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El Estado pierde definitivamente el pleito de más de 500 millones por el antiguo bono social

Endesa y Viesgo se anotan sendas victorias en el Supremo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea diera la razón a las eléctricas en octubre

Ignacio Fariza
Tribunal Supremo en Madrid
El Tribunal Supremo, en una imagen de archivo.

Carpetazo definitivo al millonario pulso judicial entre el Estado y las grandes eléctricas. En dos sentencias publicadas en los últimos días, el Tribunal Supremo da la razón en una sentencia a Endesa y en otra sentencia a la antigua Viesgo en el caso que enfrenta desde hace años al erario y a las comercializadoras de referencia por más de 500 millones de euros del antiguo bono social. Además, aunque aún no ha publicado las sentencias, el Supremo ha resuelto conjuntamente en el mismo sentido los recursos de Iberdrola y Naturgy. En los fallos, el alto tribunal subraya que es el Estado y no las eléctricas el que tiene que afrontar los pagos derivados de esa subvención en el recibo de la luz a los hogares de menores ingresos y a las familias numerosas entre los años 2014 y 2016. La decisión afecta únicamente a ese marco regulatorio, el aprobado en 2013 y derogado en 2016, cuando fue reemplazado por el actual, que no se ve trastocado.

No obstante, fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico remarcan a este diario que ese dinero —518 millones— ya se abonó en su día, en 2016, con cargo al superávit del sistema eléctrico y que, por tanto, “no tiene impacto económico” más allá del ya asumido. El sector espera que las sentencias del Supremo sobre el resto de comercializadoras de referencia afectadas vean la luz en las próximas semanas.

La más beneficiada por la victoria definitiva es Endesa, con un 42% del total (más de 215 millones), seguida de Iberdrola (unos 200 millones) y Naturgy (unos 75 millones), mientras que a Viesgo le correspondieron cerca de 15 millones. Al haber consolidado su triunfo en los tribunales no tendrán que asumir esos importes.

El caso se remonta al año 2014, cuando Viesgo —entonces E.ON Viesgo—, Endesa, Iberdrola, Naturgy —entonces Gas Natural— y otras empresas acudieron al alto tribunal español para hacer frente a las cargas que le endosaba el esquema del bono social entonces vigente. La eléctrica, como el resto de grandes empresas del sector, argumentaba que la ley obligaba a financiar el bono social únicamente a las compañías verticalmente integradas —es decir, con presencia en las actividades de generación, distribución y comercialización—, algo que consideraban contrario a la legislación europea.

Dos años más tarde, en octubre de 2016, el Supremo dio la razón a las empresas, obligando al erario a devolverles las cantidades indebidamente sufragadas por ellas en los tres años anteriores. El Estado hizo frente a esas devoluciones con intereses.

El fallo, no obstante, fue recurrido por el Ejecutivo de Mariano Rajoy al Constitucional, que en marzo de 2019 le dio la razón y criticó que no se hubiese pedido opinión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Fue entonces cuando el Supremo elevó una consulta prejudicial a ese organismo y el caso acabó llegando a Luxemburgo sin que lo abonado a las eléctricas fuese devuelto por ellas.

En octubre pasado, el alto tribunal europeo anuló por “discriminatorio” —y, por tanto, contrario al derecho comunitario— el antiguo sistema de financiación de este descuento en el precio de la electricidad para colectivos considerados vulnerables, que recaía casi íntegramente sobre las comercializadoras de referencia. Entonces, el alto tribunal comunitario ya apuntó a una “injustificada diferencia de trato” entre las diferentes suministradoras de luz: las verticalmente integradas por un lado, y el resto por otro. El TJUE trataba de dar así respuesta a dos cuestiones prejudiciales del propio Supremo español y dejaba de nuevo la pelota en su tejado. Ahora, al resolver este a favor de las eléctricas da carpetazo definitivo al asunto. El propio tribunal señala que ha “examinado de manera conjunta y concordada” los recursos de Viesgo, Endesa, Iberdrola y Naturgy. En todos los casos ha dado la razón a las eléctricas, aunque las correspondientes a Naturgy e Iberdrola están pendientes de publicación.

Las dos sentencias publicadas en los últimos días, explican fuentes del sector, vuelven a concluir que la normativa del bono social no se ajustaba a derecho y que procedía devolver los importes financiados por las empresas con actividad en toda la cadena de suministro de luz. “Pero, como esto ya se hizo en 2016, ahora no hay que hacer nada más”, remarcan, en la misma línea que Transición Ecológica. Solamente quedaría pendiente de dirimir una cantidad “relativamente pequeña” por los meses en los que las que continuaron aplicando descuentos a los clientes con derecho al bono social no fueron compensadas por el Estado en su día. “Eso había quedado a la espera de que se resolviera esta saga, y ahora nos lo tendrán que pagar”, confían.

Endesa es la comercializadora de referencia —las que, además de operar en el mercado libre, también han de hacerlo en el regulado— con más clientes en el bono social, seguida de cerca por Iberdrola y, a mayor distancia, por Naturgy, EDP (que absorbió la antigua Viesgo) y Repsol. Actualmente, cerca de 1,2 millones de hogares cuentan en España con una tarifa social subvencionada, en su mayoría familias numerosas o de renta baja.

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Sobre la firma

Ignacio Fariza
Es redactor de la sección de Economía de EL PAÍS. Ha trabajado en las delegaciones del diario en Bruselas y Ciudad de México. Estudió Económicas y Periodismo en la Universidad Carlos III, y el Máster de Periodismo de EL PAÍS y la Universidad Autónoma de Madrid.

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