La Superliga empieza a jugarse en los tribunales
El anuncio de una nueva competición al margen de la UEFA plantea multitud de cuestiones que afectan a la libre competencia
El anuncio de una nueva competición paralela a la Champions League y fuera del control de la UEFA ha provocado todo un terremoto. Pese a que la rebelión por la Superliga parece haber sido sofocada en poco menos de 48 horas, con la retirada de 10 de los 12 equipos fundadores, al proyecto que lidera Florentino Pérez aún le quedan partidos que jugar en el campo legal. Así lo vaticinan los expertos. Por un lado, por el recorrido de las sanciones administrativas que puedan imponerse a los clubes participantes. Pero, sobre todo, porque romper con las reglas del negocio del fútbol en Europa es un asunto que afecta de lleno al Derecho de la competencia y al libre mercado. Un tema muy complejo que puede generar numerosos conflictos legales.
La idea de la Superliga europea no es nueva. El formato es similar a la Euroliga de baloncesto, que comenzó a disputarse en el año 2000. Se trata, en definitiva, de generar más beneficios y aumentar la cantidad de dinero que se repartirían los veinte clubes que compitan en la élite.
De momento, el primer gol lo ha marcado la European Super League Company S.L., sociedad que aúna a los promotores de la Superliga, al conseguir un auto judicial que prohíbe que FIFA y UEFA paralicen su proyecto mientras se resuelve su demanda. El pasado 20 de abril, un juzgado madrileño dictó una serie de medidas provisionales para impedir a estos organismos realizar acciones que frenen el proyecto, así como amenazas de represalias o sanciones, especialmente la de excluir de ninguna competición a los clubes o futbolistas que participen en ella. Sin embargo, el presidente de la UEFA, Aleksandr Ceferin, ha seguido amenazando con no permitirles jugar en la Champions.
En opinión de Santiago Nebot, socio de Sport&MusicLaw, en principio, estas entidades podrían abrir un expediente sancionador. Aunque, añade, “sería difícil que diera tiempo a expulsarles de la Champions este año, a no ser que se aplicasen medidas cautelares”. Un correctivo que, para Rosalía Ortega, socia de DA Lawyers y premio a la mejor profesional internacional del Derecho deportivo ISDE 2019, estaría, no obstante, cogido con pinzas. “Ni en la normativa de UEFA ni de FIFA existe ahora mismo una norma específica que permitiera sancionar”, afirma. Según defiende la abogada, esto solo sería posible “abusando de las típicas reglas de cajón de sastre”. Ahora bien, no ve claro que un juzgado madrileño pueda impedir a estas dos entidades privadas suizas aplicar su normativa.
En cualquier caso, los letrados descartan que, por el momento, y dado que la Superliga está en estado de letargo, vaya a castigarse a Real Madrid o Barça. “Ambas instituciones no van a iniciar dicha vía, sino la de exigir como requisito de inscripción que abandonen ese proyecto”, opina Nebot. Se trataría de una regla antisuperliga para protegerse de futuras aventuras privadas como la que ha incorporado recientemente la Federación italiana. Aun así, las normas tendrían que ser avaladas por las entidades competentes, “cosa que, en puridad, no debería ocurrir con la reciente jurisprudencia europea sobre patinaje”, añade Ortega.
La letrada se refiere a la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea que avaló la nulidad de las reglas de la Unión Internacional de Patinaje (UIP) que vetaban de por vida a los patinadores que concursaran en torneos no autorizados por vulnerar las normas sobre libre competencia. Un precedente que, para Nebot, no es trasladable porque, en ese caso, el campeonato en discordia era abierto.
En todo caso, los juristas coinciden en que el meollo de la cuestión está en el análisis de si las conductas de una y otra parte son o no anticompetitivas: ¿Abusa la UEFA de su posición de monopolio? ¿es la Superliga una alternativa viable?
Para Pedro Callol, socio de Callol, Coca & Asociados, hay que partir de la base de que “tanto la UEFA como la Superliga son acuerdos entre clubes deportivos con probable poder de mercado”. Si bien, matiza Pedro Suárez, socio de Ramón y Cajal Abogados, no toda colaboración entre competidores está prohibida, el comportamiento de UEFA y FIFA “ha sido considerado provisionalmente como sospechoso de restringir la competencia por un juzgado español”. El abogado reconoce, no obstante, cierto valor a los argumentos esgrimidos por estas entidades que apelan a las peculiaridades de la actividad deportiva. Entre ellos, apunta Callol, “la salvaguarda de la integridad de la competición y su equilibrio económico”. Es decir, explica Nebot, que las medidas se adoptan “en beneficio del fútbol y de los clubes más modestos”.
De otro lado, debe analizarse si la creación de la Superliga podría implicar apartar del negocio del balompié a los equipos más pequeños. Para Ortega, “las entidades deportivas incursas en el proyecto no están nada más que vendiendo un producto que es suyo: el show de su fútbol”. Nada impide, añade la letrada, que el resto también lo hagan. Sin embargo, esa consideración podría tambalearse desde el punto de vista del Derecho de la competencia. Si bien, en principio, este lanzamiento incrementa la competencia, “puede plantear dudas derivadas de su carácter de club cerrado, no basado necesariamente en el mérito deportivo”, opina Callol.
Dada la magnitud de los intereses en juego, los abogados no dan por enterrada la iniciativa, y no descartan que intervenga la justicia europea. Sin embargo, más allá de la estrategia legal que se adopte, lo acontecido hasta ahora revela, según Ortega, que hay que cambiar la situación. “Con el tiempo estaremos tan acostumbrados a la Superliga como a la NBA o a la Euroliga”, augura.
Clubes en formato franquicia
El fútbol europeo se basa en dos formatos mercantiles: sociedad anónima deportiva y club de fútbol. El lanzamiento de la Superliga, opina Pedro Fernández-Villamea, letrado experto en 'compliance', pone de relieve “la necesidad de una aproximación gradual de estas sociedades hacia el concepto de franquicia deportiva que rige en el mercado norteamericano”. De esta forma, la gestión de ingresos procedentes de los derechos de televisión y de taquilla se negociarían conforme al resultado contable final del año, y no tanto conforme a porcentajes previamente pactados al inicio de cada temporada. Eso sí, apunta, “con mínimos que aseguren la subsistencia del más débil”.
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