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Bonos de alquiler para jóvenes: requisitos y cómo solicitar la ayuda de 250 euros al mes

El Gobierno prorrogará dos años más esta ayuda para favorecer la emancipación. Dará 200 millones de euros a las comunidades autónomas para que la tramiten

Obras de construcción de viviendas en el barrio La Marina de Port, en Barcelona.
Obras de construcción de viviendas en el barrio La Marina de Port, en Barcelona.Massimiliano Minocri
Gorka R. Pérez

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este lunes que el Ejecutivo repartirá 200 millones de euros en bonos jóvenes de alquiler, y un nuevo reglamento “para poner fin al fraude en los alquileres turísticos”. El Consejo de Ministros aprobará hoy, martes, el reparto de esta cantidad entre las comunidades autónomas —que son las encargadas de tramitar las ayudas—, para que estas puedan financiarlas. A pesar de que el bono joven de alquiler lleva en funcionamiento desde hace dos años como fórmula de apoyo a los jóvenes en su emancipación, ante el aumento desmesurado del precio de los alquileres y de las dificultades para la compra de una vivienda, el Ejecutivo ha tomado la decisión de prolongar su reparto. El acuerdo para el Gobierno de coalición recogía la consolidación de esta subvención, cuya efectividad ha puesto ahora en duda Sumar, que reclama una mayor intervención del mercado.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

El bono está diseñado para que beneficie a los más jóvenes, por lo que tendrán derecho a él aquellas personas de entre 18 y 35 años (inclusive). Además de la edad, es necesario que los demandantes acrediten sus rentas de trabajo, y que los ingresos anuales que reciban sean, con carácter general, inferiores a tres veces el IPREM, esto es, que estén por debajo de los 21.600 euros. En la página web del Ministerio de Vivienda se detalla que el baremo de los ingresos puede variar en función del territorio, por lo que será necesario esperar a la convocatoria final de cada una de las comunidades para conocer la cifra concreta. Otra particularidad de esta ayuda es que no está disponible en todo el país. Aunque se trata de un programa de ayudas de aplicación en todas las comunidades autónomas y en Ceuta y Melilla, no podrán solicitarse en el País Vasco y Navarra, que tramitan sus propios programas de ayuda debido a su régimen foral.

¿Cuál es su importe?

La cantidad de la ayuda es de 250 euros al mes, y como se concede por un plazo de dos años, la suma total es de 6.000 euros. Para poder recibirla, el alquiler de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales (sin tener en cuenta añadidos como pudieran ser plazas de garaje o trasteros). En el caso de que la persona demandante alquile una habitación, este deberá ser igual o inferior a 300 euros al mes. Como última variante, estas cuantías de los alquileres podrán elevarse hasta los 900 y 450 euros “si así se establece en la convocatoria de ayudas correspondiente, previo acuerdo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana”, señala la web oficial. Si en algún momento a lo largo de los dos años no se cumple con los requisitos antes mencionados, la ayuda se retirará.

¿Qué plazos hay para pedirla?

Como se trata de una ayuda que tramitan las comunidades autónomas, las fechas de solicitud aparecerán una vez se formalicen las convocatorias oficiales en cada uno de los territorios. El Ministerio de Vivienda exige como condición obligatoria para ser perceptor tener un contrato firmado, ya sea de alquiler del piso o de una habitación. Si en un piso, por ejemplo, hay varias habitaciones alquiladas a distintas personas, y no todas han firmado un contrato, solo podrán solicitar la ayuda quienes tengan contrato. Además, la vivienda acreditada ha de ser la residencia habitual del demandante durante los dos años de percepción de la ayuda, lo que se deberá acreditar mediante un documento de empadronamiento.

¿Dónde se solicita?

En función de dónde se encuentre la vivienda arrendada o a arrendar, será a las Administraciones correspondientes de ese territorio a las que habrá que dirigirse para su petición, puesto que serán estas las que publiquen las convocatorias de la ayuda. Podría darse el caso de que una vez reconocida la ayuda, la persona beneficiaria se cambie de domicilio a otro territorio. En este caso, sería necesario notificarlo al órgano que ha reconocido inicialmente esta ayuda en un plazo máximo de 15 días desde la firma del nuevo contrato. Después hay que volver a solicitar la ayuda en la comunidad autónoma de destino, siempre y cuando se cumpla con los requisitos que esta determine.

¿Por qué Sumar no apoya este nuevo reparto?

Según el socio minoritario del Gobierno, medidas como esta, en lugar de ayudar a solucionar el problema del acceso a la vivienda, contribuye a que los arrendadores inflen todavía más los precios. “Tras más de dos años, la medida ha demostrado ser insuficiente. Muchas comunidades autónomas aún no han gestionado la totalidad de las ayudas y cientos de jóvenes siguen esperando los 250 euros mensuales prometidos. El bono, en lugar de solucionar el problema estructural del acceso a la vivienda, abre la posibilidad de que fondos públicos pasen a manos de los rentistas, que continúan subiendo los precios”, ha señalado esta formación al respecto. En su opinión, el bono “no tiene sentido” si no está acompañado de una limitación de los precios.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
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