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La Audiencia Nacional confirma la imputación de Iberdrola Renovables por un encargo a Villarejo

El juez instructor debe determinar todavía si el exdirectivo de la firma Juan Antonio del Olmo manipuló y falseó un informe

Sede de Iberdrola, en Bilbao.
Sede de Iberdrola, en Bilbao.
El País

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión que tomó el pasado 9 de julio el juez instructor del caso Tándem, Manuel García-Castellón, de citar como persona jurídica investigada a Iberdrola Renovables Energía SA por un delito de cohecho. El caso se remonta a la contratación del comisario jubilado José Manuel Villarejo con el fin de llevar a cabo una investigación a la sociedad suiza Eólica Dobrogea.

En dos autos conocidos este lunes, los magistrados de la Sección Tercera desestiman los recursos de apelación presentados por el presidente y consejero delegado de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, y por Iberdrola Energías Renovables SA. Ambos recursos contaron asimismo con la oposición de la Fiscalía Anticorrupción. En su escrito, Sánchez Galán solicitaba la rectificación de dos cuestiones que aparecían en el auto de 9 de julio en relación con el exdirectivo de esta compañía José Antonio del Olmo, ya que se trataba según su versión de errores materiales.

La Audiencia, sin embargo, ha rechazado ambos recursos. El escrito presentado por Galán en el juzgado solicitando la rectificación material, argumentan los jueces, consiste en dos declaraciones de la fundamentación jurídica “sin trasunto en la parte dispositiva”. Sobre Iberdrola Renovables, el tribunal desestima los argumentos expuestos por la compañía y considera que los hechos contenidos en el auto en el que se le atribuye la condición de investigada contiene la motivación o fundamentación suficiente.

En otro auto, la Audiencia revoca asimismo el sobreseimiento acordado en el mismo auto de 9 de julio respecto del exdirectivo de Iberdrola Juan Antonio del Olmo. Y revoca también la decisión del instructor de retirar la condición de acusación particular de Iberdrola SA. De esta forma, atiende estos recursos presentados por la compañía y considera que las decisiones adoptadas en tal sentido por el juez resultaron prematuras.

Un informe clave

A juicio de los magistrados, el instructor debe determinar si el documento cuya manipulación se atribuye a Juan Antonio del Olmo —un informe dirigido a la Dirección de Administración, Control y Regulación de Iberdrola que daba cuenta de facturar anómalas a cargo de la Dirección de Seguridad Corporativa— resulta necesario para la investigación de los hechos que es objeto de una pieza separada del caso o para corroborar las declaraciones que, como testigo, pudiera efectuar Del Olmo.

Fuentes de Iberdrola destacan que con esta decisión se pone el foco sobre Del Olmo por falsedad documental. Y además se vuelve a considerar a Iberdrola como acusación particular y parte perjudicada, un extremo que el juez había desestimado. “La estimación del recurso de Iberdrola contra el archivo de la querella por falsedad contra José Antonio del Olmo es clave en un procedimiento de instrucción en el que no hay ni una sola prueba de que nadie más allá de Antonio Asenjo, director de seguridad de Iberdrola, tuviera conocimiento de la contratación de Cenyt”, sostienen estas fuentes.

El pronunciamiento sobre la posible falsedad de ese documento o inveracidad de los manifestados por el testigo deberá posponerse hasta la conclusión de la investigación y, en caso de producirse, del enjuiciamiento de los hechos supuestamente delictivos por los que se sigue esta pieza separada. Para la sala, si el instructor concluyera que el documento tachado de falso o manipulado fuera ajeno a la investigación de esta pieza, deberá entonces dictar resolución motivada, apartando de esta pieza la querella interpuesta por Iberdrola contra Del Olmo para que el órgano judicial competente inicie la correspondiente investigación o establezca la posible prescripción de los hechos.

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