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Trabajo prohibirá despedir a las empresas que aduzcan pérdidas por la subida de la luz

Las firmas beneficiarias de ayudas públicas incluidas en el plan del Gobierno no podrán prescindir de sus trabajadores

Gorka R. Pérez
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante un encuentro el 25 de marzo.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante un encuentro el 25 de marzo.Isabel Infantes (Europa Press)

La pandemia generó un caos sin precedentes en la economía, pero las soluciones para contener el golpe han otorgado un cierto grado de experiencia a las autoridades, que ahora, frente al despunte de los precios como consecuencia de la invasión de Rusia sobre Ucrania, vuelven a recurrir a ellas como medida de contención. Es el caso de la prohibición de los despidos objetivos, una de las medidas que conforman el bloque laboral del Plan Nacional de Respuesta al impacto de la guerra que este lunes adelantó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que se aprobará formalmente hoy en el Consejo de Ministros. A pesar de que el diseño final del paquete de ayudas no se resolverá hasta que concluya la reunión del Ejecutivo, sí que se conocen algunos de los motivos que no servirán como justificación para despedir, como es el caso del aumento de la factura de la luz.

Fuentes del Ministerio de Trabajo aseguran que la recuperación de esta medida implementada durante los peores momentos de la pandemia se debe a que “no solo ha servido para mantener el empleo, sino para crearlo”. De ahí que de nuevo, en una situación delicada como la actual, el departamento que dirige Yolanda Díaz haya decidido implementar este mecanismo de defensa del empleo, a pesar de que resulta mucho más complicado para el Gobierno establecer un baremo por el cual delimitar en qué circunstancias existe verdaderamente una influencia directa de la guerra en la situación económica de las empresas que presenten pérdidas y quieran recurrir al despido. Impedir que el aumento de los costes energéticos sea un motivo es el objetivo principal.

Por ello, aunque desde Trabajo reconocen dificultades para delimitar esa línea de influencia, sí que han establecido un marco general sobre el que regirá esta prohibición: la intervención pública. Esto es, aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas contempladas en el real decreto que se apruebe este martes no podrán prescindir de sus trabajadores. De hacerlo, no solo dejarán de percibirlas, sino que deberán devolver el importe recibido, y, además, en caso de que el trabajador decidiera ir a los tribunales, estos podrían declarar el despido como nulo o improcedente. En el primer caso, el empleado sería readmitido, y en el segundo supuesto la indemnización pasaría de 20 a 33 días por año trabajado, lo que encarecería claramente su salida.

Con el coronavirus, las empresas tenían más fácil justificar su afectación. Un bar que tuviera, por ejemplo, el aforo limitado por decisión administrativa podía demostrar claramente las pérdidas que experimentaba por razones que le impedían el normal desempeño de su actividad. Con los efectos que la guerra ha provocado en la economía, este ejercicio es más complicado. No obstante, el incremento de los precios energéticos, y, singularmente, el de la factura de la luz, no servirá de fundamento suficiente para poder prescindir de un trabajador. Y es que la electricidad ha venido experimentado subidas récord desde antes de que el presidente ruso, Vladímir Putin, decidiera invadir Ucrania.

Mecanismo RED

Aquellas empresas que se encuentren en una situación delicada dispondrán de un abanico de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) a los que agarrarse para sortear el bache. A pesar de que a partir del 1 de abril ―cuando concluya la prórroga de un mes establecida por el Gobierno― los ERTE por covid-19 desaparecerán, por lo tanto, el virus dejará de considerarse un motivo de fuerza mayor, las empresas que sigan sin poder funcionar por causas imprevistas y ajenas al empresario seguirán teniendo la posibilidad de recurrir a esta modalidad. Lo mismo que aquellos negocios que se vean afectados por causas económicas, técnicas, operativas o de producción (ETOP).

Sin embargo, tras la reforma laboral, es el Mecanismo de Flexibilidad y Estabilización del Empleo RED el que tiene como objeto principal amparar a empresas o sectores singularmente perjudicados, como es el de las agencias de viajes, que será con las que se entrenará el próximo 1 de abril. El Mecanismo RED contempla dos modalidades de nuevos ERTE estructurales: en el caso de que se derive de afectaciones cíclicas (cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización), las bonificaciones podrán extenderse hasta un máximo de un año, y serán del 60% en los primeros cuatro meses; del 30% en los siguientes cuatro y del 20% en los cuatro finales.

En el caso de que se presenten motivos sectoriales (cuando en un determinado sector o sectores de actividad se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras), estas podrán extenderse hasta un máximo de dos años, teniendo una bonificación del 40%.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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