La Audiencia Nacional confirma que Servicarne es una “falsa cooperativa”
Inspección de Trabajo concluyó en 2019 que la empresa funcionaba con falsos autónomos y le retiró la licencia para operar, pero la empresa cárnica recurrió la decisión
La Audiencia Nacional cierra un capitulo más del periplo judicial que mantiene Servicarne. La empresa proveedora de mano de obra para el sector cárnico perdió la licencia para operar en abril de 2019, después de que Inspección de Trabajo concluyese que sus 5.000 personas asociadas funcionaban como falsos autónomos. Tras un recurso presentado ese mismo año, este martes el juez ha respaldado la investigación de Trabajo al entender que Servicarne no es una cooperativa y que sus trabajadores no pueden considerarse como socios.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, el juzgado considera probado que “SERVICARNE S.COOP no realiza actividad cooperativizada” y que la empresa “no se ha constituido con la finalidad de cumplir los objetivos previstos en la Ley de Cooperativas [...] sino únicamente con la de obtener determinados beneficios que a ella se vinculan, creando una apariencia meramente formal de cooperativa”.
En una nota publicada por Comisiones Obreras (CC OO), el sindicato señala que la cooperativa proveía de mano de obra a más de medio centenar de empresas en 2019. Muchas de ellas, entre las que se encuentran cárnicas como Coren o Sada, se han enfrentado a procesos judiciales para dirimir si tenía o no que contratar de manera directa a los trabajadores. Tras esta sentencia de la Audiencia Nacional, sobre la que cabe recurso ante el Supremo, CC OO ha pedido “la liquidación y disolución definitiva de Servicarne”, ya que considera que su actividad “no es economía social, sino un fraude en toda regla”.
Condiciones laborales precarias
La investigación que llevó a Servicarne ante los tribunales partió de una campaña promovida por el Ministerio de Trabajo en 2018. El objetivo era acabar con el uso de falsos cooperativistas que en realidad eran empleados precarios. Los trabajadores se costeaban su propia cotización a la Seguridad Social y, tal como concluía Inspección de Trabajo, sus salarios eran inferiores a los establecidos por convenio. “Resulta evidente que los ingresos de los socios se encuentran por debajo de convenio [...] como mínimo en un 4,58%. Como mínimo, porque a esa diferencia habría que añadir los importes de nocturnidad [...], y el plus de penosidad para los trabajadores con categorías de matarifes y ayudante de muelle para el colgado de aves vivas”, señalaba el informe de Inspección.
La sentencia de este martes recoge que “no cabe duda que la actuación desarrollada por la actora ha sido la de constituirse como sociedad cooperativa con la finalidad de obtener los efectos que se derivan de dicha calificación, eludiendo así la aplicación de normas fiscales y laborales menos beneficiosas”. Con estas conclusiones la sala de la Audiencia Nacional da la razón a Trabajo y respalda las quejas del sindicato.
Desde CC OO señalan que quedan “pocas personas” asociadas a la empresa, pero que un posible recurso tendría consecuencias desfavorables para su regularización laboral. Además, concluyen su comunicado calificando las forma de operar de Servicarne como un “fraude masivo que solo aporta precariedad y explotación laboral al sector cárnico”.
Sigue toda la información de Economía y Negocios en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.