laringe que le provoca disnea o dificultad respiratoria). Estos son algunos ejemplos de enfermedades poco frecuentes, o sobre las que hasta ahora no se otorgaba una incapacidad laboral permanente, pero que recientemente han sido así reconocidas en los tribunales.

La Unión Europea considera una enfermedad rara cuando afecta a menos de 1 de cada 2.000 ciudadanos. Hasta la fecha se han identificado más de 6.000 enfermedades raras diferentes que afectan a unos 30 millones de personas en Europa. Lorenzo Pérez, presidente de Fidelitis, despacho especializado en incapacidades laborales, valora que, en general, se están reconociendo las secuelas y limitaciones de estas enfermedades con escasa prevalencia entre la población gracias a que los abogados especializados “estamos demostrando que son similares a las que se derivan de otras más conocidas”. Eso sí, Pérez lamenta que casi siempre es necesario recurrir a los juzgados, ya que lo habitual es que las incapacidades permanentes se denieguen en vía administrativa. El presidente de Fidelitis recuerda un caso, que ganaron en 2021, de un montador de persianas de 64 años cuya principal afección era una enfermedad rara llamada mastocitosis (acumulación excesiva de mastocitos, un tipo de glóbulo blanco presente en los tejidos). Entre otras limitaciones, esta patología le provocaba dolor al andar y al mantenerse de forma prolongada sentado o de pie, la necesidad de ayudarse de muletas para caminar o la imposibilidad de cargar con peso.

“Las enfermedades raras son altamente incapacitantes”, señala Alejandro Rusiñol director del centro médico jurídico Tribunal Medico. De los triunfos ante la justicia que han conseguido desde esta entidad para clientes con patologías inusuales, Rusiñol destaca uno que tuvo lugar en 2016, en el que un juzgado de Barcelona reconoció la incapacidad permanente absoluta a una mujer de 51 años, grabadora de datos, por sufrir un trastorno de somatización grave que le causaba importantes dolores en diferentes partes del cuerpo, pero sin un origen identificable.

En todo caso, la vara de medir de los jueces para determinar si una enfermedad, por rara que sea, es incapacitante es si impide trabajar a la persona. En este sentido, Jorge Campmany, director de Campmany Abogados, admite que, aunque este criterio sigue siendo el mismo, sí ha habido cambios respecto a ciertas patologías como el alcoholismo. “Antes no era muy común que se reconociera una incapacidad permanente por alcoholismo, y en nuestro bufete hemos ganado ya varios casos de clientes con secuelas de esta patología”, señala. Como ejemplo de estas victorias, el abogado cita el caso de un autónomo que abrió una tienda de vinos y acabó sufriendo alcoholismo, o el de otro trabajador que estaba afectado de trastorno amnésico persistente inducido por el alcohol.

Lorenzo Pérez también menciona la fibromialgia o el síndrome de fatiga crónica como enfermedades que antes no se reconocían como incapacidad permanente y sobre las que empieza a haber un cambio en su valoración. “En el pasado estas patologías se trataban desde un punto de vista más psicológico/psiquiátrico porque se pensaba poco menos que el paciente lo tenía en su cabeza, pero no era real”, explica. Sin embargo, añade el experto, gracias a los avances en diagnóstico y a la colaboración de los peritos médicos en los juzgados esta realidad está cambiando. Ejemplo de ello, es la sentencia dictada el pasado mes de abril por un juzgado de Palma de Mallorca en la que el centro médico jurídico Tribunal Médico logró que se reconociera la incapacidad permanente total por fibromialgia a una pastelera.

El covid persistente es otra de las enfermedades que están dando lugar a incapacidades permanentes en la actualidad. Se trata, como define Alejandro Rusiñol, de signos, síntomas y afecciones que persisten o se desarrollan tras una infección inicial por covid-19. Así, en noviembre de 2021, un juzgado de Ciudad Real dio la razón a un administrativo de 52 años que obtuvo la incapacidad permanente absoluta por sufrir un ictus y cefaleas continuas tras haber superado una infección de covid.

Gran invalidez

En todos estos casos, la incapacidad permanente reconocida ha sido, bien absoluta, lo que supone cobrar una pensión del 100% de la base reguladora ya que la persona no puede ejercer ningún tipo de trabajo, o bien total, que es aquella que se otorga a quien no puede desempeñar su profesión habitual y en la que se cobra el 55% de la base reguladora. Pero también es posible que una enfermedad rara o que hasta ahora no se reconocía como incapacidad laboral dé lugar a una gran invalidez, el grado máximo de incapacidad laboral. Se concede cuando la persona necesita ayuda de terceros para realizar actividades básicas de la vida diaria, como vestirse, asearse, caminar o comer. La prestación correspondiente en estos supuestos es el 100% de la base reguladora más un complemento económico, una suma que, incluso, puede sobrepasar la pensión máxima permitida.

En 2020, el despacho Campmany Abogados consiguió una pensión por gran invalidez de 2.600 euros al mes a una mujer que trabajaba como soporte contable que sufría distrofia retiniana con pérdida visual del 100%, una rara enfermedad hereditaria.

Cómo se fija la pensión

En España se conceden 946.000 pensiones por incapacidad permanente cada mes. La prestación media es de 1.120 euros al mes. La cuantía que cobra el pensionista depende de distintos factores. El fundamental es la base reguladora del trabajador. “Cuanto más elevada sea, mayor será la pensión a percibir”, explica Jorge Campmany, director de Campmany Abogados. También es clave el grado de incapacidad conseguido: total, absoluta o gran invalidez. En el caso de la total y la absoluta, señala Lorenzo Pérez, presidente de Fidelitis, se computan las bases de cotización de los últimos ocho años y con la base media obtenida se calcula el 55% para la total (o el 75% a partir de los 55 años si no se tiene otro empleo) y el 100% sin retenciones para la absoluta.


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